Monotributo: cómo es la nueva escala desde julio 2023
El séptimo mes del año coincide con el trámite de recategorización y con la actualización de los ingresos máximos de cada segmento; en detalle, cuáles son los montos que rigen para la segunda mitad del año y el tope de facturación de cada categoría
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Todas las categorías del monotributo subirán su tope máximo en un 41,52 por ciento, dado por la actualización semestral que dispuso el Poder Ejecutivo en relación con el índice de movilidad jubilatoria acumulado en lo que va de 2023.
De esta manera, desde julio, los montos de facturación permitida para cada categoría aumentarán por las subas acumuladas en 2023, lo que afectará a 4,78 millones de personas que actualmente se encuentran inscriptas en el monotributo en todo el país.
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De este modo, debido a que los nuevos ingresos máximos cambiarán el rango de facturación mensual, todos los monotributistas deberán realizar el trámite de recategorización.
Este reajuste semestral se implementa desde el año pasado, cuando se modificó una cláusula que solo habilitaba las modificaciones de manera anual.
Así quedan los ingresos máximos para cada categoría del monotributo
Venta de cosas muebles, locaciones y/o prestaciones de servicios:
- Categoría A: de $999.657 a $1.414.762
- Categoría B: de $1.485.976,96 a $2.103.025,45
- Categoría C: de $2.080.367 a $2.944.235
- Categoría D: de $2.583.720 a $3.656.604
- Categoría E: de $3.042.435 a $4.305.799
- Categoría F: de $3.803.043 a $5.382.248
- Categoría G: de $4.563.652 a $6.458.698
- Categoría H: de $5.650.236 a $7.996.484
Venta de cosas muebles:
- Categoría I: de $6.323.918 a $8.949.911
- Categoría J: de $7.247.514 a $10.257.028
- Categoría K: de $8.040.721 a $11.379.612
Pese a esta modificación, los monotributistas abonarán la misma cuota e importe por impuesto integrado, y aportes de obra social y jubilación.
De acuerdo a la información que figura en el sitio oficial de AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), del 1 al 20 de julio los pequeños contribuyentes “deberán evaluar los parámetros que determinan su categoría como monotributistas e informar por sistema los nuevos valores, en caso de que les corresponda cambiar de categoría o pasar al régimen general”.
Cuándo es necesario recategorizarse en el monotributo
Los monotributistas deben hacer una evaluación de parámetros para saber si deben mantener la categoría en la que se encuentran o si deben modificarla. De este modo, si los parámetros superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización.
Para esto, es necesario evaluar los siguientes parámetros en relación con los últimos 12 meses:
- Los ingresos brutos acumulados
- La energía eléctrica consumida
- Los alquileres devengados y/o la superficie afectada a la actividad
Luego, se debe cotejar estos valores con la tabla de categorías del monotributo vigente para saber cuál le corresponde al contribuyente.
Paso a paso, cómo hacer la recategorización del monotributo
El sitio oficial de la entidad que dirige Carlos Castagneto remarca el procedimiento que debe realizar un contribuyente en el caso de que le corresponda el trámite de recategorización.
Para pasar a una nueva categoría del monontibuto, se deben seguir los siguientes pasos:
- Ingresar al portal web de Monotributo
- Indicar CUIT, clave fiscal y presionar “Aceptar”
- Seleccionar la opción “Recategorizarme”
- Seleccionar la opción “Continuar recategorización”
- Informar los nuevos parámetros (ingresos, superficie afectada a la actividad, consumo de energía eléctrica, etc.).
- Indicar la opción “Imprimir credencial”.
- El sistema emitirá el F.184 (comprobante de la recategorización) y la nueva Credencial de Pago.