Un DNU cuestionado, ausencia de reglamentaciones y el riesgo de que los empresarios se paralicen ante la falta de certezas
Más allá de que el fuero laboral suspendió la aplicación del capítulo referido al trabajo, a muchos de los otros artículos que sí están vigentes les cuesta tener operatividad
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En aquellos días que se sucedieron entre el triunfo de Javier Milei en el balotaje y su asunción, un viejo zorro de la política argentina, con un recordado paso por el Estado, había empezado a colaborar con uno de los equipos técnicos del ahora Presidente. Justamente, trabajaba en el núcleo duro que elaboraba el paquete de reformas del Estado. Él, como la mayoría, no interactuaba con el líder libertario, sino que lo hacía, cada tanto, quien lo había convocado.
Pese a la precariedad de la comunicación, le hizo llegar un mensaje: “Tiene que conseguir una mayoría que lo acompañe un tiempo, no sirve de nada la negociación ley por ley. Es necesario que un bloque banque las propuestas del Poder Ejecutivo”, dijo. “¿Cuál es el riesgo?”, se le preguntó. “Que se empiece a desmembrar la regulación y que algunas cosas queden vigentes y otras no. Y eso le resta efectividad a todo”.
A cinco días de entrar en vigencia, el decreto de necesidad y urgencia (DNU) con el que el Presidente inició el proceso de desregulación de la economía, ya empezó a perder algunas de sus piezas claves en el andamiaje regulatorio que pretende.
Con el fallo de la Cámara del Trabajo, se suspendió todo el capítulo que reformaba el régimen laboral. De hecho, desde que se conoció el fallo ya hay tres categorías de reformas pretendidas por el Poder Ejecutivo: el DNU vigente, la porción suspendida por la Justicia (los puntos referidos a la ley laboral) y, luego, lo que está en el proyecto que se ha denominado ley ómnibus. Nada está claro aún.
A su vez, cada capítulo tiene normas de las llamadas operativas y otras programáticas. Las primeras son autosuficientes y causan efectos inmediatos. Un caso de esta sería la caída de la vigencia de la ley de alquileres. Ya es posible alquilar según lo que las partes acuerden, siempre, claro está, con el resguardo de lo que establece la legislación de fondo que está en el Código Civil y Comercial, el límite mismo de la contratación privada.
Pero hay otras tantas, la mayoría, que requieren de reglamentaciones que encuadren y entreguen la letra chica para dar forma a la iniciativa. Acá hay otro punto de confusión. Por caso, hay centenares de lugares importantes de la administración pública que están vacantes. Un ejemplo es el Ministerio de Infraestructura, uno de los más relevantes. En medio de un aumento de las tarifas de colectivos y trenes, con audiencias llamadas para que los boletos suban aún más y después se actualicen por inflación, y con una discusión por varios miles de millones de pesos por los subsidios, la Argentina nombró recién hoy un Secretario de Transporte, Franco Moguetta. Sin la estructura nombrada, parece difícil que aparezcan las reglamentaciones de las normas.
Así las cosas, la confusión sobre lo que está vigente, lo que fue suspendido, lo que se ha reglamentado, lo que está operativo y lo que se debate en el Congreso forma parte de una enorme confusión que no logra entregar certezas.
La pérdida de piezas claves de una regulación no es menor. Podrá decir el lector, con justa razón, que estas normas son un compendio de capítulos aislados que no generan un corpus jurídico. Pero, sin dudas que aplazar los efectos de una parte impone condiciones que no son las óptimas para el resto de la normativa. Alguna vez, el Código Procesal de Dalmacio Vélez Sarsfield, y también la unificación del Código Civil y Comercial, se aprobaron a libro cerrado. No era posible debatir semejante andamiaje jurídico, abarrotado de tecnicismos, en un recinto colmado por políticos más que por juristas. Pero claro, antes hubo comisiones y trabajo previo lleno de consultas y consensos para, finalmente, llegar al Congreso, con una aprobación tácita.
Como se dijo, no se trata este DNU de un “corpus jurídico” y mucho menos de una norma que haya recorrido el camino de la búsqueda de manos levantadas. Apareció y pateó el tablero, y ahora, como dice el dicho popular, el oficialismo tiene que “bancar la parada”.
El punto es que, en el medio de la regulación, como siempre, están los regulados, que quedan atrapados entre falta de certezas e indefiniciones. Esta vez, fue la CGT la que hizo una presentación ante la Justicia del Trabajo (juzgado 69). En primera instancia se desestimó la medida de no innovar presentada por la Central Obrera. Esta sentencia fue apelada por la CGT y el expediente terminó en la Sala Laboral que está de turno en la feria. En esa instancia se suscitó una disputa jurisdiccional con el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal Número 2, quien se otorgó la potestad de llevar adelante la presentación, solicitando la remisión de la presentación a ese fuero. Sin embargo, la Sala entendió que todo conflicto de competencia planteado entre un juez del fuero contencioso administrativo y un juez de otro fuero, debe ser resuelto la Cámara de ese fuero, dictó sentencia, revocó la de primera instancia y dictó una medida cautelar y suspendió la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV (Trabajo) hasta que se decida la cuestión de fondo.
La norma laboral entró, como se preveía, en un laberinto procesal cuyo tiempo de resolución es prácticamente imposible de estimar. No le faltará razón a quien sostenga que esperar un tiempo, uno, dos tres meses o un año, no es relevante respecto de la cantidad de décadas que llevan sedimentadas estas normas. Ahora, aquella sentencia será apelada por el Gobierno y será otra instancia la que decida, más allá de la mirada final de la Corte. Como se dijo, será un tiempo corto si se lo compara con el de la evolución de este tipo de problemas.
Ahora bien, en medio de este pantano legislativo y procesal, parece bastante difícil que el mercado laboral se muestre activo, más bien lo contrario. Y es el primero. La CGT casi que tiene un fuero propio en la Justicia del Trabajo y por eso la decisión de ir por ese camino. Pero otros tantos buscarán su solución sectorial. Los hombres de las finanzas utilizan una frase en inglés para describir sus conductas en los momentos de río revuelto. Ellos hablan de un estado wait and see, algo así como “esperar y ver qué sucede”. El problema es que el propio Presidente habla de que no hay tiempo, porque eso significa caminar hacia la catástrofe económica y, sobre todo, social.
Seguramente vendrán otros embates al decreto de diferentes sectores que sienten sus derechos amenazados o su zona de confort bajo presión. El camino del DNU es llevar a la Argentina hacia más libertad. Pero hasta ese estado ideal merece de algunas regulaciones para que, finalmente, nadie se sienta avasallado.
En muchos lugares de la administración pública, los nuevos funcionarios llegaron demasiado solos a estructuras que desde hace décadas responden a otros parámetros. En esos pliegues del Estado nadie hace fuerza para forzar la implementación de los cambios.
En algún punto, lo que sucede es la acción del Estado regulador. Esta vez, paradójicamente, lo que se intenta es desarmar la trama que se tejió durante años de intervención en la que imperó la idea del paternalismo estatal. Justamente, la intervención en la economía, dice Jorge Bustamante, autor del libro La desregulación, entre otros, puede darse en forma directa, con dos fundamentos. Primero, para suministrar bienes o servicios que el mercado espontáneamente no puede brindar; segundo, para “rectificar” la acción de los mercados, cuando se estima que éstos, si bien actúan espontáneamente, lo hacen en forma imperfecta. En la Argentina, más allá de la teoría, sirvió para todo, incluso para generar confortables oasis donde los bienes o los servicios costaban monedas. Claro que siempre tenían otra ventanilla para compensar con subsidios. El país se convirtió en un collage de parches regulatorios.
Milei intenta desarmar ese magma de normas sedimentadas que traban la vida de los argentinos, de sus empresarios, profesionales o comerciantes. En ese camino, deroga, sustituye o crea reglamentaciones nuevas. La gran mayoría de ellas se pega de frente, ya no solo con la prexistencia legal, sino que interpela a decenas de estructuras acostumbradas a hacer las cosas de una manera determinada. Alguien podría decir que es más fácil contratar un empleado público que rescindirle el contrato, al menos, sin crear una contingencia; o armar un registro más que desarmarlo. El Gobierno bien podría suscribir ese axioma: por ahora no es tan sencillo desregular.
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