La Justicia rechazó la nulidad del contrato de Autopistas del Sol y nombró un veedor interventor
El Gobierno pidió una medida preventiva para tomar el control de la concesión del Acceso Norte y la General Paz, pero el juez consideró que eso se debe definir en la sentencia definitiva
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Carlos Zannini, procurador general del Tesoro, además de ser el hombre detrás del intento de la estatización de Autopistas del Sol, recibió un sutil revés de la Justicia. El juez que interviene en el pedido de nulidad del contrato por la concesión del Acceso Norte no hizo lugar a su medida cautelar para controlar inmediatamente la compañía. A cambio, designó un veedor interventor, además de tomar algunas medidas accesorias, como la imposibilidad de girar dividendos o la suspensión de un mecanismo de compensación acordado en la renegociación de 2018.
Puntualmente, la Justicia designó como veedor interventor y fiscalizador a José Luis Perrone, con el fin de ejercer la “supervisión, inspección y auditoría de la renegociación del contrato de concesión, teniendo a su cargo la fiscalización y control de todos los actos de administración habitual que puedan afectar la normal prestación del servicio público que resulta objeto de la concesión”.
Esta medida quedó a mitad de camino respecto del deseo del Gobierno, que pretendía el control inmediato de la empresa. Vialidad Nacional, que es el ente que presenta la demanda con el patrocinio de Zannini, solicitó el dictado de una medida “cautelar inaudita parte” mediante la cual se disponga la suspensión de los efectos del contrato “a fin de evitar que se prolongue en el tiempo un escenario palmariamente antijurídico, como lo sería la continuidad de la explotación del Acceso Norte por parte de Ausol”.
Esa es la línea argumental que sostiene el Gobierno. En otro párrafo de la presentación considera que “la medida intentada tiene por finalidad la inmediata defensa del patrimonio público y de los intereses de los usuarios y consumidores”.
A principios de octubre, Vialidad Nacional se presentó en la Justicia con una demanda en la que aduce, a grandes rasgos, que el contrato que se firmó en 2018 con Autopistas del Sol, y que extiende el plazo de explotación hasta 2030, es nulo por resultar “lesivo” al Fisco. Fue entonces cuando se solicitó que el contrato se declare nulo y que mientras se defina el fondo de la cuestión, el control de la concesión pase a ser gestionada por el Estado a través de la compañía estatal Corredores Viales
Ese mismo planteo se canalizó para la otra concesión de Abertis: Autopistas del Oeste. En este expediente, que se presentó después del de Ausol, el Estado recusó, sin causa, a la jueza que intervenía. Por eso es que aún en el otro corredor para ingresar o salir de la Ciudad de Buenos Aires no se ha resuelto nada por ahora. Nada hace suponer que ambos requerimientos terminarán resueltos de forma similar.
Pero, como preveía la gran mayoría de los conocedores del fuero Contencioso Administrativos, menos Zannini y Vialidad Nacional, conceder una medida de este tipo es ir sobre le fondo del asunto. Las especulaciones previas estimaban una resolución como la que sucedió.
“Teniendo en cuenta el objeto de la presente demanda y la medida cautelar peticionada -escribió en su resolución el juez Enrique Lavié Pico-, considero que en este estado inicial del proceso no resulta posible acceder a lo peticionado en los términos propuestos por la parte actora en la medida que las circunstancias del caso tornan imprescindible la necesidad de un mayor conocimiento, requiriéndose el ofrecimiento de pruebas y, por ende, de un mayor debate que no puede concretarse dentro del limitado marco de la medida cautelar formulada.”
En la empresa, tal como lo comunicaron a la Comisión Nacional de Valores (CNV), dijeron que aún no estaban notificados. Además de la designación de un interventor veedor y fiscalizador en la sociedad, el juez dispuso la suspensión del mecanismo de compensación destinado a la recuperación de la suma de US$499 millones dispuesto en el Acuerdo Integral de 2018; prohibir preventivamente la distribución de dividendos y alterar, mediante cualquier figura jurídica, la composición del capital social y las posiciones accionarias de la sociedad. Es decir, todo quieto hasta que se defina la cuestión de fondo.
En el comunicado a la CNV, Ausol sostiene que el “acuerdo es plenamente legítimo y fue aprobado por las máximas autoridades del Estado, siendo el resultado de un proceso de renegociación que se extendió por dieciséis (16) años. Dicho proceso comenzó en el año 2002, con un acuerdo parcial aprobado en 2006, y se completó en el año 2018 con la firma del Acuerdo Integral”.
Los tiempos serán largos, ya que en la disposición del juez se habla sobre la necesidad de abrir a prueba el juicio para estableces si aquel acuerdo fue lesivo para el Fisco como sostiene Zannini. Nada sucederá durante este mandato. Quizá, en el camino elegido esté el propio reconocimiento de la debilidad política de la administración de Alberto Fernández. Al kirchnerismo no le ha temblado el pulso para firmar decretos estatizadores y controlar compañías de un día para otro. Pero esta vez se transitó el camino judicial, como si no tuviera la fuerza necesaria como para soluciones extremas y tuviera que apoyarse para la aventura en el bastón del Poder Judicial, justamente, el más vapuleado por la Casa Rosada.
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