Jubilaciones: cómo serán las subas por inflación de los haberes de la Anses y desde cuándo regirá la nueva fórmula
En abril habrá un reajuste según el IPC de febrero más un adicional de 12,5%, con lo cual el haber mínimo quedará en $171.216 y el máximo, en $1.152.122; si bien la normativa no aclara nada sobre el tema, desde el Gobierno señalan que se aprobará una nueva norma para que el bono cobrado por un grupo de prestatarios siga siendo de $70.000
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A partir de abril las jubilaciones y pensiones del sistema general de la Anses se reajustarán mensualmente según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el Indec. El decreto de necesidad y urgencia (DNU) referido al tema, que lleva el número 274 y que fue publicado a la medianoche en el Boletín Oficial establece, en rigor, que el reemplazo de la actual fórmula de movilidad por el uso del porcentaje de inflación con dos meses de rezago para actualizar los ingresos previsionales es una medida que se hará formalmente efectiva en julio. Pero, a la vez, dispone un mecanismo especial por el cual. en la práctica, los ingresos también serán reajustados por inflación en abril, en mayo y en junio. Eso alcanzará a todos los haberes, sin importar su monto.
El DNU determina que para los ingresos de abril (a cobrar ese mismo mes) habrá “un incremento extraordinario equivalente al 12,5%” calculado sobre los haberes de marzo, y, además, “un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio, que se aplicará sobre el resultado del apartado precedente” (es decir, sobre el ingreso una vez agregado el plus de 12,5%). El porcentaje por este segundo concepto será de 13,2%, equivalente a la inflación de febrero. En definitiva, el aumento para los haberes propiamente dichos (no para el bono que cobran quienes tienen el ingreso básico) será de 27,35%, tal como informó LA NACION el sábado último.
Sin embargo, ese porcentaje no se vería reflejado en los ingresos de quienes cobran los haberes más bajos del sistema. En esos casos el porcentaje de suba efectiva de lo que se percibe en mano dependerá de lo que se disponga con respecto al bono o “ayuda económica previsional” (tal como el actual Gobierno llama al adicional al que un grupo de jubilados accede desde hace un año y medio). Hasta ahora no se dispusieron modificaciones a la manera en que un decreto ya estableció dar el bono en abril, especificando que habrá un plus de $70.000 para quienes tengan un haber de hasta $134.445,30 (el mínimo hasta este mes) y un extra de un monto inferior para quienes tengan un ingreso de hasta $204.445,30 (un monto tal que se complete esa cifra).
Desde el Ministerio de Economía afirmaron, ante una consulta de LA NACION, que se aprobará una nueva medida del Poder Ejecutivo para cambiar la que fue publicada el jueves último. El objetivo de la modificación, según las fuentes oficiales, será garantizar que haya un refuerzo de $70.000 para quienes cobran el haber mínimo, que en abril subirá a $171.216. Así, en términos brutos, el ingreso básico llegará a $241.216. Como este mes los jubilados de la mínima tuvieron un ingreso (sumado el bono) de $204.445, entonces la suba efectiva de lo percibido sería en abril de 18%.
En el último año y medio, los bonos fueron utilizados para intentar compensar la insuficiencia de la fórmula de movilidad frente a la inflación. En la práctica, lograron que unos jubilados perdieran menos que otros, pero lo cierto es que todos los ingresos tuvieron caídas en términos reales. En el período de de 12 meses finalizado en febrero, por ejemplo, quienes cobran el haber mínimo sufrieron un deterioro del poder de compra de 29%, en tanto que con un ingreso actual de $210.900 la pérdida fue superior al 47% (es el caso de alguien que hasta agosto cobró un bono y luego ya no), y para quienes nunca percibieron un refuerzo la caída fue de 44%.
Pocas horas antes de la publicación de la norma del Poder Ejecutivo en el Boletín Oficial, el ministro de Economía, Luis Caputo, dijo anoche en declaraciones a LA NACION+ que en abril se les dará a los ingresos previsionales una suba de 13,2% correspondiente a la inflación de febrero y un 12,5% adicional, además del bono para quienes perciben el haber mínimo (para el cual el DNU ya publicado no aclara si habrá o no una actualización). El viernes por la noche la Oficina del Presidente emitió un comunicado en el cual se especificó que “desde el mes de abril los jubilados argentinos cobrarán con aumentos mensuales de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor”.
El DNU dispone que el mecanismo de reajustes mensuales por inflación regirá de manera directa desde julio, y aclara que los aumentos que se otorgarán en abril, mayo y junio, también en función de la variación del IPC de febrero, marzo y abril, respectivamente, serán a cuenta del porcentaje que la fórmula de movilidad actual determine para junio. Según había informado LA NACION, con la suba de 13,2% (por la inflación de febrero) y otra de 12,5% (en compensación parcial por la alta inflación), la jubilación mínima pasará de $134.445,30 a $171.216, y la máxima, de $904. 690 a $1.152.122. El ministro Caputo sostuvo anoche que, efectivamente, el haber básico será “de $172.000″.
La visión de los columnistas
"El Presidente no cree que sea necesaria una nueva devaluación y se enoja con aquellos que se la piden. '¿Por qué habría de hacerlo con la brecha que hoy tenemos y con los más de US$10.500 millones que ya recompró el Banco Central?', se le escuchó hace pocos días"
José Del Rio
Haberes de mayo, junio y julio
Para los ingresos de mayo, el DNU establece que se otorgará otro anticipo de la movilidad que corresponda según la ley actual para junio, de un porcentaje equivalente a la inflación de marzo. Y en ese sexto mes del año se aplicará el IPC de abril.
La norma también determina que, si el índice de la fórmula prevista en la ley 27.609 (vigente desde 2021) arroja para junio un resultado mayor a lo otorgado en concepto de anticipos (según lo explicado en los párrafos previos), se pagará solo lo que haga falta para completar el porcentaje de la movilidad definido por ese cálculo. Y en caso de que ocurra lo contrario, es decir, si de la fórmula resulta un índice menor al del reajuste acumulado por inflación dado en abril, mayo y junio, entonces no se descontará la diferencia y el monto implicado quedará incorporado al haber.
Según fuentes oficiales, el motivo por el que se dispuso el mecanismo de subas por inflación consideradas a cuenta para los próximos tres meses es legal. Se busca evitar la judicialidad, ya que en junio, según la ley vigente hasta ahora, se debe otorgar un reajuste que compense lo ocurrido con los salarios y la recaudación de impuestos (los componentes de la fórmula aprobada a fines de 2020) en el período de enero a marzo, que ya está transcurriendo y, de hecho, prácticamente finalizando. De no instrumentarse una modalidad como la dispuesta en el DNU, señalan en el Gobierno, podría haber cuestionamientos por la retroactividad de la medida.
A partir de julio las actualizaciones se definirán directamente siguiendo la inflación, siempre con dos meses de rezago. Ese mes se considerará el avance del IPC de mayo, en tanto que en agosto se tomará en cuenta la variación de junio, y así sucesivamente.
La razón para que así sea es que, al momento de iniciarse cada mes el calendario de pagos de las prestaciones a cargo de la Anses, no se conoce todavía la variación del índice de precios del período inmediato anterior. Por ejemplo, el primer día del actual mes de marzo comenzaron a abonarse las prestaciones no contributivas, en tanto que el 8 se inició el pago de los beneficios contributivos. Y la inflación de febrero fue informada por el Indec el martes 12; por lo tanto, el índice que se conocía cuando empezaron a hacerse los pagos era el correspondiente a enero. Y eso ocurre todos los meses.
Los bonos
Con respecto al bono para quienes tienen prestaciones más bajas, el DNU no especifica nada. El jueves último, antes de que el Gobierno oficializara su decisión de modificar mediante un DNU la modalidad de las actualizaciones, se publicó en el Boletín Oficial el decreto 268, que define que en abril se pagará una “ayuda económica previsional” de $70.000 a quienes tengan prestaciones previsionales de hasta $134.445,30, que es hasta este mes la cifra equivalente al haber mínimo.
También se estableció que habrá un bono para quienes cobran más de $134.445,30 y hasta $204.445,30, que será de un monto tal que se llegue a completar la segunda cifra. Si no se modificara esa normativa, quienes tienen el haber mínimo -que llegará a $171.216 en abril- percibirían un refuerzo, pero ya no de $70.000 como el del mes actual, sino de $33.229, que es el monto que hace falta para completar los $204.445,30. Y, de esta manera, no habría para esas personas un aumento en abril, sino que percibirían los mismos ingresos que cobraron en el actual mes de marzo. Desde el Gobierno afirman que sí se modificará la normativa, para evitar que tal cosa ocurra.
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