Presupuesto: los números que volvieron “invotable” al proyecto de ley
El dato de inflación y varios de los 56 artículos agregados a último momento generaron un debate que no se pudo destrabar
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La ley de leyes, como se conoce al Presupuesto, terminó por ser uno de las grandes disputas políticas de fin de año. “Era invotable”, lo calificó el diputado Mario Negri. Ahora bien, más allá de las posturas de unos y otros, detrás de centenares de artículos se escondían enormes inconsistencias que generaron un debate que no se pudo destrabar.
En principio, la inflación. Aquel 33% de aumento de precios proyectado era poco menos que un acto de fe. Cualquier argentino al que le ofrecen un contrato de alquiler con esa proyección como actualización firma de inmediato. Todos los argentinos informados saben que ese número será superado en 2022. En realidad, todos menos uno. Esa persona, paradójicamente, es el único en todo el país que cobra por ser ministro de Economía.
Aquellos artículos presentados ya hace meses se tornaron abstractos, pero fueron los 56 artículos que se agregaron en la Comisión de Presupuestos y que llevaron el articulado de 95 originales a los 151 con los que llegó al recinto.
Ese corpus agregado tiene un tufillo a necesidad de normas. Lo ilustraba el economista Nicolás Gadano: “Quedó en evidencia que necesitaban leyes para varias cosas, por lo tanto es de esperar que saquen decretos de necesidad y urgencia para varias cosas. En su caso, hay que ver cómo hacen con estas iniciativas”.
En rigor, lo que se buscó es el amparo de la ley de leyes para introducir intentos legislativos que si fueran autónomos no tendrían camino fácil. Hay varios casos. Uno, por ejemplo, es el que trata sobre la jurisdicción de Edenor y Edesur. En 2019, épocas de ferviente federalismo tanto en el kirchnerismo del Congreso como entre los gobernadores, se colocó en el Presupuesto un artículo a pedido de las gran mayoría de los mandatarios provinciales. Se negoció, entonces, que las dos empresa distribuidoras de electricidad que tienen jurisdicción nacional pasen a los distritos de CABA y Buenos Aires como para igualar las condiciones entre todos los distritos.
Pero la fiebre federalista pasó como rayo. Y, con las provincias mudas, en el agregado artículo 120 se derogaba aquella decisión de 2019. En el 121, se aprueba el Acuerdo sobre el Ejercicio Conjunto de la Regulación y Control del Servicio Público Distribución de Energía Eléctrica entre el Estado nacional, la provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires celebrado el 19 de enero de 2021. Poco se sabe de esa norma.
Otro caso es el del artículo 84, que llevó el Fondo de Compensación del Transporte Público de $26.000 millones que estaban en el proyecto de presupuesto original a $47.000 millones, para “continuar brindando un marco transicional que tienda a compensar posibles desequilibrios financieros a aquellas jurisdicciones asistidas en tal sentido por parte del estado nacional”.
En el artículo 88 hay una buena noticia para La Rioja: “Establécese para el ejercicio 2022 una asignación de $18.000 a favor de la provincia de La Rioja, y de $2000 millones para los municipios de la provincia. Además, de ese último monto, la mitad deberían haber sido para la ciudad de La Rioja. Todo se pagará en 12 cuotas.
Otra de las reformas está en la exenciones para no pagar algunos impuestos a la hora de importar gasoil. En el proyecto original se establecían hasta 1,8 millones de metros cúbicos que no pagarían impuestos; en la comisión de Diputados lo llevaron a 4,1 millones, además de agregar 650.000 metros cúbicos de nafta sin impuestos a la importación. No parece ser un invierno fácil el que vislumbran en la Secretaría de Energía.
También se intentó cambiar la manera de calcular el impuesto a los combustibles y dióxido de carbono que actualmente se recauda a partir de una suma fija que se actualiza trimestralmente. La idea era pasarlo a “ad valorem”, es decir, un porcentaje del precio que se ajusta automáticamente. Algo así como el IVA. Ese esquema ya estaba en la ley de promoción de inversiones hidrocarburíferas, pero no parece tener un camino fácil si el intento de cambio se hizo en otra norma. La motivación de esta medida se explica en que no es necesario una norma que aumente el impuesto como sucede actualmente. En el último año estuvo quieto; la actualización automática evita costos políticos.
Listado de gastos
En los artículos 91 y el 118 se enumeran gastos por encima de lo presupuestado, cuando el proyecto caminó al Congreso. En el primero, por caso, se le entregan $80.000 millones adicionales a Cammesa, la empresa que subsidia la energía eléctrica en el país. Pero dentro de ese listado de almacenero se suman partidas varias que elevan el gasto en 127.000 millones de pesos. El segundo aporta otros 107.000 millones, todos disponibles para que le Jefe de Gabinete los asigne.
En el 96 intentaron que la tasa de estadística, que es de 3% y cuya vigencia termina a fin de mes, se prorrogue hasta 2024 inclusive. La distribución de ese cargo también sorprende. “El 10% de lo recaudado se asignará al Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE), el 90% se asignará en un 31,30% al INTA, un 38,47% al Ministerio de Relaciones Exteriores y el 30,23% al Tesoro nacional”. Algo así como peras con manzanas tributarias.
Si se sigue la lectura, en el 97 apareció un perdón impositivo, un jubileo tributario amplio. “Créase el Régimen de Regularización Tributaria para las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios, incluidos los organismos públicos nacionales, provinciales y municipales, que permita a dichos contribuyentes acceder a la condonación de las deudas tributarias vencidas hasta el 30 de noviembre de 2021, cualquiera sea el estado en que se encuentren”, dice la norma agregada de apuro.
Apunten contra CABA
También se avanzó en una delegación polémica. Después de dejar Edenor y Edesur en la órbita de la Nación, con el artículo 143 el Gobierno intentó delegar en en la Casa Rosada la segmentación tarifaria con “facultades para implementar programas tarifarios utilizando criterios de segmentación en función de la capacidad económica de los usuarios y usuarias, con el fin de garantizar la equidad distributiva y la sustentabilidad productiva”.
Entre las perlas de aquella tarde de sumas aparece un inciso de ese artículo. En la ley de leyes quedaría sentado un axioma kirchnerista: “Apunten contra CABA”. En esa parte del artículo se lee: “La Secretaría de Energía deberá (...) evaluar y segmentar de manera individual y diferencial la situación socioeconómica particular de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un lado, y, por otro lado, la de los cuarenta (40) municipios de la provincia de Buenos Aires que integran el conurbano bonaerense”.
Sobre el final, los medios. En el artículo 106 se crea un nuevo sistema de financiamiento. Créase el “Fondo Fiduciario Público denominado Fondo de Fomento para Medios de Comunicación Audiovisual “Pluralidad de voces”, el que se conformará como un fideicomiso de administración destinado a gestionar los aportes de inversión correspondientes a los programas vinculados a dicha temática. La autoridad de aplicación dictará el reglamento de administración y control del fondo”, se lee en el artículo. La norma establecía que el régimen tendría una duración de 30 años, contados desde la suscripción del contrato de fideicomiso.
Fueron 56 artículos en unas pocas horas. Nuevos, sin información y después de que el proyecto durmió meses en el Congreso. Sólo con debate, estudio y acuerdo puede negociarse semejante cantidad de medidas legislativas escondidas en la Ley de Presupuesto. No hubo diálogo. No hubo ley.
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