La AFIP reglamentó el nuevo régimen para Bienes Personales
Se podrá tributar de manera unificada por todos los períodos fiscales hasta el 31 de diciembre de 2027
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la implementación del Régimen Especial de Ingreso del impuesto sobre los bienes personales (Reibp). Este procedimiento ofrece a los contribuyentes la opción de tributar de manera unificada por todos los períodos fiscales hasta el 31 de diciembre de 2027.
En este sentido, la AFIP dictó la resolución general 5544/2024 publicada en el Boletín Oficial en el marco de la ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.
Según informó el organismo recaudador en un comunicado, el régimen es de adhesión individual y voluntaria, y permite que aquellos que se sumen tributen el impuesto sobre los bienes personales de manera consolidada por varios períodos fiscales. “Esto incluye tanto a aquellos bienes que no fueron regularizados bajo el Régimen de Regularización de Activos de la Ley N° 27.743, como a aquellos que sí lo fueron”, se agregó.
La adhesión al Reibp debe incluir la totalidad del patrimonio, los contribuyentes deberán tener CUIT o CUIL, mantener actualizado su domicilio fiscal, su código de actividad y poseer un domicilio fiscal electrónico registrado. Por su parte, los no residentes, en caso de corresponder, deberán designar un representante.
Según detalló la AFIP, los principales beneficios de adherir al Reibp son: estabilidad fiscal patrimonial hasta 2038; la exención de cumplir las obligaciones derivadas del impuesto sobre los bienes personales mencionado durante la vigencia del régimen, y la posibilidad de que los incrementos patrimoniales durante la vigencia del régimen no generen impuesto adicional a ingresar en bienes personales (excepto algunas donaciones y liberalidades)