Prepagas: cómo es el trámite para tener un menor aumento en las cuotas
El Gobierno habilitó un formulario que permite a algunos usuarios acceder a un pago diferencial a través de una declaración jurada; qué otros cambios rigen para las empresas de medicina privada
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El aumento de 8,21 por ciento previsto por las empresas de medicina prepaga para las cuotas a partir de este mes se complementa con un formulario que permite a algunos usuario acceder a una suba escalonada del servicio.
Se trata de una Declaración Jurada ante la Superintendencia de Servicio de Salud que puede realizarse hasta el 20 de enero. En los hechos, reduce el porcentaje de suba de la nueva cuota de las prepagas al 4,91 por ciento. Como estableció el Gobierno, dicha facilidad de pago solo está disponible para las personas que cobren menos de seis salarios mínimos, vitales y móviles, un monto cercano a 371.718 pesos, siempre tomando en cuenta los ingresos netos de noviembre 2022.
De esta forma, el Gobierno mantiene lo escrito en el Decreto 734/2022, la última normativa en establecer una fórmula para el cálculo del aumento mensual de la cuota de este servicio, en noviembre del año pasado. En las resoluciones de la legislación, se fija que el aumento de las prepagas “tendrá como tope máximo el noventa por ciento del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del mes inmediato anterior publicado”, y que “esta medida se aplicará respecto de los y las titulares contratantes que posean ingresos netos inferiores a seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles”.
El trámite para acceder a este pago menor al establecido debe realizarse a través de la web de la Superintendencia de Servicios de Salud, y es necesario una clave fiscal de nivel 3 o superior para acceder al formulario. Además, la SSS debe estar adherida a los servicios en la plataforma de AFIP. Para quienes reúnan estas validaciones, estará disponible la “Declaración Jurada para Usuarios de Prepagas”.
Dicho procedimiento deberá realizarse cada mes para mantener el aumento escalonado, ya que tanto la fórmula dispuesta por el Gobierno para los aumentos es mensual, y variables que son parte de cálculo del mismo como el Salario Mínimo Vital y Móvil pueden actualizarse durante ese período.
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Pero de todas formas hay que tener en claro que, si bien el trámite para acceder a un aumento menor de la prepaga se realizará todos los meses, es imprescindible que el primer formulario se envíe antes del 20 de enero. Pasada esa fecha, el usuario quedará sujeto a la suba por el total del 8,21 por ciento, apenas la primera en el año de un servicio que en el 2022 acumuló un aumento del 113,8 por ciento.
Todos los cambios en el aumento de las prepagas establecidos por el Gobierno
El decreto 734/2022 que reglamentó el nuevo aumento escalonado de las prepagas también determinó que las empresas de este tipo de servicios médicos “deberán ofrecer en forma obligatoria a sus usuarios y usuarias, a partir del 1° de enero de 2023, idénticos planes de cobertura al que posean en la actualidad sin copagos, con la inclusión de copagos sobre las prestaciones de primer y segundo nivel”. La normativa establece que los mismos tendrán que presentarse “a un precio de, como mínimo, un veinticinco por ciento menor al plan sin copagos”.
Por otra parte, la normativa firmada por el Presidente, su Jefe de Gabinete y otros funcionarios fijó que la responsabilidad por el cumplimiento de ambas decisiones será del Ministerio de Salud, al que el Gobierno reserva la potestad de “dictar las normas aclaratorias y complementarias que resulten necesarias”.
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