Mercado Pago eliminó el cobro de las retenciones de IVA e Impuesto a las Ganancias
La medida rige desde el 1° de septiembre, cuando el Gobierno derogó los regímenes a través de una resolución en el Boletín Oficial
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Con el objetivo de “avanzar en la recuperación económica” e impulsar los medios de pago digitales, este 1° de septiembre el Gobierno eliminó definitivamente el cobro de retenciones de Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Ganancias en las ventas de comercios. Tras esto, y una vez publicada la Resolución General 5554/2024 en el Boletín Oficial, la empresa de compra y venta online Mercado Libre liberó a todas sus operaciones de compra y venta de este tipo de impuestos.
De esta forma, a partir de que entró en vigencia la medida, los comerciantes que cobren a los clientes mediante tarjetas de débito, crédito, Point, QR, link de pago o checkout de Mercado Pago no sufrirán ningún tipo de retención.
Según el gigante del e-commerce -liderado por el empresario Marcos Galperin y con más de 14 millones de cuentas a nivel nacional-, esta eliminación tiene como objetivo simplificar la experiencia para los usuarios de la plataforma, quienes ya no tendrán que tener en cuenta las deducciones automáticas de estos impuestos.
La decisión del Gobierno que impulsó el cambio en las reglas de Mercado Libre fue publicada este lunes bajo la firma de Florencia Lucila Misrahi, titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). “Las entidades administradoras de tarjetas de débito, crédito, compra y similares, los agrupadores, los agregadores y los demás procesadores de medios electrónicos de pago, por los pagos que se realicen a través de los sistemas que administran, procesen u operen; y las entidades financieras, por los pagos que efectúen en concepto de liquidaciones correspondientes a los pagos realizados a través de los sistemas administrados, procesados u operados por los anteriores, sólo podrán realizar retenciones impositivas, cuando así lo dispongan las autoridades tributarias nacionales, en tanto y en cuanto los montos que procesen excedan el equivalente a 10.000 Unidades de Valor Adquisitivo mensuales por contribuyente”, estableció.
Así, el Ministerio de Economía ordenó al ente nacional que derogue las resoluciones generales 140, 213, 1169, 1558, 3924, 4011, 4408, 4621 y 4622 para que pueda entrar en vigencia esta nueva designación. Además, el el sitio web oficial del ministerio aclararon que “este beneficio libera los pagos de las retenciones impositivas nacionales y alcanza a todo el universo de contribuyentes, ya que se amplió el alcance de la medida prevista en el artículo 102 de la Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, que originalmente comprendía sólo a pequeños contribuyentes y operaciones”.
Desde la cartera dirigida por Luis Caputo ya habían anunciado la eliminación de las retenciones y también adelantaron que en los próximos días habrá nuevas medidas para bajar el “costo argentino” que impacta en el nivel de los precios. Desde el Palacio de Hacienda indicaron que los cambios implican “liberar al comercio de adelantar pago de impuestos y dar más capital de trabajo”, además de una baja concreta y efectiva en sus costos operativos, “que pueden impactar directamente en los precios”.
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