Nuevo Indec: los detalles sobre la propuesta de reforma de uno de los temas más sensibles para el kirchnerismo
La iniciativa, elaborada por Sergio Massa, espera la firma del presidente, Alberto Fernández
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El ministro de Economía, Sergio Massa, impulsa una reforma sensible. Sobre todo porque se propone desde las mismas huestes del kirchnerismo actualmente en el poder. El líder del Frente Renovador enviará al Congreso -ya fue firmado y está en el escritorio de Alberto Fernández- un proyecto para actualizar la actual ley que regula el sistema estadístico nacional. No es una tarea sencilla luego de que Néstor y Cristina Kirchner -con Guillermo Moreno como estandarte- desmantelaran el Indec y falsificaran datos de inflación, crecimiento, pobreza y desempleo, entre otros, por casi una década.
La iniciativa, a la que accedió LA NACION en exclusiva, busca que el Indec se convierta en un ente descentralizado y autárquico con autonomía funcional en la órbita del Ministerio de Economía. De aprobarse, el director del organismo será propuesto por el Presidente, pero deberá tener el acuerdo del Senado. El director técnico, el número dos del Indec, podrá llegar a su puesto luego de un concurso público. Por otra parte, el organismo tomaría como propios los principios fundamentales de estadísticas de las Naciones Unidas (ONU) y se buscaría dar el carácter de servicio público a las estadísticas oficiales.
Además, se “reforzaría” el actual secreto estadístico vigente y se agregaría la obligación, para las distintas dependencias y organismos del Estado con información estadística, de informar al Indec esos registros. Se crearía también una comisión de seguimiento de las estadísticas en el Congreso.
Actualmente, el instituto es un organismo descentralizado, pero dependiente de la Secretaría de Política Económica (hoy a cargo del viceministro de Economía, Gabriel Rubinstein) y su director es designado por el Presidente. Hoy, el secreto estadístico está protegido, aunque se vio vulnerado en enero de 2007, cuando, desde la Secretaría de Comercio Interior, Moreno intervino el Indec de la mano de Beatriz Paglieri y sus “apóstoles” (la llamada “patota de Moreno” en el organismo).
Tras años de lucha del gremio ATE-Indec, el organismo pudo normalizarse en 2015 con la llegada de Jorge Todesca (uno de los consultores que habían sido multados por Moreno por medir la inflación real) y de Graciela Bevacqua (la primera desplazada de la dirección de Precios del IPC en el organismo estadístico, en enero de 2007) a la dirección del Indec en el inicio del mandato de Mauricio Macri. Ese trabajo continuó en el gobierno actual con la designación al frente del organismo de Marco Lavagna, actual director y otro de los apuntados en su momento por Moreno, ya que había publicado el primer IPC privado (en la consultora Ecolatina) para contrastar las cifras oficiales.
Massa y el Frente Renovador tuvieron su momento entonces. La oposición, con Patricia Bullrich y otros diputados, tomaron los datos de las consultoras y crearon el IPC Congreso en 2011. Massa se sumó luego a esa iniciativa en la vereda de enfrente del kirchnerismo. Por eso, la actual es una apuesta riesgosa para el ministro de Economía, ya que hoy por hoy mantiene una asociación directa con Cristina Kirchner, quien lo sostiene como el administrador de la crisis económica que atraviesa el país.
Según supo este medio, con todos los dictámenes y los pasos Jurídicos previos, el ministro de Economía ya envió el proyecto a la Casa Rosada para su firma. “Los productores y las productoras de estadísticas oficiales deberán elaborar, producir y difundir estadísticas oficiales conforme a los Principios Fundamentales de las Estadísticas Oficiales de la Organización de las Naciones Unidas”, dice el artículo tres de la iniciativa a la que tuvo acceso LA NACION.
Los detalles del nuevo Indec
“Créase el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec), ente descentralizado y autárquico que funcionará con autonomía funcional, autarquía financiera, personería jurídica y patrimonio propio en la órbita del Ministerio de Economía, y será continuador a todos los efectos legales del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) creado por la Ley N° 17.622. El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) posee plena capacidad jurídica para actuar en el ámbito del derecho público, de acuerdo a la Ley N° 24.156 y sus Reglamentaciones, y su patrimonio estará constituido por los bienes que se le transfieran en asignación y los que adquiera en el futuro por cualquier título a nombre del Estado Nacional”, afirma el artículo 7° de la iniciativa, que pretende darle independencia política y económica al organismo. Los recursos para el Indec estarán definidos en la ley general de presupuesto, según se explicita.
Como se mencionó, según el artículo 11, el director ejecutivo será designado por el Poder Ejecutivo, con acuerdo del Senado, en un plazo que no deberá superar los 60 días hábiles desde la fecha de inicio de las sesiones ordinarias. El cargo durará cinco años (para que exceda los períodos presidenciales). En caso de entrar en vigencia la ley, esta normativa -contaron los autores del proyecto- comenzaría a regir con el próximo gobierno. La idea es evitar que la actual administración imponga un director propio del Indec a quien gane las presidenciales de este año.
Cómo se desplazará a un director a futuro será un tema, sobre todo por la historia reciente. El artículo 17 lo define. “La remoción del director ejecutivo será decretada por el Poder Ejecutivo Nacional cuando mediare algunas de las causales”, y cita: mal desempeño en sus funciones, incapacidad sobreviniente, condena por delito doloso, violación de las normas sobre incompatibilidad o inhabilidad, decisión judicial que declare al director ejecutivo o al director técnico incapaz o con capacidad limitada para trabajar, sentencia firme por comisión de delito doloso o una pena de prisión, utilizar en beneficio propio o de terceros la información confidencial o de otra naturaleza que disponga en razón de su cargo, así como divulgar tal información en términos distintos a los autorizados por la presente ley y no excusarse de participar en aquella toma de decisiones en las que sus intereses personales se encuentren en conflicto con los del Indec.
“La Comisión Bicameral de Seguimiento del Sistema Estadístico Nacional podrá, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros, recomendar la remoción del director ejecutivo cuando incurriera en alguna de las causales previstas, mediante un procedimiento público que asegure su derecho de defensa”, se agrega en la letra del proyecto.
El artículo 23 implica además que habrá un Programa Estadístico Plurianual con una visión de las estadísticas a cinco años, mientras que el 27 obliga a los proveedores de registros administrativos a informar esos datos al Indec. Por eso, el proyecto refuerza luego el secreto estadístico en varios artículos del capítulo II de la iniciativa, según se observa. “Cada vez más, llegarán registros administrativos que hay que procesar y compilar. La idea es reforzar para qué los vas a usar. Que no puedo darme vuelta y entregárselo a otras agencias del Estado. Esto es para hacer estadísticas”, contaron.
“Los integrantes del Sistema Estadístico Nacional no revelarán datos individuales a ningún usuario y ninguna usuaria. Los datos suministrados serán publicados exclusivamente en compilaciones de conjunto, de manera tal que ninguna de las personas humanas o jurídicas puedan ser identificadas, ya sea directa o indirectamente. En ningún caso se divulgarán datos en forma nominativa o individualizada, salvo expreso consentimiento del o de la informante. En ningún caso se podrán proveer listados de hogares, de personas humanas o de existencia jurídica, de establecimientos u otras unidades que integren una muestra o panel”, plantea, por caso, el artículo 34 de la iniciativa. La violación del secreto estadístico está penada por ley y mencionado en la norma (artículo 157 del código penal, prisión de un mes a dos años).
El proyecto crea además el Sistema Único de Domicilios (SUD), una base única que contendrá de manera geolocalizada la nomenclatura oficial de provincias, gobiernos locales, vías de circulación y coordenadas geográficas, en el caso de ser necesario, de todo el territorio nacional, así como un Código Único de Identificación de Propiedades. Por último, el artículo 29 sentencia sobre los próximos censos de población: “La participación y colaboración de los y las habitantes de la República Argentina en los operativos censales será obligatoria, gratuita y con carácter de carga pública”.
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