Candidatos a la Corte: el agua y el aceite
Mientras uno de los postulados por el Poder Ejecutivo al más alto tribunal cuenta con sólidos antecedentes, el otro solo tiene pies de barro
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Desde que, en el noveno acto de La Celestina, escrito en los últimos años del siglo XV, se mencionaba que toda comparación es odiosa, existe una marcada reticencia a confrontar trayectorias personales y profesionales. Toda persona tiene derecho a vivir su vida como le plazca, como le sea posible o lo crea conveniente, sin estar obligada a imitar el camino elegido por los demás. Pero las comparaciones son por demás útiles al tiempo de evaluar y elegir entre distintas personas para adjudicarles una misma e idéntica tarea o función.
El Senado se prepara para analizar la cobertura de dos vacantes en el tribunal más importante de la Argentina. El Poder Ejecutivo ha enviado a esa cámara los pliegos de dos candidatos. Los senadores están facultados para rechazar o aprobar ambos, y para aceptar el de uno solo. Por consiguiente, no se pide al Senado que elija entre uno u otro. Por el contrario, se le exige que en ninguno de los dos casos deje de lado elementales criterios de sensatez al evaluarlos ni que reduzca los requisitos de excelencia que deben regir la designación de los más altos jueces de la república.
Un candidato a tan relevante cargo no puede ser designado si las denuncias que lo involucran y los delitos de los cuales se lo acusa afectan y pulverizan la decencia y la dignidad, que son la esencia de la administración de justicia
Los senadores tendrán ante sí abundante información como para tomar una decisión fundada sobre datos objetivos y verificables acerca de cada candidato. Habrá también, casi con certeza, otros factores, no tan objetivos ni tan verificables, que intentarán influenciar la opinión y el voto de los legisladores. Uno de los escasos recursos con que se puede evitar que esas influencias impongan su efecto destructivo es analizar y comparar la calidad de aquellos datos. Cuanto más se conozca acerca de los postulantes, cuanto mayor énfasis se ponga en la calidad de sus antecedentes y cuanto mejor se los pondere, menos lugar habrá para la subjetividad y la imposición de criterios caprichosos.
Designar un juez de la Corte que, por sus escasos o pobres antecedentes –o, peor aún, por una trayectoria plagada de circunstancias oscuras o hasta delictivas–, no tenga la idoneidad profesional y moral que el cargo requiere pondría en serio riesgo la percepción acerca de la calidad institucional de la república, en momentos en que nuestro país busca atraer inversiones duraderas.
No pueden ser más diferentes los antecedentes técnicos de los dos candidatos propuestos. Los del doctor Manuel García-Mansilla muestran el perfil de un jurista que, tras una brillante carrera universitaria con las más altas calificaciones, completó estudios de posgrado en el extranjero y obtuvo un título doctoral summa cum laude otorgado por un tribunal de notables personalidades. Luego de años de ejercer su profesión en ámbitos de reconocida excelencia, con innumerables artículos, ensayos y libros publicados aquí y en el extranjero, alcanzó el decanato de una destacada casa de estudios superiores. Su trayectoria marca una notable, profunda y reconocida dedicación a los temas y cuestiones constitucionales que son precisamente aquellos que primordialmente debe abordar el más alto tribunal de la república. Están totalmente ausentes denuncias acerca de su falta de probidad o de integridad. Existen, sí, cuestionamientos a la posición que ha adoptado ante ciertos controvertidos temas, pero ellos se han centrado en aspectos técnicos y doctrinarios absolutamente alejados de comportamientos delictivos.
Incurrirían en un grave error histórico las autoridades de la república si designaran al postulante cuestionado
Los antecedentes del otro candidato, el actual juez federal Ariel Lijo, no pueden ser más distintos, y son reveladores de un desempeño laboral y académico concentrado en el área del derecho penal que no es habitualmente de competencia de la Corte. Su carrera universitaria, por otra parte, no ha sido destacada, pues el propio interesado no ha incluido en su currículum ninguna referencia a ningún aspecto notable. No ha ido más allá de una especialización en administración de justicia. Tampoco ha tenido experiencia alguna del otro lado del mostrador, pues su actuación profesional se ha desarrollado exclusivamente como empleado y luego funcionario del Poder Judicial. Nada de malo tiene esto en sí mismo, a excepción de una eventual falta de interacción con el mundo de quienes pagan impuestos. Numerosas entidades empresarias y asociaciones profesionales han señalado que esa actuación aparece oscurecida por muchas sospechas fundadas y consistentes que la opacan y enturbian. A esas observaciones se añaden más de 30 graves denuncias presentadas ante la Justicia Penal y el Consejo de la Magistratura fundadas en demoras injustificadas en la tramitación de cuestiones a su cargo, falta de investigación sobre ciertos delitos y –como si todo eso fuera poco– en su posible enriquecimiento ilícito.
En resumen: surge de la comparación de actuaciones de ambos candidatos a lo largo de los últimos 20 años que, mientras uno estuvo a cargo del departamento legal de una empresa importante, pasó luego a un estudio jurídico de relevancia, se desempeñó después como director ejecutivo de una cámara empresarial y finalmente fue designado decano de una facultad de derecho, el otro, durante esos mismos veinte años, ocupó un mismo cargo, sin siquiera haber aspirado a ascender a juez de cámara, desde que nunca concursó para ocupar un cargo de mayor jerarquía, acumulando en cambio decenas de denuncias por delitos que van del lavado de dinero al cohecho, pasando por la asociación ilícita.
No se puede convalidar la utilización de la más alta magistratura de la Nación como moneda de cambio para un canje entre la decencia, por un lado, y la complicidad delictiva, por el otro
Si uno de los dos candidatos ha sido objetado por algunos sectores como consecuencia de puntos de vista técnicos sobre cuestiones opinables, ello no parece exceder el marco normal de un debate donde no están en juego ni su probidad ni su idoneidad. En el otro caso, en cambio, el candidato ha sido objeto de numerosas denuncias y quejas sobre la posible comisión de graves delitos. Un futuro juez de la Corte puede elevarse por encima de cualquier debate técnico acerca de sus ideas y posiciones doctrinarias. Pero un candidato a tan relevante cargo no puede ser designado si las denuncias que lo involucran y los delitos de los cuales se lo acusa afectan y pulverizan la decencia y la dignidad que son la esencia de la administración de justicia. En ese sentido, hay que destacar, han expresado y fundamentado sus objeciones e impugnaciones a esta candidatura una larga lista de prestigiosas instituciones y personalidades ligadas al derecho.
En suma, mientras uno de los candidatos propuestos acredita bases por demás sólidas, el otro solo tiene pies de barro. Por eso, incurrirían en un grave error histórico las autoridades de la república si designaran al candidato equivocado. Peor aún, convalidarían la utilización de la más alta magistratura de la Nación como moneda de cambio para un canje entre la decencia, por un lado, y la complicidad delictiva, por el otro.