AMIA: 26 años de impunidad
Resulta indigno que la Justicia no haya todavía llegado a una definición en la investigación del ataque terrorista que se cobró la vida de 85 personas
Se cumple hoy un nuevo aniversario del atentado terrorista perpetrado contra la AMIA. Por primera vez en 26 años, no sonaron las sirenas ni se congregó gente en el lugar. Un atípico homenaje virtual que contó con testimonios de sobrevivientes tuvo lugar ayer bajo el lema "Que la Justicia no se lave las manos". En 2006, precisamente, la Justicia consideraba que aquel brutal ataque perpetrado el 18 de julio de 1994 era un crimen de lesa humanidad y ordenó la captura internacional de prominentes figuras del gobierno iraní, pedidos que fueron aceptados en carácter de notificación roja por la Asamblea General de Interpol, en noviembre de 2007, producto de la defensa que ante ella realizó el valiente fiscal Alberto Nisman.
Sin medir las fatales consecuencias que tendrían su accionar, su coraje y su templanza, Nisman denunció por encubrimiento a la entonces presidenta Cristina Kirchner y a un grupo de funcionarios que se encontraban en la cúspide del poder y que también hoy ocupan altos cargos en el Gobierno, tal el caso del procurador del Tesoro, Carlos Zannini; del secretario de Justicia, Juan Mena, y del senador nacional Oscar Parrilli, que preside la Comisión de Justicia y Asuntos Penales de la Cámara alta.
Cuando pasaron cinco años de la trágica desaparición del fiscal, con mucho aún por dilucidar pero teniendo en claro que el hecho que denunció acabó con su vida, el debate continúa abierto. Por una parte, los acusados sostienen que fueron víctimas de un tan forzado como inexistente lawfare y pretenden hacer creer que no hubo un plan criminal organizado para que los ciudadanos iraníes identificados como responsables de la voladura de la AMIA pudieran evitar la acción de la Justicia argentina. Por otro lado, jueces y fiscales han sostenido que existen pruebas contundentes sobre la maniobra delictiva tendiente a dar un salvoconducto a quienes serían perseguidos por considerarlos en principio responsables del acto terrorista. El propio presidente de la Nación, Alberto Fernández, en una columna de opinión publicada en lanacion el 16 de febrero de 2015, decía: "Todo lo dicho sería poco importante de no ser porque ha salido de la boca de la Presidenta imputada por el fiscal muerto. Ignorando la tragedia, se indultó a sí misma apropiándose de la verdad, de la patria y hasta de la alegría y condenó cínicamente a los que quedamos agobiados por lo patético de lo ocurrido. Conoce que hay una herida abierta por una muerte que estremece y que no se entiende y sabe que el silencio ciudadano la interpela por ella. Cristina sabe que ha mentido y que el memorando firmado con Irán solo buscó encubrir a los acusados. Nada hay que probar".
El eje central de esta profunda herida abierta son las vidas segadas. Tras haber transcurrido 26 años del atentado, producto de la rotunda negativa de los ciudadanos iraníes a presentarse ante la Justicia argentina, no hay una última palabra sobre los detalles de aquel acto criminal de lesa humanidad. Pagaron con sus vidas 85 personas solamente por trabajar para y por la comunidad judía.
Urge retomar el debate parlamentario de la sanción de la ley de juicio en ausencia para superar la vergonzosa parálisis procesal y evitar que se siga demorando el esclarecimiento de la verdad
Tampoco después de cinco años transcurridos desde la violenta muerte de Nisman se conoce cómo falleció. Pero de lo que no hay dudas es de que el delito que denunció acabó con su vida. De allí que sea tan importante que la Justicia se pronuncie sobre el encubrimiento que había denunciado.
Hace pocos días, la vicepresidenta Cristina Kirchner, con motivo de la incorporación en la causa de un nuevo informe emitido por Interpol Argentina, se refirió a la investigación judicial por el memorándum con Irán. Volvió a hablar de lawfare, calificándolo cono "lawfare al palo", arremetió contra los "medios hegemónicos" y aseguró que "se cayeron todas las mentiras". El referido informe sostendría que las alertas rojas están vigentes y que ni las autoridades argentinas ni las iraníes pidieron levantarlas. Se olvida de que en la causa por la que fue procesada, junto con Zannini, Mena y Parrilli, por mencionar solo a prominentes funcionarios del gobierno actual, con puestos claves para ejercer y exhibir poder ante los jueces, el eje de la discusión son las maniobras que fueron el telón de fondo del inconstitucional memorándum con Irán y no si esas alertas siguen o no vigentes.
El proceso en el que Nisman denunció el delito de encubrimiento comenzó mal. En febrero de 2015, el juez federal Daniel Rafecas, hoy cuestionado candidato del Gobierno para ocupar el cargo de procurador general de la Nación, ordenó archivar la causa, cinco días hábiles después de que el fiscal Gerardo Pollicita requiriera impulsar la investigación y señalara la prueba que debía ser producida con relación a los hechos. En aquel momento, el juez Rafecas era investigado por el Consejo de la Magistratura, controlado por el oficialismo de entonces, por los mensajes intercambiados con uno de los abogados de la defensa en el caso Ciccone.
Solo en diciembre de 2016 la Sala I de la Cámara de Casación, integrada por los jueces Ana María Figueroa, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, resolvió que aquella decisión de Rafecas había sido arbitraria, por lo cual lo apartaron de la causa y ordenaron investigar el encubrimiento. En diciembre de 2017, el hoy fallecido juez Claudio Bonadio ordenó el procesamiento de los implicados por el encubrimiento. Los jueces de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, Martín Irurzun y Eduardo Farah, confirmaron el pronunciamiento de Bonadio. En marzo de 2018, los jueces Juan Carlos Gemignani, Mariano Borinsky y Gustavo Hornos, de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, ratificaron el procesamiento. Por último, los cinco jueces de la Corte Suprema, en una decisión unánime, también rechazaron los recursos de los procesados.
La decisión de Irurzun y Farah constituye un documento imprescindible para entender el sinsentido de asociar el lawfare con el proceso por encubrimiento. Sostuvieron, sobre la base de las pruebas acumuladas, que el objetivo de la diplomacia iraní era levantar las alertas rojas.Ronald Noble, quien fue secretario general de Interpol, manifestó, en una reunión entre las comitivas diplomáticas de la Argentina e Irán, celebrada en Francia en 2007, que había dos formas de lograrlo: mediante la decisión de un juez argentino o a través de un acuerdo entre ambos Estados. Esa opinión constituyó el antecedente determinante de la cláusula 7 del memorándum con Irán, de enero de 2013, que disponía que una vez firmado por los cancilleres ellos remitirían conjuntamente el acuerdo con Irán al secretario general de Interpol.
Dicha cláusula 7 fue calificada de inédita en el derecho internacional por Roberto García Moritán, vicecanciller de Jorge Taiana, entre 2005 y 2008, dado que, en su larga carrera diplomática, nunca había visto que un tratado tuviera dos formas de entrar en vigor. La primera, con la simple firma de los cancilleres, y la segunda, con la aprobación de los respectivos Estados. Lo injustificable es que para lograr la finalidad perseguida por Irán bastaba cumplir con la remisión del memorándum a Interpol. En una nota dirigida a este último organismo por el entonces canciller Jorge Timerman y por su par iraní, Alí Akbar Salehi, fechada el 15 de febrero de 2013, decían que les complacía informar que ambos países habían acordado que las cuestiones sobre el caso AMIA serían resueltas a través de la cooperación bilateral.
El 12 de marzo de 2013, la Secretaría General de Interpol agregó en su sistema un banner a cada una de las notificaciones rojas de los acusados prófugos de nacionalidad iraní, que daba cuenta de la firma del memorándum. Luego, también se agregó, a requerimiento del gobierno argentino, la información sobre la declaración de inconstitucionalidad del acuerdo.
Una mentira puede partir de un hecho real manipulado hasta vaciarlo de su sentido original. A la pregunta sobre si se levantaron las alertas rojas puede contestarse que no, que ellas se mantienen. Esta respuesta oculta el verdadero nudo del problema, ya que con la comunicación del memorándum que los cancilleres presentaron a Interpol las alertas fueron degradadas.
La incorporación de la cláusula 7 fue de una inconstitucionalidad alarmante, ya que los tratados con otras naciones los debe aprobar el Congreso. La decisión de los jueces Irurzun y Farah permite entender que esa cláusula constituyó una decisión política de alta relevancia, que el poder de turno primero pergeñó y después intentó disimular.
Dos días después de que Nisman hizo pública su denuncia, el gobierno de entonces difundió mediáticamente una misiva de Ronald Noble en la que expresaba que el efecto de las alertas solamente se podía alterar por una decisión de un juez argentino. Irurzun y Farah demostraron que surge de manera incontrastable de los correos electrónicos de la Cancillería argentina que la nota de Noble fue preparada en Buenos Aires. No asombra que Zannini insista en que Noble declare antes que se inicie el proceso oral que hace tiempo que debió haber comenzado.
En numerosas ocasiones hemos abogado por la sanción del proyecto de juicio en ausencia, herramienta fundamental para cuando los acusados permanecen en su país de origen, en caso de que el pedido de extradición no fuera atendido. Urge reflotar el dictamen de mayoría alcanzado por dicho proyecto en la Cámara de Diputados de la Nación para superar la vergonzosa parálisis procesal que reduce día a día el número de sobrevivientes, a pesar de la imprescriptibilidad de este crimen de lesa humanidad.
Anteayer, durante el transcurso de una videoconferencia organizada por el American Jewish Committee,Alberto Fernández sostuvo: "Estamos en deuda, pero la mayor deuda es de Irán, que no accede a colaborar con la Justicia", y sorprendió al justificar el pacto con ese país, que tan fuertemente él mismo había denostado. Fue el lamentable epílogo de conceptos previos del mandatario en los que minimizó el brutal atentado al calificarlo como "el ‘incidente’ antisemita más mortífero desde la Segunda Guerra Mundial, perpetrado por el poder de Irán, Hezbollah". Un incidente es apenas una riña, un trámite, un concepto muy poco apropiado para definir semejante ataque terrorista.
La resolución de causas como las del atentado contra la AMIA es de una enorme trascendencia institucional. Esta resolución no puede continuar demorándose ni siendo sometida a vaivenes de jueces subrogantes. Nuevas pistas sobre la compra del explosivo usado para el ataque suman pruebas contra el supuesto coordinador local del atentado, de origen libanés, quien tiene pedido de captura.
La sociedad demanda que el poder político no interfiera en la investigación judicial, que se permita, de una vez por todas, llegar a la verdad y castigar a los responsables. Todos los argentinos de bien, y muy especialmente las familias de las 85 víctimas, merecen justicia.