Luz y gas. Cómo se calcula cuánto hay que pagar en la cuarentena
En época de cuarentena, una de las actividades que está prohibida por DNU es la de los "lecturistas": aquellos que miden el consumo de gas y electricidad de los usuarios residenciales y comerciales. Esto trajo varios problemas, ya que las empresas de distribución deben estimar el consumo con base en los registros históricos, en un contexto que poco se parece al de los años anteriores.
Las facturaciones emitidas de acuerdo con estimaciones desembocó en dos problemas para los usuarios. Para los residenciales, la facturación que les llega podría ser menor a la real, ya que, al estar encerrados en sus casas, el consumo sería más alto al registro de años anteriores, cuando estaban más tiempo en la calle.
Para los comercios, el problema es el opuesto: mientras que están sin actividad y con consumos casi cero, la facturación que les llega es muchísima más alta. Esto generó enojo, en un momento en el cual las ventas se desplomaron y cayeron los ingresos.
Esta situación está agravada en el área metropolitana de Buenos Aires (AMBA), donde el aislamiento obligatorio es más restrictivo. En el interior del país, las provincias han flexibilizado algunas actividades y, por lo general, las distribuidoras están haciendo lectura real de los medidores.
Por lo tanto, los usuarios del servicio de gas de Metrogas y Naturgy y los de electricidad de Edenor y Edesur son los que se vieron más afectados por las estimaciones. Se espera que en los próximos 15 días ya esté normalizado el servicio de lectura de medidores en todo el país, según indicaron en una de las empresas.
En este contexto, los entes que regulan los servicios de gas y electricidad, Enargas y ENRE, emitieron una serie de resoluciones para solucionar estos problemas. A continuación, las dudas más frecuentes.
¿Cómo estiman las empresas distribuidoras el consumo?
Al comienzo de la cuarentena, los entes regulatorios no emitieron ninguna resolución en especial y por lo tanto regían los protocolos que se aplican cuando, por una situación de fuerza mayor, no se puede realizar la lectura de los medidores. Para el servicio de gas, se calculó el consumo en base al volumen de gas suministrado al usuario en el mismo periodo de los últimos dos años. Para el servicio de electricidad, se usaba el promedio del año anterior, dándole un poco mas de peso al promedio del periodo que se está estimando.
En los últimos días, el Enargas y el ENRE emitieron un nuevo protocolo y se debe utilizar el menor registro de consumo correspondiente al mismo periodo de estimación de los últimos tres años. Es decir, para el periodo marzo-abril, se factura el menor consumo que hubo en ese periodo entre los años 2019, 2018 y 2017.
Para las pymes y las industrias, el ENRE habilitó hoy la lectura de medidores para usurarios T2 y T3.
¿Qué ocurre para aquellos usuarios que tienen un medidor nuevo y no registran consumos anteriores?
En el servicio de gas, el usuario debe presentar una declaración jurada en la cual informa el registro que figura en su medidor. El formulario se puede descargar en las páginas de las empresas de distribución. En el caso del servicio de electricidad, el ENRE no emitió ninguna resolución.
¿Cómo se ajustará la factura cuando se normalice la lectura de los medidores?
Si el consumo del usuario fue menor al que se le calculó, las empresas realizarán una nota de crédito con la diferencia que se cobró de más y el saldo debe ser reintegrado en la primera factura que se haga a partir de una lectura real. Si el consumo real es mayor al estimado, en el caso de las facturas de gas se abonará la diferencia en tres cuotas iguales, sin intereses y consecutivas a partir del consumo de septiembre (con la facturación de octubre), que es cuando, pasado el invierno, baja la demanda de gas.
En el caso del servicio eléctrico, los usuarios residenciales, pymes e industrias puedan impugnar sus facturas en los casos en los cuales se detecte un desvío entre el consumo real y el estimado.
¿Puede el usuario actuar como "lecturista" y enviar a la empresa el consumo que figura en el medidor?
Sí para los usuarios del servicio de gas, ya que pueden descargar en las páginas de las empresas de distribución un formulario que actúa como declaración jurada y registrar ahí el consumo que figura en el medidor al día de la fecha. Las empresas utilizarán ese registro para realizar sus facturas. Por un tema de seguridad, se pidió que no se le saquen fotos a los medidores, alcanza con anotar el consumo que figura en el medidor.
¿Para quiénes rige la prohibición de corte de suministro?
Rige solo para los siguientes usuarios que, durante el plazo de 180 días, adeuden un total de tres facturas consecutivas o alternas, incluyendo aquellas con vencimientos desde el 1° de marzo pasado:
- Beneficiarios de la asignación universal por hijo (AUH) y la asignación por embarazo.
- Beneficiarios de pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el salario mínimo vital y móvil (SMVM), $33.750.
- Inscriptos en el régimen de monotributo social.
- Jubilados; pensionados; y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos SMVM.
- Trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos SMVM.
- Usuarios que perciben un seguro de desempleo.
- Electrodependientes, beneficiarios de la Ley N° 27.351.
- Usuarios incorporados en el régimen especial de seguridad social para empleados de casas particulares (Ley N° 26.844).
- Aquellos que estén exentos del pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.
- Micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), conforme lo dispuesto por la Ley N° 25.300 afectadas en la emergencia.
- Cooperativas de trabajo o empresas recuperadas inscriptas en el Inaes.
- Instituciones de salud, públicas y privadas afectadas en la emergencia.
- Entidades de bien público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria.
¿Dónde se pueden realizar los reclamos por errores de facturación?
Para los usuarios de electricidad, puede llenar el formulario en este link.
Para los usuarios de gas, lo pueden hacer directamente en las páginas de las empresas de distribución.
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