Un incentivo a la competencia
El proyecto oficial para reformar la ley de Defensa de Competencia representa un paso importante para transparentar los mercados
El proyecto para reformar la ley de Defensa de la Competencia que está siendo analizado en el Congreso (“LDC”) tiene muchos puntos positivos. No sólo no parece empeorar la situación actual, sino que la mejora considerablemente en una serie de aspectos no menores.
Primero, crea un tribunal que –al menos- tendrá una independencia del poder político mucho mayor a la que tiene la Comisión actual, que depende de la Secretaría de Comercio. Esto protege tanto a los consumidores como a las empresas. Los protege de que las decisiones que deben ser tomadas en base a criterios técnicos se vean influenciadas por razones políticas. Dicho de otro modo, los protege de decisiones arbitrarias que los pueden afectar, a pesar de que hay quienes equivocadamente sostienen lo contrario con el argumento de que crea más burocracia. Esto es como decir que no debe existir un poder judicial independiente porque implica mayor burocracia; no resiste ningún análisis.
Segundo, el proyecto no tiene cambios en los tipos de conductas que se sancionan. Tampoco en los criterios para evaluar cuándo una empresa tiene poder de mercado. En este punto no sólo está en línea con las leyes similares de otros países, sino que no introduce modificaciones substanciales a la ley que hoy está vigente. A diferencia de lo que muchos sostienen, el proyecto no introduce herramientas para controlar los precios.
Tercero, el proyecto introduce lo que se llama un programa “de clemencia”, que disminuye las sanciones creando incentivos para que los miembros o participantes de lo que en la jerga se llama carteles –empresas que acuerdan, por ejemplo, producir menos o subir precios- denuncien esos acuerdos. En términos muy generales, es como una “ley del arrepentido” para infracciones específicas a la regulación de defensa de la competencia. Esta es una herramienta muy útil para detectar y probar esta clase de acuerdos y casi todas las leyes avanzadas de defensa de la competencia del mundo incluyen programas similares. Sin estas herramientas la detección y la prueba de un cartel suele ser difícil, y puede insumir muchos recursos que a veces las autoridades no tienen o son muy escasos. De hecho, las sanciones que hubo en la Argentina por acuerdos de precios son muy pocas. En otros países existen estadísticas que muestran que con estas herramientas las sanciones de carteles suben en forma considerable. Los carteles suelen llamarse “el mal supremo” de defensa de la competencia, porque las restricciones a la producción y las subas de precios impactan directa e inmediatamente en los consumidores.
El autor es socio del estudio Beccar Varela y profesor de Defensa de la Competencia y Propiedad Intelectual en la Universidad Torcuato Di Tella
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