Punto por punto: las definiciones más destacadas de la resolución que congela los precios
La norma incluye la aplicación de la ley de abastecimiento, genera dudas sobre su implementación entre los actores de la cadena productiva e incluye productos de marcas premium
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LA NACIONCamila Dolabjian
Hoy por la mañana se publicó en el Boletín Oficial la resolución que efectiviza el congelamiento de 1480 precios sin acuerdo de las empresas. Tras reuniones frustradas con los directivos de las compañías de alimentos, bebidas e higiene, el Gobierno decidió avanzar unilateralmente.
La resolución, firmada por Roberto Feletti, secretario de Comercio Interior desde hace 11 días, prohíbe que el precio de venta al público esté por encima de los máximos estipulados por el Gobierno. A continuación, los puntos más destacados de la decisión oficial:
- Precios máximos con responsabilidades no delimitadas: la norma fija los precios de comercialización. Estos son los que deben llegar a manos de los consumidores. Sin embargo, reparte la responsabilidad entre los “productores, comercializadores y distribuidores” por igual, sin especificar valores intermedios de la cadena. La implementación sería objeto de discusión entre las empresas que conforman los distintos eslabones por los márgenes que cada una tendrá.
- A toda máquina: la Secretaría “requiere” a las empresas que incrementen hasta el máximo de la capacidad instalada la producción de los 1480 productos incluidos en el listado. Además, deberán “arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión durante el período de vigencia de la presente medida”.
- Más medidas en el futuro: la resolución encomienda a la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores a establecer mecanismos eficaces para la ejecución de la medida. Feletti y su antecesora, Paula Español, anunciaron antes de la medida que se intensificarían los controles y fiscalizaciones en comercios.
- Inclusión de la cuestionada ley de abastecimiento: se incluye la aplicación de la ley 20.680, un punto temido y criticado por las empresas. Los presuntos incumplidores del listado serán sancionados con las penas de esta polémica ley. Se trata de una norma de 1974, llamada originalmente “ley de abastecimiento y represión del agro”. Autorizaba a funcionarios a establecer márgenes de utilidad; allanar comercios o empresas pudiendo requerir apoyo policial; a secuestrar documentación; intervenir mercadería en infracción; clausurar establecimientos y a detener preventivamente a presuntos responsables de las infracciones. En 2014, se reformaron algunos puntos de la ley aunque se incorporaron nuevas herramientas con las que el poder ejecutivo podría controlar los precios y el abastecimiento de productos.
- Reducción de hasta el 50% de los precios vigentes hoy: los precios publicados por el Gobierno no coinciden con los vigentes en las principales cadenas de supermercados. Feletti había solicitado a las empresas que aporten el listado de precios vigentes al 1º de octubre para establecer los máximos. El cumplimiento fue parcial. Finalmente, la Secretaría estableció precios hasta un 50% menores a lo publicado en páginas web de hipermercados esta mañana
- Productos polémicos: el Gobierno incluyó en el listado productos que habían generado resistencia en las reuniones con empresarios. Por un lado, se trata de marcas premium, con las que las compañías tienen mejores márgenes de rentabilidad. Por otro lado, se incluyeron productos de cuestionada esencialidad tales como licor de café al cognac.
- Renovación. La resolución publicada hoy contempla la posibilidad de ser prorrogada en caso de que persistan las circunstancias que le dieron origen.
Por Camila Dolabjian
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