Ni dos ni una: por qué Cristina Kirchner no debería cobrar ninguna jubilación especial
Hace años que se discute si la expresidenta Cristina Kirchner tiene derecho a cobrar a la vez la asignación por haber ejercido la máxima magistratura y la pensión por haber ejercido su esposo el mismo cargo.
En mi opinión no tiene derecho a ninguna de las dos asignaciones.
En la opinión de la actual directora de la Anses, las dos.
La opinión volcada en dictámenes jurídicos de funcionarios del gobierno anterior era que le correspondía solo una.
Eso es lo bueno de las opiniones. Todos tenemos una. Pero, ¿cómo es que una ley da para tanto y ahora esto no puede resolverse en tribunales? Son los jueces los que interpretan la ley y sus sentencias dejan de ser opiniones para ser ley. Pero resulta que la directora ejecutiva de la Anses consideró que sería mejor no preguntarle a los jueces, y pagar.
En el expediente del juicio (que inició la expresidenta cuando en el gobierno anterior decidieron suspender el pago de una de las dos prestaciones) hay argumentos vinculados con la “igualdad ante la ley”. Sí: los abogados pidieron trato igualitario. Parece raro, ¿no? La igualdad la refirieron a otros expresidentes, y estoy de acuerdo al menos con el principio: considero que la asignación vitalicia no le corresponde a ninguno de los que han cobrado doble ingreso por parte del Estado (es decir, a quienes percibieron la prestación especial recibiendo, a la vez, otro pago del sector público.
Molesta que un ingreso de cientos de millones de pesos de retroactivo esté exento del pago del impuesto a las ganancias, al mismo tiempo que desde el Congreso de la Nación modifican continuamente la ley de ese tributo sin excluir de la imposición a los jubilados. La sentencia a favor del reclamo de Cristina quedó firme por orden de la directora ejecutiva de la Anses, Fernanda Raverta, a pesar de que es competencia de la AFIP defender al Estado en cuestiones tributarias.
La situación molesta mucho más a los cientos de miles de jubilados que leen en sus expedientes judiciales que la Anses apela la sentencia que mejora su haber jubilatorio en unos pocos miles de pesos; que se apela el fallo de primera instancia, el de Cámara, y que se intenta llegar a la Corte si algún recurso es denegado. Y que, luego, cuando debería pagar, la Anses apela las liquidaciones judiciales.
El fallo condenó a pagar las costas del proceso judicial y eso tampoco fue apelado. La Anses casi nunca es condenada a pagar las costas (por una ley de la época de Carlos Menem que todos los gobiernos mantienen).
El origen de esta asignación vitalica especial (especialísima) es honrar a los presidentes y máximos jueces del país, para que cuando terminen sus funciones se retiren cómodos a su casa sin tener que pensar en su subsistencia.
Pero si puede trabajar y desea hacerlo, si no quiere disfrutar del retiro ofrecido, entonces esta asignación especial pierde sentido. Esto vale para todos los expresidentes que se pasean por el Congreso Nacional. En la medida en que esa persona trabaje, en especial en un puesto público, no existe razón alguna para pagar ese beneficio no contributivo. Uno creería que con un sueldo de senador debe alcanzarle para vivir. Y hasta bastaría, para no cobrar, con trabajar ad-honorem.
¿Alguien se imagina a Obama en la cámara de los representantes? ¿O ver a Merkel en el Bundestag? Después de decidir el destino del país, ser un integrante de una cámara supernumeraria sería para los países desarrollados simplemente impensado. Acá no.
La razón de la existencia de esta asignación especialísima es sencilla. Está para que no trabajen más, para que lleven una vida digna, un retiro.
Luego de que un abogado ocupe un cargo por cuatro años como ministro de la Corte Suprema, nadie espera que termine su mandato y vuelva a ejercer como abogado. No tiene sentido, luego de ser uno de los cinco juristas que tienen la última palabra en la interpretación de la ley, que vuelva a peticionar en tribunales, que baje de Juez Supremo que emite sentencias a tener una simple opinión.
Lo mismo vale para un político, luego de la Presidencia de la Nación solo queda el descenso a puestos menores. Y como país no queremos que nuestros presidentes desciendan, queremos regalarles el retiro de la vida pública.
Para ello, el Congreso ha comprometido una parte de nuestros impuestos para pagar una asignación mensual vitalicia. Pueden no aceptarla, pero pedir cobrar la asignación mientras se ejerce un cargo en el Congreso de la Nación, eso no. Ni siquiera luego de renunciar al salario que por esa función corresponda, un salario que tiene un monto muy inferior al de la asignación vitalicia.
La misma ley establece que el presidente y el vicepresidente adquieren derecho a la asignación especial “a partir del cese en sus funciones”. Al retomar funciones en un cargo público no pueden optar por la asignación sino que, lisa y llanamente, deben suspender su percepción. De lo contrario, se da lugar a situaciones como la de un vicepresidente que cobra más que el presidente, o la de un expresidente que vuelve a las funciones percibiendo, por un cargo de rango menor, un ingreso superior al del presidente.
Por último, me pregunto: ¿Es necesario pedir tanto?
Abogado especializado en temas previsionales