Procrear II: abrió la inscripción para los créditos de vivienda, ¿cómo anotarse?
Comenzó una nueva convocatoria para el sorteo público que definirá los adjudicados en este programa del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat; uno por uno, los requisitos para participar
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Ya está abierta la inscripción para ser adjudicado en uno de los 526 créditos de vivienda del programa Procrear II del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat. Al momento de la evaluación para ser elegibles, las solicitudes deberán ajustarse a una serie de requisitos establecidos.
La fecha límite para presentar la solicitud es el 15 de noviembre, y las zonas del país donde serán elegibles los candidatos son los desarrollos urbanísticos del programa en Buenos Aires, Córdoba, Corrientes, Chaco, Entre Ríos, Mendoza, Misiones, Neuquén, Salta, Santa Cruz y Santa Fe.
La línea de crédito disponible es la de Desarrollo Urbanístico, que -según el ministerio- “brinda acceso a crédito hipotecario para la compra de viviendas nuevas”, con un plazo de devolución máximo de 30 años. Las personas que cumplan las condiciones irán a un sorteo público para definir quiénes accederán a los créditos. El resultado del sorteo puede seguirse a través del buscador oficial.
Hoy a las 10:00 se abrirán las inscripciones para 526 viviendas #ProcrearII en Desarrollos Urbanísticos de las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Corrientes, Chaco, Entre Ríos, Mendoza, Misiones, Neuquén, Salta, Santa Cruz y Santa Fe.#PrimeroLaGente 👷🏼🏠🇦🇷 pic.twitter.com/mNoekqzViP
— Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat (@MinHabitatAR) November 1, 2022
Las cuotas del programa se actualizan con el coeficiente Casa Propia, que tiene en cuenta el menor indicador entre el promedio de la variación salarial del último año y el promedio de la inflación del mismo período. Además, como recuerdan desde este ministerio, “al reconocer que el aumento de los salarios puede ser variable según la rama de actividad, se incorpora el Coeficiente de Variación Salarial con un aforo del 0,9″.
Para aplicar al programa solo es necesario ingresar al portal oficial del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, al apartado del Procrear II y, una vez allí, completar el formulario de inscripción. Además, desde el organismo oficial recordaron estar atentos a los requisitos que deben cumplir los aplicantes, los cuales pueden definir el destino de una solicitud.
Cuáles son los requisitos de inscripción del Procrear II
- No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
- No tener, tanto el o la titular, como el o la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción. Con excepción de los casos detallados en las Bases y Condiciones.
- Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
- Ser argentino o argentina, así como extranjero o extranjera con residencia permanente en el país.
- Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.
- Acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero.
- Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
- Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el o la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 1 Salarios Mínimo Vital y Móvil (SMVyM) y 10 SMVyM. Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. De acuerdo a la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.
- Demostrar, como mínimo, doce meses de continuidad laboral registrada.
- No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos nueve meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el Banco Central de la República Argentina o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
- Los y las participantes, al momento de completar el formulario de inscripción, podrán incluir solo un o una cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado o casada, el o la cónyuge será considerado cotitular automáticamente.
- El o la titular y el o la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados.
1. Matrimonio.
2. Unión convivencial.
3. Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el o la titular y cotitular.
- Todas las notificaciones serán realizadas a la dirección de correo electrónico declarada por el o la participante en el formulario de inscripción.
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