Qué trámite exigirán varios bancos para cobrar jubilaciones de la Anses a partir de marzo
La demostración de supervivencia está suspendida desde inicios de 2020, ahora, pese a un plan que había comunicado el Gobierno, la exigencia volverá; algunas entidades, sin embargo, anunciaron que no pedirán nada, y otras ofrecen modalidades virtuales
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A partir del 1° de marzo, la mayoría de los bancos que pagan jubilaciones y pensiones del sistema de la Anses volverán a pedir el trámite de fe de vida como requisito para acceder a los haberes mensuales. Para esa acreditación de supervivencia, las entidades ofrecerán modalidades para evitar que las personas deban ir personalmente a las sucursales. Se trata de una gestión que les era exigida a los beneficiarios hasta principios de 2020. Con la llegada de la pandemia de Covid-19 se decidió su suspensión, que fue varias veces prorrogada. Y ahora, pese a que en septiembre de 2020 el Gobierno anunció un plan que, según lo dicho entonces, evitaría volver a requerirlo, el trámite estará de regreso. No será así, de todas formas, para la totalidad de los jubilados y pensionados, ya que algunas entidades bancarias anunciaron ya que no pedirán nada.
La resolución 277 de la Anses, de diciembre pasado, prorrogó la suspensión de la vigencia del trámite, de manera generalizada, hasta el día 28 de este mes. Y estableció que a partir de marzo “los agentes pagadores [los bancos] son los únicos responsables” de controlar que nadie perciba haberes jubilatorios ni prestaciones no contributivas correspondientes a personas fallecidas. Uno de los artículos de esa normativa indica que las entidades bancarias no podrán exigir la presencia física en sus sucursales de los jubilados y pensionados para acreditar la supervivencia, lo cual las obliga a disponer de otros medios para que se cumpla efectivamente con el trámite.
La cuestión provocó diferentes reacciones entre las entidades bancarias. En algunas hay bastante malestar, según pudo constatar LA NACION, porque se considera que es el Estado el que debería procurar contar con la información sobre la muerte de beneficiarios, para poder garantizar que solo se realicen los pagos que correspondan. Al haber puesto la Anses la responsabilidad de verificar la supervivencia en cabeza de los bancos, las entidades deben hacerse cargo del monto de los eventuales pagos indebidos y, además, abonar multas por esos casos. La mencionada resolución oficial aclara que existe un listado con fechas de defunciones de beneficiarios que la Anses envía semanalmente a los bancos, pero establece que eso debe ser considerado solamente “a título de colaboración”, ratificando que toda la responsabilidad queda transferida a las instituciones financieras.
Quiénes quedarán exceptuados
En al menos dos entidades, el Banco Provincia y el Banco de Córdoba (Bancor), se anunció que todos los jubilados que cobren allí ya no deberán hacer ningún trámite de fe de vida. Y desde el Banco Ciudad, en tanto, dijeron a LA NACION que ya no se exigirá certificar la supervivencia a quienes tengan hasta 80 años, en tanto que quienes tengan más edad sí deberán hacer la fe de vida, pero solo cada 180 días.
En el Banco Provincia, que paga alrededor de 1,17 millones de prestaciones del sistema nacional, afirmaron que allí se tiene información de manera actualizada sobre los fallecimientos, en virtud de un acuerdo con el Renaper. Y en el caso del Bancor, la eliminación de la fe de vida para quienes residen en Córdoba se hizo porque, con un sistema local de registros digitales, “todas las defunciones quedan asentadas en plazos muy breves”, según explicó el ministro de Finanzas y exsecretario de Previsión Social de esa jurisdicción, Osvaldo Giordano, en Twitter. En medios locales, directivos del banco ratificaron que no volverá a pedirse el trámite.
“Obligar a hacer el trámite de fe de vida atenta contra la dignidad de las personas y les genera muchas molestias y gastos. Para las instituciones bancarias resulta costoso y de baja eficacia para evitar fraudes”, cuestionó Giordano. Y agregó que generar las condiciones para eliminar la exigencia del trámite para jubilados es un “ejemplo concreto de los beneficios de contar con un Estado presente y que funciona”.
Otros bancos, en tanto, están informando cuáles serán las modalidades habilitadas para quienes cobran a través de ellos. Entre ellos, el Nación, el Supervielle y el Macro habilitaron opciones digitales. Consultados por LA NACION, referentes de algunas entidades señalaron que durante el período en el que el trámite estuvo suspendido no hubo mayores inconvenientes (es decir, no hubo una situación preocupante de pagos indebidos).
Cuando transcurría el primer año con suspensión del trámite, en septiembre de 2020, varios funcionarios del Gobierno, entre ellos el ministro del Interior, Eduardo de Pedro, y la directora ejecutiva de la Anses, Fernanda Raverta, anunciaron el lanzamiento de una plataforma digital de “hechos vitales” tendiente a generar, entre otros efectos y según se dijo, que el requerimiento de acreditar la supervivencia quede como algo del pasado. Ahora, fuentes del Gobierno admiten que desde algunos lugares del país hay demoras, “a veces de meses”, en la recepción de datos de fallecimientos de personas.
En aquel anuncio se consignaba, aunque sin dar fechas, que se simplificaría “la vida de millones de argentinos y argentinas, que además de no tener que dar más Fe de Vida para cobrar sus jubilaciones, podrán obtener partidas de nacimiento y defunción de forma digital”. Pese a ello, en la página oficial www.argentina.gob.ar se publicó durante varios días un mensaje dirigido a jubilados, que indicaba: “Desde el 1° de marzo de 2022 vuelve a ser obligatoria la acreditación de fe de vida (supervivencia) para poder cobrar tus haberes”. Esa publicación oficial se prestó a confusiones: en rigor, y tal como confirmaron fuentes del Gobierno, la normativa de la Anses no impide que los bancos decidan no exigir el trámite, pero sí les marca las consecuencias que tendrán en caso de hacer pagos que no correspondan.
Modalidades
Entre las formas de dar fe de vida que estarán vigentes, dependiendo del banco, están las siguientes:
• El uso de tarjetas asociadas a las cuentas de los jubilados; en algunos casos se indica que son válidas, a los efectos de la fe de vida, las operaciones hechas específicamente en algunos tipos de comercio, como cadenas de supermercados y de farmacias (ese requisito se pide, por caso, en el Banco Nación).
• La colocación de la huella digital en un cajero o tótem dotado con el dispositivo correspondiente y habilitado para este trámite.
• La captura de una imagen del rostro del beneficiario, utilizando una app o una plataforma digital.
Al menos tres entidades anunciaron hasta ahora el uso de la última herramienta mencionada. El mecanismo implica bajar una app al celular (en el caso de los bancos Supervielle y Nación), o ingresar a un link (Banco Macro) y, desde allí, seguir instrucciones para que se tomen imágenes del DNI y del rostro del jubilado o pensionado. Con eso, se certifica la supervivencia para el cobro de haberes
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