Una deuda que se acumula en silencio por Ganancias
Los contribuyentes pasarán a deberle a la AFIP hasta $ 16.000 si no se actualiza una ley
Los contribuyentes esperan alertas lo que podría transformarse en un golpe al bolsillo. Ocurre que los incrementos en deducciones personales y mínimo no imponible del impuesto a las ganancias que fueron dispuestos por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en 2010, de un 20%, y en 2011, de otro 20%, aún no fueron validados por el Congreso.
El problema es que para que la modificación surta efecto se debe sancionar una ley que modifique el texto legal vigente. "En relación con el período fiscal 2010, si bien el Ejecutivo había enviado la modificación de la ley de impuesto a las ganancias dentro del proyecto de presupuesto 2011, su falta de sanción ha dejado sin sustento legal el aumento de esas deducciones, habiéndose diferido hasta 2012 la deuda con el fisco", sostiene Adriana Laurino, de la consultora KPMG. En algunos casos hay trabajadores a los que no les alcanzaría con un sueldo para pagar la deuda contraída con el fisco.
"Tomemos el caso de un trabajador casado con 2 hijos -propone Laurino-. Aquellos cuyo salario mensual neto de aportes previsionales rondó los $ 6700 mensuales deberán destinar aproximadamente 1500 anuales (casi un 23% de su haber) para cancelar su deuda por el impuesto remanente de 2010." Quienes perciban 10.500, deberán aproximadamente 3500, o sea el 33% del salario, y para sueldos superiores a 20.000, la deuda se fija en aproximadamente 5000, importe que se repetirá para sueldos aun superiores, según se desprende del informe.
De no corregirse este escenario tampoco para el período 2011, la situación podría complicarse. Ocurre que la diferencia entre las deducciones fijadas por la resolución general y las cifras de la ley difieren un 44 por ciento.
"Así, para el mismo caso citado, quienes perciban un salario mensual neto de $ 6700, determinarán una deuda de 3044 [entre 2010 y 2011]; quienes perciban ingresos por 10.500, deberán casi 11.000 (104% del salario), y quienes perciban sueldos superiores a 20.000, determinarán una deuda de casi 16.200, importe que se mantendrá constante para sueldos superiores", apunta Laurino.
Consejos
Pagar menos Ganancias y Bienes Personales es posible dentro de la ley. Para lograrlo, hay que guardar comprobantes, anticiparse a los vencimientos, planear inversiones beneficiosas y llevar un listado de todos los gastos.
No es una misión simple, pero existen recetas. En el caso de Bienes Personales, que recae sobre los bienes existentes al 31 de diciembre de cada año, hay diversas estrategias para contrarrestar su efecto. Ejemplo de ello son las inversiones en títulos públicos de otros países que reciben un trato especial para el inversor argentino. Antes estaban los bonos austríacos, pero ahora se pueden mencionar los títulos públicos de Chile y Brasil.
Las acciones de empresas argentinas también tienen un trato favorable. "En lo que atañe al impuesto de Bienes Personales, el mismo lo ingresa la sociedad emisora de las acciones aplicando la alícuota única del 0,5%, que por ende puede resultar inferior a la que le resultaría aplicable al individuo en función de su patrimonio neto [la alícuota máxima es 1,25%]", apunta Andrés Edelstein, de la consultora PricewaterhouseCoopers.
Para reducir el pago de Ganancias, cuya declaración jurada se prepara a esta altura del año, hay varios consejos. Ejemplo de ello son los honorarios médicos, en los que se puede descontar un máximo del 40% de lo facturado y hasta un 5% de la ganancia neta acumulada. Se puede descontar el pago de sesiones de terapia psicológica o cualquier consulta que no cubra la prepaga. Los ingresos por alquileres resultan alcanzados por el impuesto, pero, sostiene Edelstein, deben tenerse en cuenta las deducciones que puedan computarse como, por ejemplo, amortización del inmueble o gastos de mantenimiento.
A diferencia de otros tiempos, en la actualidad hay un control más exhaustivo de la AFIP sobre las deducciones de Ganancias o el pago de Bienes Personales. "Buscan más detectar inconsistencias y exigir el cumplimiento", opina Edelstein.
RECOMENDACIONES
SEGUROS DE VIDA
- Se puede deducir de Ganancias lo que se paga de seguro en hipotecas, préstamos personales y tarjetas de crédito.
HIPOTECAS
- Se puede llegar a deducir de Ganancias más del 20% de la cuota que se paga al banco.
TÍTULOS EXTRANJEROS
- Los de Chile y Brasil ofrecen ventajas en Bienes Personales.
mibolsillo@lanacion.com.ar
lanacionarMás leídas de Economía
Dictamen. El procurador de la Corte de Santa Fe emitió una opinión clave para el caso del millonario concurso de Vicentin
Tras una feroz granizada. Piden usar aviones no tripulados para evitar daños por tormentas severas
Últimos registros. ¿A cuánto cotizan el euro oficial y el blue este sábado 23 de noviembre?