Monotributo de AFIP: cuáles son los beneficios de la Moratoria 2020
La AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) anunció este lunes la implementación de la Moratoria 2020. Según la Resolución General N° 4855 del agencia recaudadora, la nueva condonación incluye una serie beneficios para los contribuyentes cumplidores en la que se contemplan la exención para monotributistas (pequeños contribuyentes), una deducción especial del impuesto a las Ganancias para los autónomos y un mecanismo de amortización acelerada de inversiones para micro y pequeñas empresas, entre otras facilidades.
La ley que amplió el alcance de la moratoria incluyó un conjunto de beneficiospara aquellos contribuyentes que al 26 de agosto de 2020 no registran incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas ni en el pago de las obligaciones tributarias en los últimos tres períodos fiscales.
"La ampliación de la moratoria es una herramienta fundamental para iniciar el proceso de recuperación en la pospandemia", afirmó Mercedes Marcó del Pont, titular de la AFIP, .
Monotributo de AFIP: cuáles son los beneficios de la Moratoria 2020 para monotributistas
- Beneficios para monotributistas: la ley que amplió el alcance de la moratoria incluyó beneficios para aquellos contribuyentes adheridos al monotributo que al 26 de agosto de 2020 no registren incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas ni en el pago de las obligaciones tributarias en los últimos tres períodos fiscales.
- Vigencia: la Moratoria 2020 está vigente hasta el 30 de noviembre. Para los monotributistas, la eximición del componente impositivo del pago mensual se efectuará a partir del período fiscal enero de 2021.
- Cuotas: se realizará en tramos mensuales y consecutivos con un tope de $17.500.
Períodos fiscales a eximir según la categoría del monotributista
- A y B: 6 cuotas, enero a junio de 2021
- C y D: 5 cuotas, enero a mayo de 2021
- E y F: 4 cuotas, enero a abril 2021
- G y H: 3 cuotas, enero a marzo de 2021
- I, J y K: 2 cuotas, enero y febrero de 2021
Monotributo: ¿cuáles son los requisitos para adherir a la Moratoria 2020?
Para adherir a la Moratoria 2020 y a los fines de obtener los beneficios de condonación y/o exención, se deberá:
- Presentar las declaraciones juradas o liquidaciones determinativas de las obligaciones que se regularizan, cuando no hubieran sido presentadas o deban rectificarse.
- Declarar en el servicio "Declaración de CBU" la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o de la caja de ahorro de la que se debitarán los importes correspondientes para la cancelación de cada una de las cuotas, en aquellos casos en que la adhesión al régimen de regularización se realice mediante planes de facilidades de pago.
- Poseer Domicilio Fiscal Electrónico constituido.
La adhesión a la moratoria podrá contener un pago a cuenta de la deuda consolidada para quienes revistan la condición de:
- Personas humanas y sucesiones indivisas que sean consideradas pequeños contribuyentes.
- Concursados o fallidos.
Monotributo de AFIP: ¿cómo adherir a la Moratoria 2020?
La adhesión al régimen de regularización deberá realizarse en la web oficial de la AFIP accediendo con clave fiscal a los servicios que, según corresponda, se indican a continuación:
- "Sistema de Cuentas Tributarias": cuando se opte por la cancelación de obligaciones impositivas o previsionales.
- "Mis Facilidades": cuando la regularización se realice mediante pago al contado o a través de planes de facilidades de pago.
Los contribuyentes y responsables -ante la detección de errores- tienen la posibilidad de solicitar hasta el 28 de octubre de 2020 la anulación del acogimiento al régimen de regularización, mediante el servicio con clave fiscal denominado "Presentaciones Digitales", seleccionando el tipo de trámite que, según el modo de adhesión, se indica a continuación:
- Compensación: "Procesamiento o anulación de compensaciones".
- Pago al contado o plan de facilidades de pago: "Planes de pago. Anulaciones, cancelaciones anticipadas totales y otras".
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