Las oportunidades de blanqueo low cost que pretendía el Gobierno
En el capítulo fiscal que se retiró de la ley de bases se previeron medidas para la regularización de bienes; en qué casos se propuso que el plan fuera sin costos o a un costo bajo
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En el capítulo fiscal de la ley de bases que el Gobierno decidió ahora dejar a un lado para lograr la aprobación de la iniciativa, se habían incluido planes de regularización impositiva, con blanqueo y moratoria.
Muchos tributaristas advertimos sobre las dificultades que debería enfrentar el Gobierno para que el plan resultara exitoso, sobre todo ante la posibilidad –que nunca termina de descartarse– de que en algún momento vuelva el populismo al poder. Los temores recién se irán diluyendo en la medida en que el presidente Javier Milei y su equipo puedan sacar al país de la actual crisis económica. Mientras tanto, estimamos que, en caso de que finalmente y más allá de las últimas novedades, se ponga en marcha una moratoria o un blanqueo, deberían incorporarse incentivos muy fuertes para que los contribuyentes accedan a exhibir sus activos ocultos.
Una posibilidad que seguramente se ha analizado es que la regularización no tenga costo. Si bien en el proyecto esto no ha sido así plasmado, varias cláusulas incluidas en el texto propuesto por el Gobierno podrían haber llevado a que buena parte de los activos se blanquearan gratis o a un bajo precio, como explicaremos a continuación.
1. Blanqueo gratis por grupo familiar
El proyecto previó que se regularicen sin costo activos hasta la suma de US$100.000. Una vez declarados no se iba a requerir ninguna acción extra ni se iba a cobrar el impuesto del blanqueo (del 5%, 10% o 15% según en qué etapa se haga la regularización). Por ejemplo, tratándose de depósitos en el exterior no sería necesario repatriarlos, como sí lo fue en blanqueos anteriores.
Lo que le resta atractivo a esta franquicia es que, según la iniciativa, aplica por grupo familiar, computándose todo lo que blanqueen ascendientes, descendientes (hasta el primer grado por consanguinidad o afinidad), cónyuge y/o conviviente.
Esta limitación, que complejiza el sistema y su control, podría ser fácilmente eludida, por ejemplo, si quien blanquease fuera otro pariente o una sociedad de quien regulariza.
2. Blanqueo gratis o a un costo bajo
También estaba prevista otra alternativa, vale destacar que sin cupo, para dinero o títulos valores en el país o en el exterior. Se trata del depósito de dinero –o del producido de los títulos– en cuentas especiales que se abrirían en entidades financieras y en Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs).
Dicho depósito permitiría excluir de la base imponible (lo que equivale a no pagar el impuesto del blanqueo) a esos activos, en la medida en que los fondos no se retiren hasta el 31 de diciembre de 2025, inclusive. Si los fondos se retiraran antes, sufrirían una retención en concepto de impuesto del blanqueo, que variaría según el momento de la extracción.
El éxito del sistema, en caso de aprobarse en algún momento, dependería de la flexibilidad y de la amplitud del destino de tales fondos. Imaginamos que debería permitirse la inversión en acciones, títulos públicos, fondos comunes de inversión y fideicomisos locales –sin limitación–, obligaciones negociables de empresas locales, Cedears y ADR, entre otros.
Para quienes no vean con buenos ojos tener esos fondos inmovilizados se previó otra opción: los depósitos o inversiones en cuentas especiales podrían transferirse –sin tributar el impuesto del blanqueo– hacia otras cuentas especiales, que podrían ser abiertas no solo por quienes entrarían a regularizar activos. Esto permitiría que quienes tengan depósitos en cuentas especiales podrían negociarlos, contra un descuento, contra otros sujetos con interés en tales depósitos. Así, podría surgir un mercado de inversiones en cuentas especiales.
Es más, cualquier vendedor de bienes y servicios (desde quien desee vender un campo hasta un profesional que brinde un asesoramiento) podría aceptar como medio de pago la transferencia de estos depósitos especiales. Entonces, dichos depósitos podrían circular como un nuevo medio de pago que podría ser aceptado por cualquier sujeto.
Estimamos que sería necesario darle un tiempo razonable al mercado para asimilar este nuevo tipo de negocios, para que puedan resultar exitosos.
Otro aspecto no menor: la ley debería establecer que las transferencias desde, hacia y entre cuentas especiales no estuvieran sujetas al impuesto a los débitos y créditos ni a ningún otro tipo de retención, percepción o régimen de recaudación nacional, provincial o municipal. Las experiencias en anteriores blanqueos no resultan auspiciosas, pues algunas provincias han rapiñado los fondos regularizados mediante sus perversos y confiscatorios regímenes de recaudación anticipada (por ejemplo, el Sircreb).
3. De yapa
Otro beneficio del proyecto es que tampoco se les aplicaría el impuesto del blanqueo a los fondos depositados en cuenta especial que sean usados para cancelar el impuesto generado por otros bienes que sí deban tributar. Tampoco aplicará el gravamen sobre el dinero que se destine al régimen de pago anticipado del impuesto a los Bienes Personales, una propuesta incluida también en la ley ómnibus y también ahora retirada, según el anuncio del ministro de Economía, Luis Caputo.
4. Consideraciones finales
Más allá de lo atractivo de una regularización gratuita o a bajo costo, insistimos en que resultaría ardua la tarea de seducción del actual gobierno. Y más allá de que el mayor aliciente sería que Milei tenga éxito en doblegar la crisis económica –proyectando para el país un futuro más respetuoso de las ideas liberales y del derecho de propiedad–, nunca estaría de más agregar “zanahorias” para captar a todos los interesados posibles en el régimen de regularización.
Una de ellas sería eliminar o disminuir drásticamente el impuesto a los Bienes Personales. Es algo que, según se preveía en el proyecto, recién ocurriría en 2027 (bajaría a 0,25%).
Otra zanahoria sería blindar la seguridad jurídica de quienes regularicen y de quienes no –pero tengan sus impuestos al día–, a través de una cláusula de estabilidad fiscal para impuestos patrimoniales. El proyecto contemplaba algo así en su capítulo fiscal ahora retirado, pero limitado a quienes abonaran por anticipado cinco períodos de Bienes Personales. Debería ser algo generalizado, pues todavía está fresca, en la memoria de quienes se acogieron al sinceramiento fiscal del gobierno de Macri, la despiadada persecución fiscal llevada adelante por el gobierno kirchnerista saliente.
*El autor es abogado. Profesor de la Maestría en Derecho Tributario de la Universidad Austral; socio de Expansion Business
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