Piden que la Corte Suprema intervenga en la causa de la doble pensión de privilegio de Cristina Kirchner
La diputada Graciela Ocaña pidió que se habilite un recurso extraordinario para que el expediente sobre el tema siga en la Justicia; busca que se declare nulo el desistimiento de la apelación hecho por la Anses
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La diputada nacional Graciela Ocaña (Juntos por el Cambio–Buenos Aires) hizo una presentación ante la Justicia pidiendo que se conceda un recurso extraordinario para que la Corte Suprema tome intervención en la causa referida a la doble pensión de privilegio que cobra Cristina Kirchner. Es un nuevo intento por lograr que el tema no quede cerrado y archivado en el ámbito judicial. A principios de noviembre, la sala 3 de la Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el pedido de la legisladora de ser aceptada como tercera interesada en la causa, y unos días después dio por desistida la apelación que antes había presentado la Anses al fallo de primera instancia, favorable a la vicepresidenta. Lo que busca Ocaña es que se declare la nulidad de ese desistimiento, para que el expediente siga su curso.
“Se trata de una asignación especial de un régimen especial; por lo tanto, se requiere una interpretación estricta del Máximo Tribunal del país”, señala el nuevo escrito presentado por Ocaña, que recuerda que, en caso de quedar confirmada la renuncia de la Anses a la apelación, quedaría firme la sentencia emitida por el juez Ezequiel Pérez Nami, que declara la nulidad de una resolución del Ministerio de Desarrollo Social del año 2016, por la cual se le dejó de pagar a Cristina Kirchner una de las dos asignaciones vitalicias que estaba cobrando desde el final de su mandato como presidenta.
En ese momento se le otorgó la asignación especial como expresidenta cuando ya percibía una prestación, también del mismo régimen considerado de privilegio, por ser la viuda del expresidente Néstor Kirchner. La decisión del gobierno macrista se basó en que el artículo 5° de la ley 24.018 establece que la percepción de la asignación para expresidentes es “incompatible con el goce de toda jubilación, pensión, retiro o prestación graciable nacional, provincial o municipal”.
En 2017, la expresidenta inició un juicio para que se le restituyera la asignación suspendida. El fallo a favor de su pedido llegó a fines de diciembre de 2020, pero quedó suspendido luego de que la propia Anses presentó una apelación (sin expresión de argumentos), en febrero de este año. El organismo concretó esa presentación, en rigor, poco después de que ingresara a la Justicia una apelación hecha por un grupo de legisladores de la oposición, que actuaron tras evaluar la posibilidad de que la Anses no apelara y dejara que el fallo quedara firme.
Aun con la sentencia suspendida y siendo la parte demandada en la causa, la Anses (que apela sistemáticamente los fallos a favor de los jubilados) decidió comenzar a pagar, desde abril de este año, los dos beneficios de privilegio a la vez. Con su objetivo logrado, aunque fuera de la instancia judicial, la vicepresidenta pidió que la causa fuera declarada abstracta y que se archivara, una solicitud a la que se plegó pocos días después el propio organismo previsional. El 18 de este mes, los jueces dieron formalmente por desistida la apelación.
Según Ocaña, su pedido de que se declare nulo ese desistimiento se basa “en que se encuentra fundado en una serie de decisiones tomadas -de manera ilegal- por funcionarios públicos de íntima confianza y dependencia de la parte actora, todas ellas favorables a su líder política la vicepresidenta, y perjudiciales para el erario público, provocando erogaciones de $2,8 millones mensuales, más $120 millones de retroactivo”,
La pretensión de los legisladores de ser aceptados como terceros interesados (ya que lo que está en juego involucra el uso de recursos de carácter público), tuvo aceptación en un primer momento por parte del juez de primera instancia, pero luego fue rechazada tanto por él como por los jueces camaristas Néstor Fasciolo y Sebatián Russo. Según consigna Ocaña en su escrito, la presentación como terceros se realizó “en virtud de que la Anses no estaba defendiendo los intereses del Estado, sino que actuaba en beneficio de la actual vicepresidenta”.
Ocaña recuerda que, para rechazar la intervención de los diputados, los jueces hicieron suyos los argumentos del Fiscal General, Juan Carlos Paulucci, que había considerado que no se había dado, en la causa, “una deficiencia en la actividad procesal de la demandada pues, como los mismos presentantes reconocen, el organismo previsional recurrió la sentencia”. Y en otro párrafo había descripto que “las manifestaciones vertidas en cuanto a que la intervención (de los terceros) debe ser admitida, ante la posibilidad de que la Anses no exprese agravios, tiene base en un cuestionamiento meramente hipotético o conjetural, como así también prematuro. Sobre el punto debo decir que Anses no desistió de su apelación...”.
Poco después de que se emitiera ese dictamen, expone la legisladora de la oposición en su escrito, la Anses desistió de su apelación, provocando que la causa quedara sin contraparte. Y ese acto, argumenta, se hizo sobre la base de una serie de decisiones irregulares, como, por ejemplo, la resolución de la Anses que habilita el pago de los dos beneficios de privilegio a la vez, algo para lo cual el organismo no tiene facultades, ya que su rol consiste en administrar fondos cuyos destinos están determinados por normativas de rango mayor (tanto la asignación como la suspensión del pago habían sido hechos por normativas de instancias superiores). Por esta y otras razones, Ocaña presentó una denuncia penal contra la directora ejecutiva de la Anses, la camporista Fernanda Raverta.
Pese a ese desistimiento, cuando Ocaña volvió a presentarse con el objetivo de ser aceptada como tercera, alegando su rol de legisladora -con representación de los ciudadanos-, el pedido fue nuevamente rechazado casi de inmediato. “La violación al derecho de defensa en juicio no solo me afecta a mí, en el carácter invocado, sino también al Estado argentino, cuyos funcionarios en vez de defender el patrimonio estatal, actúan favoreciendo a la parte actora, y dejando en total indefensión a la Nación”, argumenta ahora la diputada, al insistir y buscar llevar el tema a la Corte Suprema, algo sobre lo cual deberá decidir la Cámara Federal de la Seguridad Social.
La decisión de la Anses de responder al pedido de Cristina Kirchner y pagar las dos prestaciones, además de aceptar su reclamo de un monto retroactivo que, según se estima, superaría los $120 millones, está basada -según se explica en uno de los escritos presentados en la causa judicial- en un dictamen de la Procuración del Tesoro, a cargo del kirchnerista Carlos Zannini. Allí se señala que, si bien el artículo 5 de la ley específica determinadas incompatibilidades, no menciona expresamente que no se puedan cobrar dos prestaciones de privilegio a la vez.
“En pocas palabras, Zannini considera que es incompatible percibir una asignación vitalicia y un beneficio previsional contributivo. En cambio, sí se pueden percibir dos asignaciones vitalicias de privilegio. Un disparate que atenta no solo contra la literalidad de la norma, sino también contra su espíritu”, cuestiona Ocaña, más allá de que lo dicho por la Procuración choca también con el hecho de que la misma ley en cuestión denomina “pensión” a la prestación que se deriva del fallecimiento de un titular de la asignación vitalicia de expresidente. Y “la ley dice que la asignación es incompatible con toda pensión”, concluye la diputada.
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