Cinco claves para entender los efectos de la extensión de la moratoria previsional dispuesta por la Anses
A pocos días del vencimiento del plazo para adherir al plan, se decidió trasladarlo a fin de año, pero con condiciones; a quiénes alcanza la medida, qué deudas pueden declararse y qué podría aprobar el Congreso sobre el tema
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El Gobierno oficializó hoy la extensión del plazo para la adhesión a la moratoria previsional que les permite declarar deudas por aportes impagos, correspondientes a períodos anteriores a 2004, a las mujeres que cumplan 60 años o tengan ya entre esa edad y 64 años. La decisión de establecer una prórroga había sido expresada anteayer por el presidente de la Nación, Alberto Fernández, y por la directora de la Anses, Fernanda Raverta.
La nueva norma establece que el vencimiento del plazo para ingresar al plan de regularización de la ley 26.970 -que iba a llegar el próximo sábado, 23 de julio- será el 31 de diciembre de este año. Y agrega que eses nueva fecha quedará sin efecto en el caso de que el Congreso apruebe antes “un nuevo régimen para el acceso a las prestaciones previsionales a través de un plan de regularización de deuda”.
¿Cuáles son las claves de lo establecido?
1) Alcance. La medida tiene efecto para las mujeres que cumplirán 60 años hasta el 31 de diciembre próximo; ellas y quienes tengan ya esa edad (y menos de 65 años) podrán acceder al plan de pagos de deudas previsionales con subsidio estatal, de hasta 60 cuotas que se van descontando de los haberes mensuales.
2) Períodos comprendidos en la moratoria. Por el plan dispuesto en la ley 26.970 se pueden declarar deudas por aportes correspondientes a meses previos al inicio de 2004. La persona debe haber tenido al menos 18 años de edad al momento del período más antiguo. Esto significa que una mujer que cumple 60 años en agosto próximo podría declarar hasta un máximo de 23 años y cinco meses de aportes, a lo que podrá sumar, según el caso, entre uno y tres años por cada hijo.
3) Plazo de vigencia. La resolución rige hasta el 31 de diciembre de este año, o bien hasta que el Congreso apruebe una ley referida al tema.
4) Debate en el Congreso. Según los proyectos en danza, podría disponerse una nueva fecha para el vencimiento de la moratoria hoy vigente, o bien podría establecerse un nuevo sistema, que consistiría en la posibilidad de “comprar a crédito” las denominadas “unidades de pago de deuda previsional” (cada una de ellas equivaldría a un mes de aportes y tendría un valor móvil ya determinado por la propia ley), para cancelar luego la deuda en un plan de hasta 120 cuotas que se descontarían de los haberes. Este último proyecto, promovido por senadores afines a la vicepresidenta Cristina Kirchner, constituye uno de los temas vinculados con la cuestión fiscal que influyen en la fuerte interna política del Gobierno; la iniciativa, ya votada en el Senado, no prevé cómo se financiarían los costos de implementarla.
5) Carácter temporal. Tanto los planes hoy vigentes como el que se debate en el Congreso tienen un carácter temporal, pese a que el problema al que se refieren (el hecho recurrente de que las personas llegan a la edad jubilatoria sin cumplir con los requisitos exigidos por la ley previsional) es estructural y está enraizado en los altos índices de informalidad y precariedad laboral. Frente al escenario del mundo del trabajo y a los requisitos que impone la ley previsional, las moratorias no ofrecen una solución de fondo. Y no se promueve un debate para dar una respuesta integral y sostenible.
Prórroga tras prórroga
Pese a que se esperaba la firma de un decreto de necesidad y urgencia (en el Congreso hay frenados proyectos de ley para extender la existente o crear una nueva moratoria -o un régimen similar-, tema que es resorte del Poder Legislativo), finalmente la extensión del plazo para entrar a la moratoria fue establecida por una resolución de la Anses, que lleva el número 174 y que fue firmada por la directora ejecutiva del organismo, Fernanda Raverta.
La moratoria en cuestión, establecida por un plazo inicial de dos años por la ley 26.970, de 2014, había sido prorrogada por tres años por la ley 27.260, en 2016, para las mujeres que cumplieran en ese período la edad jubilatoria y que no llegaran a los 65 años. Esta última condición fue porque esa misma normativa creó la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), equivalente al 80% del haber mínimo, a la que se accede con 65 años de edad (sin distinción de si se trata de un varón o una mujer) y habiendo pasado un examen socioeconómico (lo mismo ocurre con las moratorias). Luego, en 2019, hubo una prórroga por tres años de esta última disposición, establecida por una resolución de la Anses, en ese caso en uso de facultades delegadas por el Congreso.
Ahora, ante las demoras del Poder Legislativo y ante la falta de la firma de un DNU, entre los argumentos de la resolución se afirma, entre otros puntos, que “se tiende a evitar, en lo inmediato, la interrupción del régimen especial de regularización de deudas”.
Del total de las prestaciones previsionales que paga mensualmente la Anses en la actualidad, el 52% corresponde a personas que recurrieron a una moratoria. Pero, si se mira solo el universo de las jubilaciones (quitando del dato estadístico a las pensiones), resulta que dos tercios de los casos tuvieron esa ayuda estatal, según los datos de la Secretaría de Seguridad Social. Y de cada 100 personas que obtuvieron el alta de su prestación jubilatoria en el primer semestre de este año, solo 36 tenían cumplidos los requisitos exigidos por la ley, por lo cual no recurrieron a los planes de regularización. En el caso de los varones, hoy la moratoria vigente es la de la ley 24.476, que solamente permite ingresar deudas por períodos previos a octubre de 1994.
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