La Justicia les dio la razón a las prepagas y subirían 26% las cuotas en septiembre
Se les reconoció la validez de tres aumentos suspendidos por el Gobierno; el Estado apelará, la causa sigue su curso y queda pendiente de resolución la cuestión de fondo
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La cédula de notificación expedida por el Tribunal 7 en lo Contencioso Administrativo Federal llegó al domicilio electrónico fijado por las empresas de medicina prepaga y prestadores de salud con una noticia mejor de la que esperaban: la Justicia les dio la razón a lo que pedían en su medida cautelar y las autorizó a aumentar 32% sus cuotas sobre los valores de octubre, lo que a precios actuales significa un 26%.
En efecto, el juez Pablo Cayssials ordenó la suspensión de las Resoluciones Nº 1787/20 (artículo 1º) y Nº 2988/20, del Ministerio de Salud de la Nación, hasta tanto se resuelva el remedio interpuesto por las accionantes en sede administrativa. Esto implica, según explicó Claudio Belocopitt, presidente de la Unión Argentina de la Salud (UAS) y dueño de Swiss Medical, que se autoriza un aumento de 32% a valores de octubre, debido a que las resoluciones ahora suspendidas habían impedido tres aumentos autorizados por el Estado (de 15%, 10% y 7%, respectivamente).
El dueño de Swiss Medical precisó que el aumento autorizado del 32%, que tiene como base las propias estimaciones que había efectuado en su momento el Ministerio de Salud, está fijado sobre los valores de las cuotas en octubre de 2020, por lo que traducido a valores actuales será un incremento real de 26%. “Esto es técnicamente lo que dice la cautelar, pero la cuestión de fondo todavía no fue resuelta. Ahora el Estado va a apelar, pero nosotros vamos a seguir los pasos que nos autoriza la ley y comunicaremos el alza a nuestros afiliados con un tiempo prudencial”, comentó.
En definitiva, según confirmó Belocopitt, en agosto empezarán a enviar a los afiliados las comunicaciones del aumento del 26%, que empezaría a regir a partir del 1° de septiembre. El potencial en este caso se explica porque si el recurso de apelación que presentará el Estado es concedido por el juez con “carácter suspensivo”, el aumento deberá esperar hasta que se resuelva esa apelación (en caso de que el recurso se acepte con “carácter devolutivo”, el incremento estará vigente hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo).
El juez fue muy preciso en este sentido en sus considerandos: “Como consecuencia de lo expuesto, y en razón de que el dictado de la cautelar requerida no importa una afectación valorable del interés público, estimo prudente que la medida que aquí se ordena extienda sus efectos hasta tanto se resuelva el remedio interpuesto por las accionantes en sede administrativa”.
Belocopitt se mostró conforme con lo resuelto por la Justicia hasta el momento. “El fallo es bastante contundente en cuanto a lo que nosotros pedíamos y demuestra que parte de nuestros reclamos están fundados. Básicamente anula las resoluciones por las cuales nos anularon los aumentos, y eso nos permite a nosotros, cautelarmente, cobrar los aumentos que no cobramos en su oportunidad”, comentó el directivo.
En efecto, el fallo es muy claro respecto de una de las peticiones efectuadas por las prepagas en su presentación del 16 de junio de este año. En este sentido, la resolución, a la que accedió LA NACION, expresó: “...tras haberse realizado un estudio de la documentación acompañada por las partes –propio del que este remedio procesal autoriza– y sin que ello implique adelantar opinión sobre el fondo del asunto, permiten acceder a lo peticionado, en tanto se vislumbra lo que la doctrina ha denominado como la verosimilitud de la irregularidad...”.
Belocopitt enfatizó que, separadamente de lo jurídico, el sector de la medicina prepaga vuelve a reafirmar su vocación de diálogo. “Nos presentamos a la Justicia porque nadie nos escuchaba, pero estamos dispuestos a sentarnos con la autoridad de aplicación y el Gobierno para buscar una solución definitiva a la cuestión de nuestro financiamiento. Insistimos con nuestro camino de diálogo y de acordar, teniendo en cuenta que el 22 se nos vence la conciliación obligatoria y tenemos un problema serio”, dijo.
Ahora bien, el fallo mencionado hizo lugar parcialmente a los reclamos de las prepagas y otros prestadores de salud en su medida cautelar, puesto que rechazó el pedido de autorización para un aumento provisorio del 9,77% sobre el valor actual de las cuotas. El juez lo fundamentó así en los considerandos: “Ello así, en tanto asiste razón al Ministerio de Salud de la Nación, toda vez que de accederse a lo pretendido por las actoras se estarían interfiriendo facultades propias y privativas de otro poder del Estado; en tanto no corresponde a la judicatura establecer el valor de las cuotas de las empresas de medicina prepaga.
Ante esta otra parte de lo resuelto por la Justicia, Belocopitt opinó que, más allá de ese rechazo, obtuvieron lo que querían conseguir. “La medida cautelar era por el 32% y eso es lo que terminamos recibiendo. Pero esto no termina la cuestión de fondo, porque llega hasta el 30 de abril, pero de ahí para adelante se siguen generando actualizaciones y se tiene que determinar cómo se ajustará de ahora en más”, señaló.
Además, Belocopitt explicó que en la medida cautelar se pidió el 32% de aumento porque eso surgía de las estimaciones del Gobierno, y por lo tanto era lo más rápido de probar, pero que sigue abierta la cuestión de fondo. “Eso quiere decir que aún resta definir cómo se atenderá la necesidad de financiamento del sistema y cómo se harán las actualizaciones futuras con un cronograma estipulado en el tiempo”, remarcó el directivo. Y agregó: “Pese a un fallo a favor, seguimos apostando al diálogo”.
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