Prorrogan los vencimientos de Ganancias, Bienes Personales y Renta Financiera
En los dos primeros también extienden plazos de pago; en el tercero, solo la presentación informativa
La AFIP anunció ayer una extensión de los plazos para la presentación de las declaraciones juradas y el pago de los impuestos a las ganancias y a los bienes personales, y también para el trámite de información sobre el tributo a la renta financiera, aunque en este último caso no se modifican las fechas de pago ya dispuestas.
En el caso de Ganancias y Bienes Personales, el calendario de este año disponía que los plazos para cumplir iban del 11 al 14 de este mes. Con el cambio anunciado ayer por el administrador general del organismo de recaudación, Leandro Cuccioli, el período irá del martes 18 al lunes 24.
De esta manera, si la CUIT del contribuyente finaliza con los números 0, 1, 2 o 3, las fechas límites serán el 18 de junio (para la presentación de la declaración jurada) y el 19 (para el pago). Con CUIT terminado en 4, 5 o 6, deberá hacerse la presentación de datos hasta el 19, en tanto que el tributo deberá pagarse hasta el 21, siempre de este mes. Y si la CUIT tiene como última cifra 7, 8 o 9, entonces habrá que presentar la declaración jurada hasta el 21 y pagar hasta el 24 de junio.
En el caso del impuesto sobre la renta financiera, podrá presentarse la declaración jurada hasta el 19 de julio en todos los casos. Según los plazos que estaban previstos, ese trámite debía hacerse entre los días 19 y 24 de junio, dependiendo de la terminación de la CUIT.
El pago del tributo, en cambio, deberá hacerse hasta las fechas que ya se habían definido, por lo que en este caso no hay modificación alguna.
Esos plazos son: viernes 21 de junio (para las CUIT terminadas en 0, 1, 2 y 3), lunes 24 de junio (para las CUIT finalizadas en 4, 5 y 6) y martes 25 de junio (CUIT cuya última cifra sea 7, 8 o 9).
La prórroga había sido pedida por los contadores, que advertían sobre la existencia de problemas en los aplicativos de la página de internet de la AFIP y también dificultades y demoras para obtener los datos de rendimientos de inversiones financieras, que deben ser aportados por bancos, agentes de liquidación y compensación registrados en la Comisión Nacional de Valores y sociedades depositarias de fondos comunes de inversión.
De hecho, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas lo había reclamado en duros términos en una solicitada publicada en diarios ayer y anteayer.