Cepo: la Corte Suprema determinó que la Justicia Federal de Córdoba debe resolver la pelea de la Provincia contra el Gobierno
La cautelar es por la restricción fijada a las provincias para acceder al MULC para el pago de sus deudas en dólares; el máximo tribunal se declaró incompetente
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CÓRDOBA.- La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la firma de tres de sus integrantes, declaró su incompetencia originaria para intervenir en la causa que promovió la provincia de Córdoba contra el Banco Central de la República Argentina (BCRA) para acceder al mercado único y libre de cambios y pagar su deuda en dólares.
El máximo tribunal resolvió que el expediente debe tramitarse en el Juzgado Federal 2 de Córdoba 2.
La provincia promovió una acción de amparo contra el BCRA ante el Juzgado Federal de Córdoba N°2, para que deje sin efecto la comunicación “A” 7782 del BCRA y toda otra norma o disposición de cualquier autoridad nacional que le impida acceder al mercado de cambios para adquirir las divisas necesarias para cancelar la totalidad de su deuda externa en las fechas acordadas con sus acreedores externos.
El Juzgado Federal de Córdoba ordenó que el BCRA le diera los dólares a la provincia, pero se declaró incompetente y remitió las actuaciones a la Corte Suprema para que se expida sobre la constitucionalidad de la comunicación del Central.
La comunicación referida insta a las provincias a presentar una “propuesta” al Central que contemple comprar “hasta el 40% de los dólares que necesitan para cancelar vencimientos de capital” y que el resto lo obtengan con recursos propios o con nuevo financiamiento, como mínimo, con una vida promedio de dos años.
Aunque la procuradora fiscal dictaminó que, en atención a la naturaleza de las partes que han de intervenir en el pleito, el caso corresponde a la competencia originaria de la Corte, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda entendieron que el hecho de que la provincia haya promovido la acción ante la Justicia Federal debe ser considerado como una “clara renuncia a la prerrogativa que le confiere el artículo 117 de la Constitución Nacional” (competencia originaria de la Corte en los casos en que una provincia sea parte).
Córdoba había ido con una cautelar a la Justicia Federal cordobesa, la que ordenó al Central darle los dólares que necesitaba. También fue a la Corte.
La comunicación del Central fue el 1 de junio pasado y el 9 de ese mes Córdoba debía afrontar un pago de U$S143 millones, correspondiente al capital e intereses de un endeudamiento contraído con acreedores del exterior, debidamente registrado. Esa obligación fue cancelada en tiempo y forma. En este mes, octubre y diciembre tiene otros vencimientos por aproximadamente U$S140 millones.
En su presentación, Córdoba señaló que la restricción impuesta por el Central podía causar la cesación de pagos con sus acreedores del exterior y la pérdida de su crédito público, afectando, consecuentemente, su autonomía constitucionalmente garantizada. Aclaró que no pretende que el BCRA le venda las divisas para cancelar sus obligaciones, sino que la habilite a ingresar al mercado de cambios para adquirirlas por el monto que necesita.
Mendoza también fue a la Justicia Federal por la medida del BCRA. “La resolución del Central con la que impiden a las provincias comprar dólares al precio oficial para pagar sus deudas, duplicando así el costo de la misma u obligando a refinanciar, es violatoria a sus autonomías, discriminatoria y antifederal, complicando el proceso de pago”, indicó el gobernador Rodolfo Suárez.
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