Será más fácil tomar deuda en dólares y reestructurar la actual
El proyecto de ley enviado por el presidente, Javier Milei, al Congreso elimina límites y otros requisitos
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El megaproyecto de ley de Javier Milei busca eliminar el límite que existía para tomar deuda por medio de la emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción extranjera. Hasta ahora se exigía autorización del Congreso cada vez que se superaba ese límite, algo que ya no será necesario.
En rigor, se derogaría el artículo 1° de la ley 27.612, llamada de Fortalecimiento de Sostenibilidad de la Deuda Pública. Esta ley había sido aprobada en Diputados el 11 de febrero de 2021.
El artículo 1° que el proyecto de ley enviado al Congreso busca derogar, disponía: “La Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional de cada ejercicio deberá prever un porcentaje máximo para la emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción extranjeras respecto del monto total de las emisiones de títulos públicos autorizadas para ese ejercicio. Toda emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción extranjeras que supere dicho porcentaje requerirá de una ley especial del Honorable Congreso de la Nación que la autorice expresamente”.
Al respecto, el economista Gabriel Caamaño, de Estudio Ledesma, comentó que ese límite que se había impuesto durante la anterior administración no tenía mucho sentido. “Me parece bien que eliminen eso, porque limitar el endeudamiento en dólares, pero emitir una montaña de deuda indexada por tipo de cambio oficial y por inflación es lo mismo o peor”, comentó el especialista.
Por otra parte, el proyecto de ley incluye otra modificación que facilitaría una reestructuración de la deuda. En este sentido, sustituye el artículo 65 de la Ley N° 24.516, por el siguiente: “El Poder Ejecutivo Nacional podrá realizar operaciones de crédito público para reestructurar la deuda pública y los avales otorgados en los términos de los artículos 62 y 64, mediante su consolidación, conversión o renegociación, atendiendo a las condiciones imperantes del mercado financiero. De constituirse con motivo de la realización de estas operaciones un incremento de la deuda pública, se deberá afectar la autorización de endeudamiento prevista para el ejercicio respectivo. Las operaciones con cargo al presente artículo se realizarán en el marco de la estrategia plurianual de deuda que será definida por el Ministerio de Economía.”
Una fuente que se especializa en esta materia opinó: “En una reestructuración de deuda pública de acuerdo a la Ley de administración financiera, hay que mejorar dos o tres condiciones entre tasa de interés, principal de la deuda, y su plazo de madurez. Ahora, se elimina ese requisito, por lo que va a ser más fácil reestructurar”.
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