Seguro de Desempleo de Anses: cómo inscribirse para cobrar la prestación
El subsidio está destinado a los trabajadores despedidos sin causa justa; el trámite incluye un cobro mensual, la conservación de la obra social y el acceso a asignaciones familiares
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Las personas que se encuentren sin trabajo y deseen acceder al Seguro de Desempleo de Anses deben cumplir determinados requisitos y realizar un trámite sencillo para empezar a cobrar la prestación, que habitualmente se distribuye en la cuarta semana del mes.
El seguro de Desempleo de Anses está destinado a los trabajadores en relación de dependencia despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas al trabajador, comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013.
De esta manera el trabajador puede acceder a un cobro mensual y conservar su obra social y las asignaciones familiares.
Quienes perciben esta asignación, reciben un monto y cantidad de cuotas, entre dos y 12, que se calculan según los ingresos y meses trabajados, con aportes, durante los últimos 3 años. Es importante resaltar que los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.
En el caso de los trabajadores de la construcción despedidos sin justa causa o por finalización de obra, el monto y la cantidad de cuotas, que van de tres a ocho, se calculan según los ingresos y meses trabajados, con aportes, durante los últimos 2 años.
En el caso de un trabajador eventual o de temporada que trabajó, con aportes, un año o más, se aplica el mismo criterio que para un trabajador permanente. Si lo hizo por menos de un año, le corresponderá un día por cada tres de servicio.
Para el trámite del Seguro de Desempleo es necesario reunir determinada documentación y, luego, presentarla a través de la modalidad de atención virtual, o de manera presencial en cualquiera de las sucursales de Anses con atención al público, gestionando un turno previo.
A quiénes les corresponde el Seguro de Desempleo
- Trabajadores permanentes: tener al menos seis meses de trabajo con aportes en los últimos tres años anteriores al despido o finalización del contrato.
- Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos tres años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
Qué se necesita para tramitar el Seguro de Desempleo
- DNI (original y copia)
- Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
- Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
- Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
- Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
- No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
- Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
- En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
Para cobrar el beneficio, se abrirá una Caja de Ahorro mediante la Anses, donde luego se acreditará la prestación para cobrar por ventanilla o, posteriormente a la entrega de una tarjeta de débito, retirar el monto en un cajero automático.
Quienes reciben el Seguro de Desempleo deben revisar todos los meses el recibo de cobro. Cabe aclarar que el Ministerio de Trabajo puede citar al beneficiario y, en caso de no presentarse, tiene la potestad de suspender la prestación.
Por otra parte, si el titular de la asignación empieza a trabajar nuevamente, deberá suspender el cobro antes de los 5 días de iniciado el nuevo trabajo.
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