Nuevo trámite oficial. Qué hay que hacer para salir o entrar del país mientras dure la pandemia
Si bien es un trámite que viene realizándose desde hace meses, la Dirección Nacional de Migraciones oficializó hoy la implementación de un nuevo requisito de ingreso y egreso al territorio argentino. De acuerdo con una disposición publicada en el Boletín Oficial, a partir del 7 de septiembre los pasajeros deberán firmar una declaración jurada electrónica.
A través de esta gestión, cada viajero asume responsabilidades particulares. En el caso de quienes ingresan al país, se comprometen a realizar los 14 días de cuarentena. En cambio, quienes salen de la Argentina deben asumir la complejidad de su regreso y desligar al Estado de la responsabilidad de gestionar su repatriación.
Ya en junio LA NACION informó de la existencia del nuevo trámite para las personas que salieran del país, destinado prevenir la multiplicación de varados en el extranjero. "Declaro conocer que el Estado Argentino no podrá garantizar mi regreso al país durante el plazo de tiempo en el que se encuentran suspendidos los vuelos internacionales de pasajeros provenientes de las 'zonas afectadas'", dice uno de los puntos de la declaración jurada que, hasta antes de que entre en vigencia la versión electrónica, debe completarse en el mismo momento del trámite migratorio y firmarse manualmente delante del inspector que realiza el tránsito.
La inclusión de un nuevo paso en el papeleo habitual no había sido comunicado formalmente por la Dirección Nacional de Migraciones y recién ahora el organismo que conduce Florencia Carignano lo oficializó y lo transformó en una gestión electrónica. El trámite podrá realizarse desde la web y apunta a agilizar el flujo de datos al interior del Estado.
En el caso del formulario para ingresar al país, el pasajero debe declarar que conoce la situación sanitaria del país, las medidas de aislamiento dispuestas por las autoridades y que debe "permanecer aislado en los lugares o sectores seguros definidos por el gobierno nacional, provincial y/o municipal durante 14 días".
También que está al tanto "la alternativa de descargar y utilizar" en su celular la aplicación estatal Cuidar para estar informado, controlar los síntomas y evitar el contagio durante el plazo de 14 días.
Los trámites electrónicos entrarán formalmente en vigencia el 7 de septiembre y, según aclara el texto de la disposición 3025/2020, se mantendrán mientras dure la emergencia en materia sanitaria decretada en marzo. Los pasajeros podrán encontrar los formularios -denominados "Declaración Jurada Electrónica para el ingreso al Territorio Nacional" y "Declaración Jurada Electrónica para el egreso del Territorio Nacional"- en el sitio oficial de la Dirección Nacional de Migraciones.
La disposición aclara que, de acuerdo con la Ley de Migraciones 25.871, las empresas transportistas son "responsables solidariamente de la conducción y transporte de pasajeros y tripulantes en condiciones reglamentarias", por lo que anticipa que las aerolíneas podrían ser multadas por los pasajeros que no completen el trámite.
"Esto significaría una castigo económico muy serio y, por otra parte, no tenemos el poder de policía para impedir al pasajero que desembarque en caso no lo complete", se quejaban esta mañana en la industria.
Por otro lado, en el propio texto de las declaraciones juradas los pasajeros deben reconocer que la infracción a las medidas previstas dará lugar a sanciones: de seis meses a dos años por violar las decisiones oficiales tendientes a impedir la propagación de una epidemia y de quince días a un año por resistir o desobedecer a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones.
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