Asimetrías de una Justicia ideologizada
Otra arbitraria decisión de Servini de Cubría acrecienta la desigualdad condenando al olvido a miles de víctimas de la guerrilla de los años 60 y 70
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El 2 de julio de 1976, un integrante de Montoneros, exagente de la policía, ingresó al edificio porteño de Moreno 1431 con una poderosa bomba que contenía 9 kilos de TNT y bolillas de acero, que depositó y cubrió en una silla del comedor de la sede de la Superintendencia de Seguridad Federal. Activó el detonador de tiempo y se retiró del edificio alrededor de las 13. Veinte minutos después se produjo una terrible explosión. Fallecieron 23 personas y hubo 110 heridos, entre ellos, varios mutilados. En un detallado “parte de guerra”, Montoneros se adjudicó el que fue uno de los más sangrientos atentados terroristas en la historia del país.
El hecho fue considerado prescripto y sigue impune. Varias organizaciones y víctimas se presentaron judicialmente y pidieron la reapertura de la causa por considerarlo como de lesa humanidad conforme los nuevos lineamientos del derecho internacional y las numerosas pruebas aparecidas en años posteriores al atentado.
Por segunda vez, la jueza María Servini de Cubría denegó la petición, al señalar, junto a la Fiscalía actuante y la defensa de Mario Firmenich y de Horacio Verbitsky, que el hecho no configuró un delito de lesa humanidad ni un crimen de guerra, así como tampoco un acto de terrorismo. No se trata, dijo, ni siquiera de una grave violación a los derechos humanos. Sostuvo que existían fallos anteriores de tribunales superiores que se habían expedido en ese sentido y, por lo tanto, consideró que el hecho estaba irremediablemente prescripto.
Dictó esa resolución aun cuando la Cámara Federal, su superior, había anulado su anterior fallo cancelatorio, señalándole que no había considerado los nuevos elementos aportados por los denunciantes.
El artículo 7 del Estatuto de Roma, que codifica el llamado delito de lesa humanidad, establece que el delito debe ser cometido dentro de un ataque generalizado a la población civil. La jurisprudencia internacional se refiere a un crimen a “gran escala de la naturaleza del ataque o del número de víctimas”, mientras que la “generalización” alude a un criterio cuantitativo. El fallo desconoce que Montoneros –que contaba entonces según uno de sus integrantes, Roberto Cirilo Perdía, con 12.000 combatientes entrenados– fue el principal responsable de los 21.000 hechos delictivos entre asesinatos, secuestros y atentados llevados a cabo por las organizaciones guerrilleras en los 70, conforme la sentencia de la Cámara Federal en la causa 13/84 y otros pronunciamientos judiciales. Más de 5000 de ellos se perpetraron mediante la colocación de artefactos explosivos, el mensaje selecto para sembrar el terror.
Es de esperar que la Cámara Federal, a la luz de las nuevas pruebas que Servini ha vuelto a ignorar, ordene enjuiciar a los responsables de tan nefasta etapa de nuestra historia
El término “civil” no solo comprende a las policías, sino que se extiende en el derecho internacional a toda persona sin defensa o fuera de combate, tal y como ocurrió en este atentado.
Omitió el fallo también considerar como nuevo elemento que el 18 de noviembre de 1997 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos señaló que el copamiento en 1989 del Regimiento 3 de La Tablada por parte de miembros del Movimiento Todos por la Patria, dirigidos por Enrique Gorriarán Merlo, se había dado en el marco de un conflicto armado no internacional, por lo que le eran aplicables las normas del artículo 3 de los Convenios de Ginebra.
Si aquel hecho criminal es considerado crimen de guerra, ¿cómo es posible no encuadrar dentro de los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra a la larguísima serie de crímenes cometidos por las organizaciones guerrilleras desde comienzos de los años 70, período calificado como de “guerra revolucionaria” según el considerando sexto de la citada sentencia condenatoria a los comandantes? Que el propio Ministerio de Justicia y la Secretaría de Derechos Humanos ratifiquen que las causas contra organizaciones políticas de los 70 “no son crímenes de lesa humanidad” revela la tan oscura como asimétrica concepción ideológica que muchos pretenden imponer desde el poder.
Se afirmó que los hechos, para ser de lesa humanidad, debieron haber sido realizados desde el Estado. Ni la norma del citado artículo 7 ni la jurisprudencia internacional establecen eso. Pero, aun invocando aquella exigencia, ignora el fallo la enorme cantidad de documentos que revelaron tras el atentado los convenios y apoyos recibidos por Montoneros de Estados como Cuba, Líbano, Siria y la Unión Soviética, expuestos por los propios protagonistas y refrendados en sentencias judiciales, que han probado que la organización celebró acuerdos y recibió de aquellos entrenamiento, financiación, provisión de armamento y asilo.
La propia Servini y otros fallos dictados a lo largo de los años dieron por probado que la conducción de Montoneros estableció una escuela de cuadros entrenados en técnicas de tiro, explosivos y táctica militar, adiestrados en campos de instrucción de Beirut –Líbano– y Tahl –Siria– en virtud de convenios celebrados entre Montoneros y Al Fatah en 1978.
El libro Montoneros y Palestina, de Pablo Robledo, de reciente edición, promocionado por la agencia kirchnerista Paco Urondo, recoge numerosos testimonios de argentinos adiestrados bajo las organizaciones terroristas islámicas.
Jorge Masetti, “hijo de la revolución” que luchó en Angola, Chile y la Argentina, narró en su obra El furor y el delirio cómo la “guerra de guerrillas”, en la que participó, estaba destinada a crear, conforme la consigna del Che, “varios Vietnams” en toda América Latina, revelando el protagonismo en ese accionar del Estado cubano. Dice: “(…) teniendo en cuenta nuestra formación y el grado de dependencia con Cuba, hubiéramos ahogado el continente en una barbarie generalizada: primero hubiéramos fusilado a los militares, después a los opositores y luego a los compañeros que se opusieran a nuestro autoritarismo y soy consciente de que hubiera actuado de esa forma”.
Además, los denunciantes acompañaron como prueba una reciente entrevista a Fernando Vaca Narvaja, miembro de la cúpula de la siniestra organización, rememorando acuerdos con los gobiernos de Chile y Cuba. Fidel Castro los reconoció en declaraciones públicas en 1998, declarándose promotor de los enfrentamientos armados que ensangrentaron el continente en los 70, con el propósito de crear un “Vietnam gigante” interviniendo en los asuntos internos de todos los países latinoamericanos.
También rechaza la jueza el pedido subsidiario de las víctimas invocando el derecho a la verdad, con sustento en el derecho internacional humanitario. Y se limita a sostener que no resulta aplicable al caso la categorización de “grave violación a la derechos humanos”. El fundamento es otra burla al sentido común y a los más elementales criterios naturales de justicia.
Tal asimetría en el tratamiento por parte del Estado de los hechos ocurridos en aquellos años violentos no hace más que destacar la injusta situación de desprecio y discriminación que durante décadas vienen sufriendo las víctimas de los ataques perpetrados por las organizaciones terroristas –no solo durante la dictadura sino también en democracia–, ignorados y mancillados con los homenajes e indemnizaciones fraudulentas pagadas por el Estado a sus victimarios.
El Estado emprendió un gigantesco enjuiciamiento y castigo por violación a los derechos humanos a militares, civiles y policías, y reconoció y reparó solo a las víctimas del accionar estatal, mientras que simultáneamente ha negado todo reconocimiento y derecho a quienes fueron víctimas de las organizaciones terroristas. Sus antiguos jefes y miembros permanecen impunes, muchos ocupan cargos de gobierno y han cobrado millonarias indemnizaciones reparatorias.
La arbitraria decisión de Servini acrecienta la discriminación y la desigualdad, condenando al olvido y al abandono a las miles de víctimas que dejó la guerrilla de los años 60 y 70.
Es de esperar que la Cámara Federal, a la luz de las nuevas probanzas que la jueza ha vuelto a ignorar, ordene la reapertura de la causa y el enjuiciamiento de los responsables, algunos de los cuales alardean públicamente de sus asesinatos, seguros de contar con la complicidad de un Estado que no ha mirado sino sesgadamente, hasta ahora, su luctuoso pasado.