Los haberes jubilatorios que quedan congelados, pese a la inflación y a la movilidad
El problema afecta a un grupo de quienes fueron docentes y ganaron un juicio contra el Estado; cómo es el régimen de esa actividad y cómo se originó el conflicto
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La jubilación que cobra Susana Sanjurjo en estos meses equivale a alrededor de dos tercios del haber mínimo del sistema general que gestiona la Anses. Sin embargo, afirma que hizo aportes previsionales durante 36 años, de los cuales 32 estuvo al frente de un aula como docente del ciclo secundario. Se retiró a sus 62 años. ¿Por qué solo recibe algo más de $22.000 mensuales, sin llegar siquiera al monto básico de $32.630,40 que rige hasta mayo?
Sanjurjo es una de las personas jubiladas cuya realidad está detrás de una serie de cuestiones normativas y burocráticas que, mezcladas con conflictos judiciales, llevan a que, aún habiéndose cumplido –o sobrecumplido– los requisitos exigidos por la ley, se cobren ingresos que suelen quedar congelados durante largos períodos de tiempo.
“Me jubilé hace unos 20 años y me dieron un monto irrisorio; hice un juicio para estar en el régimen docente y algo mejoró el haber; pero después, cada vez que se disponían aumentos, a mí no me los daban; me dejaron congelado el ingreso”, dice Sanjurjo en diálogo con LA NACION. Los reajustes que logró desde entonces no fueron automáticos y requirieron de trámites especiales. Y los reclamos en la Justicia incluyen, por cada período de congelamiento, el reconocimiento de retroactivos.
No es un caso aislado. El problema afecta a quienes, habiéndose jubilado ya hace unos años, hicieron un juicio para lograr que se les aplicaran las disposiciones del régimen especial de docentes, porque la vigencia de ese sistema era un tema controvertido. Cuando la Anses liquida las sentencias que, les dan la razón a los demandantes en su pedido, “excluye al beneficiario no solo de los aumentos por la movilidad de la ley especial [que en este caso sigue la evolución de un índice de salarios docentes], sino también de los aumentos por la movilidad de la ley general; es decir, congela el haber”, según se describe en un dictamen de marzo último de la Asociación de Abogados de Buenos Aires, en el que se pide que se les otorguen a estas personas “los aumentos establecidos por el índice de la Remuneración Imponible Promedio Docente (Ripdoc)”, que es el usado actualmente para las subas de los haberes del régimen de esta actividad.
¿Por qué en esos casos no se aplica una actualización en forma metódica? De los fallos judiciales surge, en estos reclamos en particular, que debería darse una movilidad siguiendo la variación del salario del último cargo ejercido (el régimen especial de docentes determina que el haber inicial es el equivalente al 82% de ese sueldo). Es decir, se le ordena a la Anses que las jubilaciones se incrementen tanto como lo hayan hecho los salarios correspondientes al cargo que ocupó la persona justo antes de su retiro laboral.
Como se trata de un mecanismo diferente al de la movilidad general (fijado por la ley 27.609, de fines de 2020), o al de la establecida en particular para los docentes en su conjunto (que se guía por la variación del ya mencionado Ripdoc), el organismo previsional pide que se le lleve la información de cuál es el índice específico a aplicar. “Se obliga a estos docentes a gestionar administrativamente una petición para actualizar su haber, y la demora en la resolución de cada caso genera un resultado ineficiente, por tardío”, describe Silvana Capece, presidenta de la Comisión de Seguridad Social de la Asociación de Abogados.
“Sistemáticamente, la Anses dice que no cuenta con la información para dar el reajuste; ahora probamos por otro camino –cuenta el abogado Adrián Tróccoli, que patrocina a Sanjurjo–: le pedimos a la Justicia que ordene dar la movilidad que se les reconoce dos veces por año a los docentes [la surgida del Ripdoc]; así, el reajuste sería automático y, si hubiera diferencias significativas con la movilidad del cargo, luego se podría corregir. Eso evitaría que los ingresos queden congelados por largos períodos”.
Por qué estos casos derivaron en juicios
La raíz de las demandas judiciales que provocan estas situaciones está en el hecho de que la ley 24.241, que reformó el sistema previsional nacional en los años 90, no expresó nada sobre la continuidad de la vigencia o la derogación de los regímenes especiales, como los de docentes, investigadores científicos o funcionarios del Poder Judicial, explica la abogada previsionalista Elsa Rodríguez Romero. “La ley no expresa nada y el decreto reglamentario dice que esos sistemas quedaron derogados; entonces, empezaron los juicios [se cuestiona que una reglamentación busque disponer algo no incluido en la ley, que es la noma madre]. Y, por cada sistema hubo un fallo de la Corte Suprema de Justicia”, agrega.
En el caso de los docentes, la sentencia de la causa “Gemelli, Esther Noemí c/Anses”, de 2005, declara la vigencia de la ley 24.016, por la cual los haberes iniciales equivalen al 82% del salario del cargo al momento del cese laboral. Pero, para quienes se habían visto afectados por la aplicación de aquel decreto, no hubo un efecto generalizado. “Cada uno tuvo que hacer un juicio” para poder acceder a su derecho, afirma Rodríguez Romero.
“En general, se ven afectados docentes que se jubilaron antes de 2005, cuando se dictó el decreto 137″, aclara Capece. Esa norma estableció cómo determinar los pagos jubilatorios del régimen especial de esta actividad y dispuso un aumento del aporte de los trabajadores. Luego, en 2009, hubo resoluciones de la Secretaría de Seguridad Social que “establecieron una pauta de movilidad diferenciada”, según describe la abogada.
El índice Ripdoc, hoy vigente, resultó insuficiente en los últimos tiempos, más allá de que el hecho de que la actualización sea semestral acentúa los efectos de la pérdida de poder adquisitivo. En 2021 hubo una suba acumulada de 31,4%, muy por debajo de la inflación, que fue de 50,9% anual. En marzo último se dio un reajuste de 9,38%, cuando la inflación del trimestre fue de 16,1% (al mes de abril, la suba de precios de 2022 ya acumula 23,1%). Y la próxima suba será recién en septiembre.
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