La Anses confirmó el aumento de 8,8% para las jubilaciones en junio: cómo quedarán los haberes
Según lo establecido por un DNU, el mes próximo los ingresos aumentarán un 8,83% y acumularán desde abril una suba de 53,9%; no habrá un incremento extra, porque el resultado de la fórmula de movilidad que rigió en los últimos años hubiera determinado un alza inferior
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La Anses confirmó ayer por la tarde que, tal como se había adelantado, las jubilaciones y pensiones del sistema previsional general tendrán en junio un reajuste de 8,83%, es decir, una suba equivalente a la variación que, según comunicó el Indec, tuvo en abril el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Además, como también había anticipado LA NACION, el organismo informó que no habrá un incremento extra en función de una cláusula dispuesta por un DNU, porque la suba acumulada por los haberes en el trimestre de abril a junio resultó superior al índice resultante de la fórmula de movilidad impulsada por el gobierno anterior, que desde julio próximo quedará fuera de juego. Concretamente, la suba acumulada en el trimestre por los haberes fue de 53,91% (se consideran los reajustes mensuales según la inflación y también el “incremento extraordinario” de 12,5% otorgado en abril). La fórmula que se aplicó hasta marzo, en tanto, arrojó un índice de 41,48%.
De esta manera, el haber mínimo bruto rondará los $206.931 y el máximo será de alrededor de $1.392.450. En términos netos, son cifras que equivalen a ingresos de $200.723 y $1.315.111, respectivamente. El reajuste alcanzará a todos los haberes del régimen general, sin importar de cuánto sea el importe. Y también abarcará a las prestaciones no contributivas, como la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), que equivale al 80% del haber mínimo y que, por tanto, queda en $165.545.
El Gobierno deberá definir qué ocurrirá con el bono de hasta $70.000 que cobran quienes tienen los ingresos más bajos del sistema. Hasta ahora no hubo precisiones sobre ese pago en particular, ni respuestas a las consultas.
La suba de haberes con frecuencia mensual y según el índice de inflación es una regla establecida por el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 274. A través de esa norma, el Poder Ejecutivo modificó la modalidad de actualización de las prestaciones. Concretamente, definió que en julio ya no tendrá vigencia la fórmula de la ley 27.609, que rige desde 2021. Y definió al actual trimestre, que va de abril a junio, como de “transición” o empalme entre esa modalidad de reajustes y los aumentos definidos por la variación del IPC.
Por eso, junio marca un punto de inflexión. El DNU estableció que, además de otorgarse un reajuste a los haberes según la inflación de abril, se debe comparar el incremento acumulado entre el cuarto y el sexto mes del año con el índice resultante de la fórmula de movilidad aprobada en la gestión anterior y que se aplicó hasta marzo. Si este último número fuera más alto, el Estado debería pagarles a los jubilados lo que corresponda para compensar la diferencia. En cambio, si de la fórmula surge un índice inferior, no hay un incremento extra y las subas ya otorgadas quedan incorporadas a los haberes, sin que se descuente nada. Esto último es, tal como se preveía, lo que efectivamente va a ocurrir. Es decir, el reajuste será de 8,83% y no habrá suba extra.
“Al haber sido mayor el aumento correspondiente a la nueva fórmula, los incrementos adelantados [en abril y mayo] se consideran incorporados al haber y en junio a las jubilaciones y pensiones se les aplicará el porcentaje del 8,83%, correspondiente al IPC de abril”, indica el comunicado emitido por la Anses ayer por la tarde. Y agrega que el incremento otorgado en el trimestre fue un 29,97% mayor, en términos relativos, al que hubiera resultado del cálculo derogado (esa brecha surge de comparar no los montos de los haberes, sino los índices de 53,91% y 41,48%). En rigor, para llegar a esa conclusión se consideró no solo lo otorgado según la modalidad que regirá de aquí en más (subas mensuales por inflación), sino también el incremento adicional de abril, un extra que no está previsto que se repita.
La recomposición de 8,83% se aplicará sobre el valor de los ingresos de este mes que, a su vez, tienen incluidos un aumento de 11,01% respecto de los valores de abril. Entre abril, mayo y junio, el incremento acumulado será de 53,91%. Mientras que en enero y febrero los haberes no tuvieron ninguna recomposición (eso permitió en gran medida el superávit de las cuentas públicas), en marzo se dio la primera suba del año, que fue de 27,18% y que se definió por la fórmula del gobierno anterior, que preveía reajustes trimestrales. Así, los haberes acumularán a junio y desde el inicio del año un reajuste de 95,7%. Si solo se aplicara la fórmula que ahora quedará derogada, la recomposición llegaría a 79,9%.
La inflación, en tanto, trepó en los primeros cuatro meses del año a 65%, según el Indec, en tanto que según varias proyecciones llegaría a un nivel de entre 85% y 90% en el semestre. La variación interanual de los precios al consumidor fue de 289,4%, y en ese período las jubilaciones se incrementaron nominalmente un 191,97%, sin considerar la incidencia del bono. Eso significa que, para quienes no tienen refuerzo, el poder adquisitivo de abril de este año fue un 25% inferior que el del cuarto mes de 2023.
Más allá de la suba de los haberes propiamente dichos, no se conoce aún qué ocurrirá con los bonos. Por decisiones que se oficializan con decretos, el refuerzo se sigue abonando en estos meses, pero sin que se actualice la cifra. En marzo el monto pasó de $55.000 a $70.000 y ese valor se mantuvo en abril y se mantiene este mes.
Las prestaciones de mayo
Por ese congelamiento del bono, si bien en mayo los haberes propiamente dichos tienen una actualización de 11,01%, el efecto en el bolsillo es menor para quienes reciben la prestación mínima o un poco más. En el caso del haber mínimo, la recomposición es de 7,8%, ya que se pasó de un monto bruto de $241.283,31 a uno de $260.141,6.
Un dato a tener en cuenta es que en el actual mes las prestaciones tienen un descuento, por el aporte al PAMI, mayor al habitual. Esto es así porque cuando se abonaron los haberes de abril no se restó ese aporte sobre la parte que representó el aumento de 27,4%, y ahora se hace la corrección. Por una cuestión operativa, para concretar ese descuento en los recibos aparece la cifra del incremento de abril sumada y restada, pero eso no quiere decir que la suba se anule, porque, al mismo tiempo, esa cifra ya está incorporada en el ingreso que se cobra.
Luego de años de pérdida de poder adquisitivo con la vigencia de dos fórmulas de movilidad y con decisiones discrecionales tomadas en 2020, el DNU 274 estableció una nueva modalidad para actualizar las jubilaciones y otras prestaciones a cargo de la Anses. El decreto dispone el uso del IPC como valor de referencia para incrementar mensualmente los haberes, en reemplazo de la fórmula de movilidad de la ley 27.609, que contempla subas trimestrales, basadas en la variación de los salarios y de la recaudación, y que tiene un tope que en 2023 perjudicó fuertemente a los jubilados.
Si bien con la nueva modalidad se frena la pérdida de las jubilaciones frente a la suba de precios, lo cierto es que en los últimos tiempos se acumuló una muy fuerte caída del poder adquisitivo. En el período de 12 meses finalizado en abril, el valor real de los ingresos cayó 16%, 29% o 25%, dependiendo de la situación frente a los bonos: si se los percibió en todo el período considerado (entre mayo de 2023 y abril de este año), si se los cobró durante unos meses y luego ya no, o si nunca hubo acceso a ellos. Entre diciembre de 2019 y el último mes de 2023 el deterioro acumulado fue de entre 32,4% y 44,6%.
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