Ley de Bases y paquete fiscal: las medidas económicas con las que Milei busca mejorar la recaudación y sumar dólares al BCRA
La Cámara de Diputados comenzó hoy el debate por la media sanción de los proyectos de ley “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” y “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”
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En la Cámara de Diputados comenzó hoy el debate por la media sanción de los proyectos de ley “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” y “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”. Se trata de un puñado de medidas con las que el Gobierno busca mandar una señal de gobernabilidad a los inversores y en la que intentará reactivar los ingresos del fisco, que en los últimos meses mostraron signos de retroceso por el impacto de la recesión económica.
Entre los puntos que más impacto podría generar es la restitución de la cuarta categoría del impuesto a las Ganancias, la moratoria tributaria y la posibilidad de formalizar activos externos (más conocido como blanqueo). Las empresas, en tanto, están a la expectativa de que se apruebe el régimen de incentivo a las grandes inversiones (RIGI), que otorgaría beneficios fiscales y cambiarios para los que desembolsen grandes montos de dinero.
Moratoria tributaria
El régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social contempla una amplia moratoria para las obligaciones impositivas y de la Seguridad Social vencidas al 31 de marzo pasado. Es una de las apuestas del ministro de Economía, Luis Caputo, para aumentar la recaudación en el corto plazo, ya que ofrece mayores beneficios a los que se adhieran más rápido al régimen.
“El plazo para adherir es de 150 días desde la entrada en vigencia de la reglamentación pertinente (que deberá estar publicada 15 días después de la vigencia de la ley), estableciéndose distintas modalidades de pago y beneficios que consisten en la condonación del 100% de las multas y de un porcentaje de los intereses devengados a favor del fisco según el momento de adhesión al régimen”, dijo el estudio Edelstein, Mariscal, Torassa & Asoc., especializados en asuntos impositivos.
La moratoria alcanza tanto a todos los contribuyentes, incluidos las personas humanas y las empresas, con variación en los planes de pago (desde 36 cuotas mensuales a 84, para las micropymes).
Blanqueo
El régimen de regularización de activos existentes al 31 de diciembre pasado es otra apuesta del ministro, pero para sumar dólares al sistema financiero y fortalecer las reservas del Banco Central. Al igual que en la moratoria fiscal, el proyecto ofrece una menor tasa de pago si el contribuyente se adhiere antes al régimen.
“El plazo para adherir al régimen se extiende hasta el 30 de abril de 2025 (pudiendo prorrogarse hasta el 31 de julio de 2025), previéndose tres etapas para manifestar tal adhesión, las que determinan tanto la fecha para presentar las declaraciones juradas correspondientes, como las alícuotas aplicables del impuesto especial de regularización, que será calculado e ingresado en dólares estadounidenses (salvo excepciones reglamentarias para bienes en el país)”, explicó el estudio Edelstein, Mariscal, Torassa & Asoc.
Según el texto, no hay límite máximo de cuánto se puede blanquear sin tener que pagar multas, siempre y cuando el dinero que ingresa al sistema financiero argentino no salga hasta el 31 de diciembre de 2025.
En otras palabras, un contribuyente puede regularizar más de US$10 millones sin pagar ninguna retención, siempre y cuando se mantenga en una cuenta bancaria especial o invertida en una actividad productiva, que se detallará luego de aprobada la ley, a través de la reglamentación del Poder Ejecutivo.
Impuesto sobre los Bienes Personales
El proyecto de ley fiscal propone reducir de manera gradual las alícuotas de imposición y un régimen especial de ingreso para adelantar el gravamen de futuros ejercicios.
“Este impuesto, creado en 1991 y por el término de nueve períodos, ha sido prorrogado sucesivamente (la última lo hizo hasta el año 2027). Desde su creación, las alícuotas se han mantenido entre el 0,5% y 1,25%. Con la llegada del gobierno de Alberto Fernández llegaron a máximos de 2,25% para bienes del exterior, lo que hizo que su recaudación sea equivalente al 0,76% del PBI en el año 2020, mientras que el promedio de recaudación previa no superaba el 0,3% en términos del PBI”, dijo el estudio Edelstein, Mariscal, Torassa & Asoc.
El Gobierno propone eliminar la discriminación existente para bienes situados en el exterior y una reducción gradual de la escala de alícuotas progresivas: para el ejercicio fiscal 2023, la alícuota máxima que se propone es del 1,5%, la cual se iría reduciendo paulatinamente hasta alcanzar el 0,25% en 2027.
Impuesto a las Ganancias
El Ministerio de Economía vuelve a modificar el mínimo de ingresos a partir del cual se empieza a pagar Ganancias (Ingresos Personales), en el caso de los contribuyentes de la cuarta categoría. En el caso de asalariados, será de $1,8 millones y $2,3 millones de salario bruto para trabajadores solteros o casados con dos hijos, respectivamente.
“Con respecto a los autónomos, el monto de la ganancia imponible que comenzará a tributar el gravamen será de “$335.000 menor a los importes antes mencionados”, dijo el estudio Edelstein, Mariscal, Torassa & Asoc., sobre la base del proyecto enviado al Congreso.
Asimismo, el proyecto promete mayor progresividad en el esquema, con una nueva escala de alícuotas para las personas humanas que va del 5% al 35%. La tasa máxima del 35% se aplicará a partir de una ganancia neta imponible anual de $36,45 millones.
Monotributo
El proyecto de ley fiscal también actualiza las diferentes escalas y montos a pagar para este año, incluyendo facturación tope de categorías, monto de alquileres devengados, impuesto integrado, monto de ingreso a Obras Sociales y al Régimen Previsional.
Transparencia fiscal al consumidor
En el proyecto de ley se propone que se empiece a discriminar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en las facturas o documentos equivalentes. Por lo tanto, se establece que los precios de los bienes/servicios deben publicarse en forma neta, sin incidencia del IVA y de los demás impuestos indirectos nacionales que inciden en su formación, con la leyenda “más impuestos”.
“Por otro lado, se establece que en la publicidad de las prestaciones o servicios de cualquier tipo en los tres niveles de gobierno que sean de libre acceso o atención no podrá utilizarse la palabra ‘gratuito’ o similares y aclararse que están solventadas con los tributos de los contribuyentes”, dice el proyecto de ley, según el informe del estudio Edelstein, Mariscal, Torassa & Asoc.
Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI)
El Gobierno propone derogar el impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI) a partir del 1 de enero pasado. “El gravamen continuaba resultando de aplicación para inmuebles adquiridos con anterioridad al 1/1/2018, por la inclusión del Impuesto Cedular a la transferencia de inmuebles a partir de dicha fecha”, aclaró el estudio Edelstein, Mariscal, Torassa & Asoc.
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