La Argentinidad, al palo
Recientemente, sin aviso y sorpresivamente, ingresó al Congreso de la Nación un proyecto de reforma de la ley de competencia 27.442 (LDC), para ser tratada en sesiones extraordinarias. Entre otras modificaciones, la principal y más alarmante, es la que refiere a la autoridad de aplicación, la Autoridad Nacional de Competencia (ANC).
En la página del Senado de la Nación, el extracto del proyecto 2795/20 dice que el mismo tiene por objeto "mejorar la conformación de la autoridad de aplicación" y, en el mensaje de elevación de su autora, la Senadora Almirón, manifiesta que esta reforma sería "muy requerida" por el FMI. Ninguna de ambas afirmaciones sería cierta o exacta. Otra vez, la odisea de los giles.
Algunas voces autorizadas, con alarmante simplificación, han sostenido en estas semanas que la reforma que se propone sería un paso adelante en relación con la estructura actual de la autoridad de aplicación. Algo así como decir: "tenemos la posibilidad de cruzar el Océano Atlántico en avión, pero como hasta la fecha lo cruzamos a nado, estaría bueno que a partir de mañana lo crucemos en balsa". ¡Por favor, apuntemos más alto y salgamos de semejante mediocridad!
Redactamos los primeros borradores del proyecto de la LDC y, sin dudas, conocemos de primera mano los sólidos fundamentos del diseño institucional de la ANC creada por la nueva LDC, cuyo principal objetivo fue que sea una autoridad independiente y eminentemente técnica, aunque no aislada de la realidad política y social, que permita, de una vez, que la defensa de la competencia se convierta en una política pública de largo plazo, como manda la Constitución Nacional de nuestro país.
En aquel entonces, transcurrieron dos años y medio desde la redacción del primer borrador, que fue puesto a revisión, análisis y comentarios de toda la comunidad local e internacional y de distintas voces del arco político, empresarial y académico, que luego se discutió con todas las voces del Congreso, se presentó en Plenarios de Comisiones tanto en Diputados como en el Senado, hasta, finalmente, sancionarse como ley, con un altísimo consenso.
El diseño institucional, tal vez haya sido el tema de la LDC más debatido en el ámbito del Congreso, al punto tal que, en abril de 2018, cuando se esperaba que el proyecto aprobado en Diputados sea sancionado sin modificaciones por parte del Senado, este último, a propuesta de la -por entonces- banca opositora, reenvió el proyecto a Diputados con modificaciones, justamente, en aspectos que hacen a la designación de la autoridad de aplicación. En Diputados, el proyecto se aprobó con las modificaciones introducidas por la oposición en el Senado.
El proyecto de reforma ingresado recientemente en sesiones extraordinarias, se solicita que se le de un tratamiento "express", se dice que es un requerimiento del FMI, que el procedimiento de elección de la actual LDC sería engorroso y que "ni el gobierno anterior" pudo conformarla. Afirmaciones que denotan una urgencia absolutamente innecesaria, un oscurantismo manifiesto, mentiras infundadas e inexactitudes alevosas, respectivamente.
El gobierno anterior trabajó mucho por tener una nueva LDC, actualizada y moderna, logrando su objetivo, luego de un proceso de transparencia ejemplar en el que todas las voces participaron para poder tener una ley de un consenso casi absoluto. Con la nueva LDC, se fijaron los cimientos para que -de una buena vez- la defensa de la competencia se convierta finalmente en una política pública de largo plazo.
Sin embargo, debe decirse también, que lamentablemente y por razones desconocidas e injustificadas, el gobierno anterior incurrió en una grave impericia cuando dilató en exceso el llamado a concurso de la autoridad de la LDC. Producto de esta tardanza, el concurso se inició recién en junio de 2019, cuando debió haberse iniciado no más tarde del 10 de julio de 2018, de conformidad con el texto de la LDC sancionado en mayo de ese año.
Pero también es cierto que el anterior Presidente de la Nación, antes de terminar su mandato en diciembre de 2019, elevó al Senado de la Nación sus siete candidatos para conformar la autoridad. Es decir, en un plazo apenas de seis meses, se llevó a cabo todo el procedimiento del concurso dispuesto bajo la LDC. Entonces, aun con tardanzas lamentables e injustificadas a nuestro criterio, el concurso logró realizarse, lo que tira por la borda el principal argumento que motiva la supuesta necesidad de esta reforma.
Asimismo, es cierto también que el Poder Ejecutivo actual, a inicios de 2020, retiró el pliego de los candidatos elevado para la aprobación del Senado y luego, en octubre pasado, decretó la nulidad del concurso realizado en 2019, sin volver a llamar a un nuevo concurso, como dispone la LDC.
¿Qué quiere decir que esta reforma de la ANC sería "muy requerida" por el FMI? ¿O acaso el FMI está requiriendo que se conforme la ANC dispuesta por la LDC? No son lo mismo una y otra cosa.
Cuesta entender que el FMI requiera que se reforme la (¡todavía nueva!) ley de competencia, de urgencia y sin los consensos mínimos necesarios, y que, como consecuencia de esta reforma, la autoridad de aplicación pierda ciertos de sus atributos esenciales de independencia. Si hubiere un documento del FMI donde se requiere esto expresamente, llama poderosamente la atención que no haya sido puesto en conocimiento de toda la comunidad.
En síntesis, y sin entrar en el fondo de la cuestión (como ser, el proceso de elección que se propone, la degradación del rango y jerarquía de los miembros de la ANC, la eliminación de los nombramientos escalonados, la afectación inevitable al presupuesto de la ANC, la dependencia política de la ANC a la Secretaría de Comercio, por nombrar solo algunos pocos detalles), volvimos varios casilleros para atrás en el Juego de la Oca.
Si esta reforma de la LDC ve la luz, habremos tropezado nuevamente con la misma piedra. La de la menor institucionalidad, la del continuo escándalo jurídico de sancionar muy buenas leyes que no logran ser aplicadas plenamente o que son rápidamente reformadas a escondidas, de modo "express", entre gallos y medianoches y sin la más mínima participación de las distintas voces de la comunidad. Seguimos sin aprender de nuestros propios y reiterados errores.
Nuevamente, el relato se impone y la República se posterga. Pareciera que los argentinos estamos condenados a seguir tragando sapos. De convertirse en ley esta reforma, esto no habrá sido otra cosa más que una tomada de pelo a toda la sociedad, por parte de quienes deberían velar y legislar en beneficio y protección de los derechos y garantías de los argentinos.
*Autor del primer borrador de la Ley de Defensa de la Competencia 27.442.
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