Los cambios introducidos en el presupuesto 2023 que afectan al bolsillo
Se creó una nueva tasa que deberán pagar aquellos que compren pasajes de vuelos domésticos e internacionales y se aumentaron los impuestos a la importación y fabricación de celulares y televisores
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La Cámara de Diputados le dio media sanción al proyecto de presupuesto 2023, que llega con varias novedades económicas de impacto en el bolsillo. Por un lado, se creó una nueva tasa que deberán pagan aquellos que compren pasajes de vuelos domésticos e internacionales, y se aumentaron los impuestos a la importación y fabricación de celulares y televisores. Por otro, se aumentó la deducción que se podrá hacer del impuesto a las Ganancias por gastos en educación, como cuotas de colegios privados y útiles escolares.
El proyecto aprobado hoy también trajo varias perlas políticas: si bien el Gobierno no logró avanzar en ampliar el alcance de Ganancias para todo el Poder Judicial, le dio un guiño al sindicato de Camioneros al aumentar las deducciones de Ganancias por “gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas”.
A continuación, los nueve puntos más destacados del presupuesto 2023, que explica el tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios.
Se crea la Tasa de Seguridad de Aviación
Por apenas un voto a favor, la Cámara de Diputados dio media sanción a la creación de una tasa de Seguridad de la Aviación, por el servicio que presta la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA), que deberá ser abonada por los pasajeros que embarquen en vuelos internacionales y de cabotaje.
La ley delega en el Ministerio de Seguridad la facultad de fijar la tasa siempre que no supere el 0,25% del sueldo básico del grado jerárquico de oficial principal del Escalafón General del Personal Policial de la PSA.
Al momento, la tasa tope fijada sería de $250 por pasajero, pero se actualizará a medida que aumenta el salario del personal de la PSA.
Deducción por gastos de educación en Ganancias
Diputados aprobó también la deducción por gastos de educación en el impuesto a las Ganancias, con vigencia a partir de este año 2022, inclusive.
“Una vez que el Senado de la otra media sanción, los contribuyentes podrán deducir determinados gastos vinculados a la educación de sus hijos, hijas, hijastros o hijastras menores de dieciocho 18 años o incapacitados para el trabajo, y por los mayores de 18 años y hasta los 24 años inclusive (en este último caso en la medida que cursen estudios regulares o profesionales de un arte u oficio que les impida proveerse de medios necesarios para sostenerse), siempre que revistan la condición de carga de familia para los mismos”, explica el tributarista Sebastián Domínguez
“Para revestir el carácter de cargas de familia, deberán estar a cargo del contribuyente y no tener ingresos superiores a la ganancia mínima no imponible del año que corresponda. Por ejemplo, en 2022 ese importe es de $252.564,84. Los conceptos de gastos a deducir, sujetos a las formas y condiciones que establezca la reglamentación, son servicios educativos y la compra de herramientas destinadas a la educación”, agrega.
A su vez, aclara que el proyecto de ley establece que el monto máximo a deducir tiene un límite que es el 40% del monto de la ganancia mínima no imponible que corresponda al período fiscal.
El importe máximo a deducir en 2022 será de $101.025,94 (252.564,84/12), es decir, un promedio mensual de $8418,83 (101.025,94/12), calcula Domínguez. “Esto implica que el ahorro máximo que tendría un contribuyente sería de $2946,59 mensuales o $35359,08 anuales, si es que está tributando en la escala del 35% del impuesto a las Ganancias. A menor escala, menor ahorro”, indicó.
Aumento de Impuestos Internos
Diputados aprobó el incremento de impuestos internos para determinados productos electrónicos, que sube de 6,55% a 9,5% para la fabricación en Tierra del Fuego. A la vez, el arancel para los productos importados –la competencia de los productos fueguinos– aumentará de 17% a 19%.
Este aumento de la presión tributaria alcanza a celulares, televisores, monitores, proyectores y aires acondicionados, entre otros, lo que podría ser trasladado a precios, encareciendo más estos productos.
Gravabilidad de las remuneraciones de los jueces
La oposición logró el voto negativo a la propuesta de aumentar el alcance del impuesto a las Ganancias en el Poder Judicial. El Ministerio de Economía esperaba recaudar $237.850 millones en 2023 (0,16% del PBI) con esta medida.
Beneficios para Camioneros
El oficialismo logró aprobar el beneficio para “camioneros” que incrementa las deducciones por “gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas”.
“Hasta ahora la deducción generaba un beneficio de evitar el pago del impuesto a las ganancias por aproximadamente $90.000. Cuando el Senado dé la otra media sanción, el beneficio de bolsillo de los camioneros será de aproximadamente $350.000″, explicó Domínguez.
Incremento de los aportes de monotributistas en obras sociales
Diputados aprobó también el incremento de los aportes de las categorías D a K, manteniéndose los valores para las categorías A a la C. “Este incremento tendría como objetivo evitar que las obras sociales que están en el listado de las que aceptan monotributistas, rechacen a los mismos, aun cuando no puedan hacerlo legalmente”, indicó el tributarista.
Diferimiento del ajuste por inflación
La Cámara Baja aprobó que se pueda diferir el ajuste por inflación impositivo positivo en tercios, siempre que se hayan realizado inversiones en bienes de uso de más de $30.000 millones.
“El ajuste por inflación impositivo positivo es aquel que arroja ganancia por el efecto de la inflación. Esto se produce, por ejemplo, en empresas altamente endeudadas. Este diferimiento es una distorsión en la determinación del impuesto a las Ganancias, ya que no se tributa por el efecto pleno de la inflación. Dado que sólo se aplica sobre el ajuste por inflación positivo y no sobre el negativo, implica un beneficio para las empresas que cumplan con el requisito indicado”, indicó Domínguez.
Flexibilización del blanqueo de la Construcción
Diputados aprobó una flexibilización para el blanqueo de la Construcción, donde se amplía las posibilidades de destino de los fondos regularizados. Ahora, por ejemplo, se podrá comprar un inmueble usado para ser destinado a casa-habitación del declarante de los fondos y su familia, o por un plazo no inferior a 10 años, a la locación con destino exclusivo a casa-habitación del locatario y su familia.
“Se establece que el valor de adquisición del inmueble no deba superar dos veces al mínimo no imponible de bienes personales para inmuebles con destino casa-habitación al 31 de diciembre del período fiscal inmediato anterior al de la adquisición. De esta forma, encuadrarán gran cantidad de inmuebles en la posibilidad de ser adquiridos”, dice Domínguez.
“Una cuestión que llama la atención del proyecto es que si la compra del inmueble usado es para alquilar con destino a casa-habitación, se exigen mantenerlo por lo menos por 10 años con ese destino. En cambio, no hay un plazo temporal para quien lo destine a ir a vivir con su familia. Esto podría generar que alguien blanque, compre el inmueble y vaya a vivir por seis meses dado ese destino y luego lo venda. Sería una situación muy asimétrica con quien lo destina a alquiler”, agrega.
Nuevo Blanqueo vinculado a la Inversión y Producción
En línea con los pedidos de empresarios, se contempla un nuevo blanqueo de fondos para ser afectados al giro de divisas por el pago de importaciones para consumo, incluidos servicios, destinados a procesos productivos, no siendo aplicable en estos casos el Sistema de Capacidad Económica Financiera, que opera la AFIP.
“Las alícuotas serían del 5%, 10% y 20%, según la fechas del blanqueo. Esto es positivo para el sector porque podría generar divisas para poder continuar produciendo ante la escasez de las mismas. No obstante, otros actores de la economía podrán comenzar a pedir que se instrumenten blanqueos para solucionar sus problemas particulares de sus actividades. En consecuencia, si la idea es permitir estos blanqueos, se debería establecer una general y no específicamente para dos actividades”, indicó el tributarista.
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