La jubilación mínima llega este mes a $9309: cómo fue el primer año de la ley de movilidad
Con los pagos de las jubilaciones y otros ingresos de este mes se aplicará el último de los cuatro incrementos previstos para este año y definidos por la fórmula de movilidad previsional que, a propuesta del Poder Ejecutivo, aprobó el Congreso a fines de 2017. Según los nuevos valores, que se obtienen tras aplicar una suba de 7,78% a los vigentes hasta noviembre, el haber mínimo del sistema previsional gestionado por la Anses llega a $9309 ($9029,8 netos, considerando el descuento para el PAMI), y el haber máximo, a $68.200,18 brutos.
La recomposición por movilidad, cuyo índice quedó formalizado por la resolución 2 de la Secretaría de Seguridad Social, alcanza también a quienes perciben pensiones no contributivas (pasan a $6516) y la Prestación Universal para el Adulto Mayor (PUAM), que se eleva a $7447,2. El aumento también se aplica a la Asignación Universal por Hijo (AUH), que pasa de $1684 a $1815 y a los pagos por conceptos de salario familiar.
En este último caso y en cuanto a la asignación por hijo, los nuevos montos son:
- Ingreso familiar salarial de entre $3237,98 a $28.162 y monotributo en categorías A, B y C: $1815.
- Ingreso familiar salarial de entre $28.162,01 a $41.303 y monotributo en categoría D: $1222.
- Ingreso familiar salarial de entre $41.303,01 a $47.686 y monotributo en categoría E: $736.
- Ingreso familiar salarial de entre $47.686,01 a $83.917 y monotributo en categorías F, G, H, I: $377.
El ingreso por hijo con discapacidad aumenta a $5918 en el caso de la AUH y del tramo más bajo de ingresos formales y a $4184 y $2639 para salarios más elevados.
Esas sumas regirán este mes y en enero y febrero. Luego se aplicará, nuevamente, un ajuste. Este año, el incremento acumulado por las prestaciones es de 28,46%, lo que marca una caída significativa del poder de compra. En el caso de los que reciben la AUH, eso es en parte compensado por el bono desdoblado de $1200 (percibido en septiembre) y $1500 (a cobrar este mes).
En el caso de los jubilados y pensionados del sistema nacional, el 28,46% acumulado en el año implica una caída de poder adquisitivo de 13%, si se considera una inflación proyectada, para el período de enero a diciembre, de 47,5%, en línea con lo que arroja el resultado del más reciente Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) publicado por el Banco Central. Así, si una canasta hipotética de bienes y servicios que costaba $100 al iniciarse el año vale a fines de este mes $147,5, entonces con los $128,4 que recibe un jubilado (que al comienzo de la comparación cobraba $100), podrá comprarse el 87% del total que podía adquirirse en enero.
En algunos casos -los de quienes entonces cobraban mensualmente hasta $10.000- en marzo se abonó un adicional de $375 o $750 (según si eran o no jubilados por moratoria). Eso intentó compensar el retraso que, en materia de recomposición de ingresos, se había producido durante el último trimestre de 2017 (la suba previa a la de marzo había sido la de septiembre del año pasado).
La fórmula para calcular los aumentos implica sumar el 70% de la inflación de un trimestre y el 30% de la variación de los salarios según un índice llamado Ripte y publicado por la Secretaría de Trabajo. Según la ley, se observa lo ocurrido con esas variables dos trimestres antes del momento en que se dan las subas. Y así, por ejemplo, el ajuste de diciembre responde al movimiento de precios y de ingresos observado en el período de abril a junio pasados.
Cuando se debatió el proyecto de ley, un año atrás, desde el Gobierno se defendió la fórmula al decir que garantizaría la cobertura de los ingresos frente a la inflación. Sin embargo, el objetivo se habría visto cumplido si el aumento de precios hubiera tenido una tendencia descendente o estable. Con una inflación al alza, el hecho de que la movilidad se calcule según lo ocurrido dos trimestres antes, provoca que haya disminuciones de valor, medido en términos reales. El efecto contrario, es decir, una recuperación del poder adquisitivo, se daría si la suba de precios se desacelerara a lo largo de los meses: entonces, los períodos de referencia serían de inflación más alta en relación con los meses más cercanos a la aplicación de la suba.
¿Qué pasará en 2019? Para la primera suba del año, la de marzo, la posibilidad de hacer la cuenta ya está disponible: según lo ocurrido con la inflación y los sueldos entre julio y septiembre de este año, los haberes jubilatorios y las otras prestaciones atadas a la movilidad subirán un 11,83%. Esto es el resultado de que, en el período de referencia, los salarios se movieron 6,5% y la suba de los precios minoristas superó el 14%. Esos datos reflejan una fuerte pérdida de poder de compra para los ingresos de los trabajadores activos. Fue el período, de hecho, en el que mayor impacto tuvo la devaluación sobre los precios (en septiembre, la inflación trepó a 6,5%), mientras que no se había dado aún prácticamente ninguna recomposición de salarios por renegociación de los convenios.
La ley de movilidad previsional estableció, por otra parte, la garantía para los haberes previsionales del 82% del salario mínimo, vital y móvil (garantía que no rige para quienes obtuvieron su prestación recurriendo a una moratoria).
¿Qué pasó en el primer año de aplicación? En enero la garantía se activó, porque el sueldo básico subió a $9500 y, entonces, el haber garantizado se ubicó en $7790 (mientras que el ingreso mínimo general era de $7246). En julio, la garantía volvió a aplicarse y el ingreso se elevó a $8200 (el haber mínimo sin garantía era de $8096). Y en septiembre, cuando el salario básico llegó a $10.700 y el haber mínimo subió a $8637, el valor garantizado llegó a $8774. Desde este mes, la jubilación mínima, de $9309, supera a la garantizada (que será de $9266, ya que el salario mínimo sube a $11.300). Así, si bien los jubilados de este grupo lograron mayores ingresos en algunos meses respecto de quienes no están alcanzados por la medida, al medirse los ingresos de punta a punta la variación es la misma: de 28,46%.
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