La AFIP encareció el blanqueo para quienes tienen cuentas en Suiza
INSTRUCCIÓN. Ordenó que deben pagar impuestos por todos los dólares no declarados; la ley admitía un monto menor
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) borró con el codo lo que escribió con la mano hace cerca de dos meses, al encarecer las condiciones del blanqueo de capitales para los titulares de cuentas bancarias en Suiza.
Según la instrucción interna 2/2015 del organismo que conduce Ricardo Echegaray, se determinó que los contribuyentes que adhieran al blanqueo ya no podrán efectuar un "descuento" en el dinero que exteriorizan como podían hacerlo hasta ayer. El blanqueo recaudó US$ 1600 millones (US$ 1500 millones en Cedin y US$ 100 millones en Baade), lejos de los US$ 4000 millones esperados por el Gobierno.
El título de la instrucción es "Determinaciones de oficio en trámite originadas en la detección, en el sistema financiero suizo, de cuentas bancarias de residentes argentinos. Pautas operativas". Luego explica que la norma "establece nuevas pautas operativas en el resguardo de crédito fiscal, ante la inminente prescripción del período fiscal 2006, aplicables a los casos originados en la detección de cuentas bancarias no declaradas existentes en el sistema financiero suizo".
Por lo tanto, la instrucción está destinada a los contribuyentes denunciados por la AFIP por las cuentas en el HSBC en Suiza.
El punto relevante de la instrucción es el 2.5, que establece los parámetros para que "en los términos de la ley 26.860 los sujetos intervinientes en una cuenta bancaria puedan, en su caso, acceder a los beneficios previstos en la citada norma respecto de los impuestos objeto de los respectivos procedimientos de determinación de oficio".
Al respecto, explica que "la tenencia de la moneda extranjera exteriorizada no podrá ser inferior a la cantidad de moneda causa de los ajustes, lo que implica la identidad de sus montos nominales".
De inmediato, cita un ejemplo: "Si en el período fiscal 2006 no se tributó por una tenencia de US$ 50.000, la exteriorización debería ser por US$ 50.000. Si la tenencia de moneda resultara inferior, deberán determinarse los impuestos correspondientes a la diferencia de moneda extranjera no exteriorizada".
La cuestión es que esta norma entra en contradicción con la propia ley de blanqueo de capitales, que en su artículo 12° dice que para la exteriorización voluntaria puede "considerarse el valor de cotización de la moneda extranjera que corresponda, tipo de cambio comprador del Banco de la Nación Argentina, vigente a la fecha de la respectiva exteriorización".
Según explicó a LA NACIÓN el presidente del Instituto Tributario, César Litvin, "esta instrucción ratifica el criterio de no ajustar años no prescriptos, pero difiere del artículo 12° de la ley 26.860, que exige blanquear la cantidad de dólares a la fecha de exteriorización; por lo tanto, hay un conflicto entre la ley y la instrucción, que llevará a que si un contribuyente quiere liberarse de su problema acogiéndose al blanqueo, deberá pagar una cantidad mucho mayor de moneda extranjera a la que calculó originalmente". De este modo, si la AFIP le detectó a una persona un millón de dólares en Suiza, antes podía blanquear una cantidad bastante menor al exteriorizarlo por el tipo de cambio oficial; pero ahora el organismo podrá reclamarle la diferencia para que efectivamente pague los impuestos por ese millón de dólares no declarado.
Claro que, según tributaristas consultados por LA NACIÓN, al ser una instrucción interna que al parecer va en contra de una ley, generará conflictos en los tribunales administrativos y judiciales si los contribuyentes deciden no acatar el nuevo criterio de la AFIP.
El otro eje conflictivo es la retroactividad que fija de hecho esta instrucción, ya que hay gente que blanqueó dinero bajo los parámetros de las normas previas. En la AFIP no respondieron a las consultas de LA NACIÓN por esta normativa.
La mencionada instrucción 2/2015 fue firmada por el subdirector de Asuntos Jurídicos de la AFIP, Pedro Roveda, y deroga la instrucción número uno, firmada apenas en febrero pasado por el principal adversario de Echegaray dentro del organismo, el director general de la DGI, Rubén Toninelli.
Este funcionario tiene el apoyo del secretario legal y técnico de la Presidencia, Carlos Zannini.
Toninelli había intentado con aquel escrito corregir algunas cuestiones que consideraba "desprolijas", según se comentó en su entorno. Cuando LA NACIÓN publicó aquella instrucción, cerca de Echegaray consideraron que hubo un acto de "traición" interna. Ayer, con esta nueva normativa, parece haber habido una suerte de revancha.
Una instrucción conflictiva
La ley de blanqueo
A mediados de 2013 se lanzó el blanqueo a través de la ley 26.860. Se permitía blanquear considerando el tipo de cambio del Banco Nación
La nueva instrucción
La AFIP, para recaudar más, determinó que los contribuyentes deben ingresar todo el monto no declarado nominalmente
Contradicción
Para los tributaristas, hay una contradicción entre ambas normas, que se dirimirá en los tribunales
Pelea de fondo
La nueva norma deroga además una dictada hace sólo dos meses por el director de la DGI, enfrentado con el jefe de la AFIP
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