Piden a la Anses que deje de pagar una de las millonarias pensiones de privilegio a Cristina Kirchner: cómo está la causa judicial
La dirigente Graciela Ocaña le pedirá a las nuevas autoridades que reviertan una decisión de la gestión anterior y que intervengan en la causa judicial sobre el tema
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Con el argumento de que es necesario cortar con lo que denomina “privilegios” y no “derechos adquiridos”, la legisladora de la ciudad de Buenos Aires y exdiputada nacional por Juntos por el Cambio Graciela Ocaña presentará hoy una nota a las nuevas autoridades de la Anses, pidiendo que el organismo revierta la decisión de la gestión anterior por la cual Cristina Kirchner cobra cada mes dos millonarias asignaciones vitalicias y, además, solicitando que se tome intervención en la causa judicial, cuyo expediente está en la Corte Suprema, a través de la cual busca evitar que quede firme una sentencia que avala la percepción de ese doble beneficio.
“Estoy convencida de que con la asunción del Presidente de la Nación, Javier Milei, se producirá un cambio positivo en la gestión y el cuidado de los intereses del Estado Nacional”, indica el escrito dirigido a Osvaldo Giordano, director ejecutivo de la Anses, en el que se hace énfasis en la “inacción” para defender esos intereses por parte de Fernanda Raverta, la exdirectora ejecutiva de la Anses que en marzo de 2021 decidió, con un litigio en trámite y basándose en un dictamen del entonces procurador del Tesoro Carlos Zannini, restituir una de las dos pensiones de privilegio, cuyo pago había sido suspendido durante el gobierno de Mauricio Macri.
Según Ocaña, la situación actual “debe ser revertida, y la Anses debe encontrar los mecanismos para ponerle remedio”. Por eso, su pedido es que se instruya al servicio jurídico del organismo a hacer “un exhaustivo análisis de los antecedentes administrativos que desembocaron en esta aberración [por el pago del doble beneficio] y analice los mecanismos que le permitan a la Anses tomar intervención a derecho en los expedientes judiciales que se encuentran en trámite”.
La presentación incluye una reseña de lo ocurrido, respecto del tema, en el ámbito judicial y en el administrativo, y acusa al kirchnerismo de haber considerado a la administración pública nacional “como una extensión de su propia organización política”, y de haber hecho, desde la conducción del organismo previsional, una “maniobra de la casta beneficiando a la casta”. Se califica, además, a la decisión de Raverta de restituir el beneficio antes quitado, como “una clara violación de al código de ética en la función pública, ya que incurrió en un claro conflicto de intereses [por su cercanía con Cristina Kirchner] dando como resultado un acto administrativo manifiestamente nulo”.
Cómo está la causa judicial
Desde hace casi dos años, la Corte Suprema de Justicia tiene en sus manos la llave para dejar abierta o cerrar la causa sobre la doble asignación. En febrero de 2022, Ocaña presentó un recurso ante esa instancia, en el marco de la demanda que la expresidenta inició en 2017, en reclamo de la declaración de nulidad de una resolución, emitida por el gobierno de Cambiemos, que anuló el pago de uno de dos beneficios de privilegio que entonces percibía.
El argumento del macrismo para disponer aquella medida fue que la ley 24.018 establece, en su artículo 5, la incompatibilidad de cobrar los dos beneficios, ambos hoy millonarios.
La expresidente percibe ambas asignaciones, tal como pretendía al iniciar el litigio contra el Estado, desde abril de 2021. Con su presentación ante la Corte, Ocaña busca, en primer lugar, que se la reconozca como tercera habilitada para actuar en el juicio y, a partir de allí, que se considere su pedido de declarar nulo el acto por el cual la Anses desistió de su apelación contra el fallo de primera instancia que, en diciembre de 2020, favoreció a Cristina Kirchner. “Es la única posibilidad de que se pueda revertir la situación” del cobro de los dos beneficios de privilegio, explicó entonces la legisladora.
A fines de 2015, cuando se le otorgó la asignación como expresidente -mediante una resolución firmada por quien era ministra de Desarrollo Social, Alicia Kirchner-, la entonces saliente primera mandataria cobraba ya la pensión que se había derivado de la prestación vitalicia que, como expresidente, percibía Néstor Kirchner.
La resolución 1768, emitida en 2016 por la cartera de Desarrollo Social, entonces a cargo de Carolina Stanley y que gestionaba esas asignaciones (la tarea luego pasó a la Anses), se basó en el artículo 5 de la ley 24.018, que regula esas prestaciones en particular. Allí se establece que la percepción de la mensualidad por haber ejercido la presidencia o la vicepresidencia es “incompatible con el goce de toda jubilación, pensión, retiro o prestación graciable nacional, provincial o municipal”. Stanley, tras evaluar un dictamen del entonces procurador del Tesoro, Carlos Balbín, entendió que la exmandataria debía elegir uno de los pagos y, al no haberse concretado el ejercicio de esa opción, resolvió suspender uno.
Los funcionarios de Desarrollo Social de aquel entonces hacían hincapié en que la resolución de fines de 2015 había dispuesto otorgar la asignación como expresidente en cuanto no se incurriera “en las incompatibilidades establecidas en los artículos 5 y 29 de la ley 24.018″. Dado ese “condicionante”, se interpretó que no había existido un acto administrativo irregular, sino un “defectuoso cumplimiento” de la norma, dada la falta de opción por uno de los beneficios.
El argumento de los abogados de Cristina fue que el cobro derivado de la asignación vitalicia de Néstor Kirchner no está explícitamente mencionado por el artículo de la ley que enumera las prestaciones con las que hay incompatibilidad. Según esa interpretación, si la persona tiene una pensión del régimen general, de $200.000, por ejemplo, ese cobro no podría convivir con la jubilación de privilegio, pero si percibe una prestación de este último tipo, no habría conflicto con sumar otra del mismo carácter, sin importar el monto.
La normativa no aclara que la incompatibilidad sea solo respecto de cobrar prestaciones del régimen previsional general, sino que la mención se hace en sentido amplio. La ley en cuestión, además, define como una “pensión” a la mensualidad obtenida por la viuda o el viudo de un titular de la asignación especial de expresidentes, que es considerada de privilegio porque, para obtenerla, no se requiere el cumplimiento de requisitos de edad y aportes que sí tienen otros regímenes.
La decisión de la Anses tomada en 2021 de pagar ambas prestaciones derivó en una denuncia de Ocaña contra Raverta ante la Justicia en lo Penal y Correccional Federal. El motivo de la restitución de la asignación, según lo explicado por la defensa de las autoridades del organismo en un escrito elevado en 2021 a la Justicia, fue que la Procuración del Tesoro, a cargo del kirchnerista Zannini, expresó su opinión favorable al pedido de la demandante, y consideró que no hacía falta esperar la resolución del litigio para que se abonaran ambos beneficios.
Sin apelación a favor del Estado
La sentencia favorable a Cristina, firmada por el juez Ezequiel Pérez Nami, había quedado sin efecto en febrero de 2021, luego de que la Anses apelara. La apelación fue hecha, sin exposición de argumentos, el mismo día y solo un rato después de que varios legisladores de la oposición hicieran su propia presentación una apelación, “en derecho propio y en representación de todos los jubilados y el resto del pueblo”, pidiendo ser tenidos en cuenta en la causa judicial. Los referentes opositores concretaron ese trámite, según dijeron, porque entendieron que había un alto riesgo de que el organismo de la seguridad social no asumiera su rol en defensa de los intereses del Estado y no cuestionara la decisión judicial.
Según la presentación de Ocaña hoy ante la Anses, la apelación del grupo de legisladores fue a las 7.36 del 4 de febrero de 2021, en tanto que la del organismo fue ese mismo día a las 8.04.
Meses después, la Anses desistió de la apelación, en una decisión que va a contramano de las que toma habitualmente con las sentencias favorables a los jubilados que reclaman, por ejemplo, por la deficiente actualización de sus ingresos o el mal cálculo del haber inicial.
En noviembre de 2021, los jueces de la sala 3 de la Cámara Federal de la Seguridad Social resolvieron formalmente tener por desistida la apelación de la Anses, a pedido de Cristina Kirchner y del organismo. El fallo, así, quedó firme a causa de un trámite hecho por la parte demandada, el Estado -representando por el organismo previsional-, que resultó desfavorecida con la decisión del juez. De todas maneras, Cristina Kirchner ya cobraba lo que pretendía.
Si se lograra la declaración de nulidad del desistimiento, la sentencia de Pérez Nami volvería a quedar en suspenso. Y la causa debería seguir su camino en la Justicia.
En noviembre de 2022, un grupo de abogados presentó ante la Corte un escrito, argumentando el rechazo al pago de ambas prestaciones. Recurriendo a la figura del amicus curiae, pidieron ser incluidos en la causa judicial. Esa presentación fue hecha por Daniel Sabsay, profesor de Derecho Constitucional en la UBA; Ricardo Guibourg, exjuez de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo; Luis René Herrero, exjuez de la sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social, y Eugenio Semino, defensor de la Tercera Edad en la Ciudad de Buenos Aires.
Respecto del monto de las prestaciones, no hay datos oficiales, porque no se dieron a conocer, pese a varios pedidos hechos mediante el procedimiento de acceso a la información pública, y también por requerimientos de legisladores a los jefes de Gabinete del gobierno anterior. Ocaña estima que las dos prestaciones suman hoy unos $14 millones.
Además de la doble prestación, la vicepresidenta reclamó que se le paguen los montos acumulados y no percibidos en el período en que una de las prestaciones estuvo suspendida. Y pidió sumar intereses. Ese pago no fue realizado por la vigencia de la emergencia sanitaria que, según advierte Ocaña, finalizará el 31 de este mes.
Antes de llevar el tema a la Corte, la legisladora había presentado un recurso extraordinario para mantener abierta la causa, que le fue negado por jueces camaristas del fuero de la Seguridad Social. En el escrito que la diputada hizo llegar el año pasado a la instancia más alta de la Justicia se afirma que el doble pago provoca un daño “claro, actual, efectivo y no meramente conjetural” a los recursos públicos.
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