Abusos eclesiales: un punto de inflexión
Con la abolición del secreto pontificio para casos de abusos sexuales, el Papa comenzó a derrumbar un muro de silencio que llevaba décadas,(parte I)
Desde 1972, un manto de secreto pontificio ha cubierto asuntos de indiscutida gravedad dentro del seno de la Iglesia, muchos de ellos asociados a numerosos casos de abusos por parte de sus representantes en distintos países. Hasta aquí, cuando alguna autoridad laica solicitaba información sobre un eventual abuso eclesial, la respuesta que recogía era que el secreto pontificio impedía brindarla, blindando a sacerdotes, obispos y cardenales frente a espantosos crímenes.
Como colofón de un largo proceso, la traba institucional que planteaba este secreto ha quedado desactivada y el obstáculo institucional para la colaboración con las autoridades de los Estados ha quedado removida, facilitando también a las víctimas el acceso a la sentencia de sus procesos. La nueva instrucción señala que "el secreto de oficio no obsta para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en cada lugar por la legislación estatal, incluidas las eventuales obligaciones de denuncia, así como dar curso a las resoluciones ejecutivas de las autoridades judiciales civiles". Cabe aclarar que la medida no supone un menoscabo del secreto de confesión, en tanto que este, al tratarse de un sacramento, impone un sigilo inviolable que responde a la ley divina y no ya a una cuestión jurídica.
El sínodo contra la pederastia, celebrado en Roma en febrero pasado, había abogado fuertemente por la introducción de las modificaciones que hoy celebramos, haciéndose eco del pedido de las víctimas. El papa Francisco eliminó el secreto pontificio de las denuncias, los procesos y las decisiones que afectan a los casos de abusos sexuales y esta disposición es ciertamente bienvenida, aun cuando resten todavía otras reformas. Se trata de un cambio en las llamadas Normas de Delitos Graves aprobadas en 2001 durante el pontificado de Juan Pablo II.
La reserva será solo instrumento de protección de la honorabilidad, garantía de seguridad, integridad y confidencialidad, pero ya no estará más al servicio del encubrimiento. La instrucción señala que "no puede imponerse ningún vínculo de silencio con respecto a los hechos encausados ni al denunciante ni a la persona que afirma haber sido perjudicada ni a los testigos".
Los abusos de menores por parte de numerosos ministros del clero son un drama de vieja data. Conocido en 2002 el caso de la arquidiócesis de Boston, que involucró a mil niños, más de 70 curas y un cardenal, la cuestión fue ganando prensa y conciencia en la opinión pública. Sin embargo, Juan Pablo II no actuó siquiera en el gravísimo caso del pederasta mexicano Marcial Maciel, fundador de la congregación de los Legionarios de Cristo, poderosa organización presente en muchos países que incluso fue elogiada por el papa polaco. El primer pontífice que habló con claridad para denunciar y condenar estos hechos fue Benedicto XVI, cuando era el cardenal encargado de la Congregación para la Doctrina de la Fe en Roma. En 2006, suspendió a Maciel y lo sometió a una vida de oración y penitencia; dos años después, este fallecería. En estos días se conoció un terrible informe interno que contabilizó 175 víctimas de abuso sexual, en su mayoría de entre 11 y 16 años, desde la fundación de la congregación en 1941. De los más de 30 sacerdotes involucrados, con Maciel a la cabeza, 14 habían sido ellos mismos víctimas de la Congregación, confirmando la existencia de tristes "cadenas de abusos". A la fecha, 18 sacerdotes aún permanecen en la congregación, aunque apartados del contacto con menores.
Hubo que llegar al papado de Francisco para que la manera de encarar estos hechos aberrantes tomara un cariz tan determinante como revolucionario dentro de la Iglesia. Además de abolir el secreto pontificio el 17 de este mes, el Papa, mediante otra ley, amplió la definición de pornografía infantil para que queden cubiertas las víctimas de hasta 18 años, no ya de hasta 14 como era hasta aquí.
La entrada en vigor de las flamantes normas se prevé inmediata. Ante requerimientos de la Justicia, plantea el deber de cooperar, habilitando investigaciones y denuncias sin pretextos, obligando a las diócesis a proporcionar toda la documentación sobre procesos que pueda requerir la autoridad judicial, según las leyes de cada país para casos "de violencia y de actos sexuales cometidos bajo amenaza o abuso de autoridad, de abuso de menores y de personas vulnerables, de pornografía infantil, de no denuncia y encubrimiento de los abusadores por parte de los obispos y superiores generales de los institutos religiosos".
Tan rotundo cambio impuesto por Francisco confirma de manera categórica su preocupación sobre este tema que tanto ha desacreditado justificadamente a la Iglesia a su cargo. La pederastia, en primer lugar, y la falta de transparencia en las finanzas vaticanas, en segundo término, constituyeron y constituyen dos de las más grandes y complejas batallas emprendidas desde que asumió su pontificado.