Jubilados de Anses y titulares de AUH: extienden hasta fin de año el reintegro del 15% para distintos medios de pago
El Gobierno extendió el beneficio hasta fin de año; quiénes pueden acceder, cuál es el tope de reintegro y en qué negocios es válida la devolución
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que el reintegro del 15% en compras para grupos vulnerables se extiende hasta fin de año y detalló el alcance del beneficio y los requisitos para obtenerlo.
El organismo que dirige Carlos Castagneto tiene vigente el régimen que permite obtener un reintegro del 15% en compras con tarjeta de débito en comercios minoristas, mayoristas y farmacias. A través de la resolución general 5360, publicada hoy en el Boletín Oficial, se elevó el monto a un tope mensual de $4056 pesos por beneficiario y de $8114 para aquellos que perciban dos o más beneficios.
Para el beneficio se incluyen las transferencias a través de tarjetas de débito que operen bajo la modalidad de pago electrónico inmediato (PEI), como así también los pagos con tarjeta de débito realizados a través de códigos QR, según señala el sitio oficial de AFIP.
El reintegro alcanza a los productos que se comercialicen en negocios dedicados a la venta por menor y/o mayor en mini, súper e hipermercados, quioscos, almacenes e incluye las compras realizadas en verdulerías, carnicerías y pescaderías. También alcanza las farmacias siempre que se encuentren dentro del grupo de productos farmacéuticos y de herboristería, artículos cosméticos, de tocador y de perfumería.
Para acceder al reintegro es necesario que la tarjeta de débito esté asociada a la cuenta bancaria de un jubilado, pensionado o titular de asignaciones universales por hijo o embarazo; y que el comercio esté inscripto en AFIP bajo alguno de los códigos de actividad.
Este beneficio es una herramienta de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva sancionada en diciembre de 2019 y complementa un reintegro del 15% del monto total de todas las compras realizadas en comercios minoristas y mayoristas por jubilado y pensionados que cobren el haber mínimo y beneficiarios de la AUH y la AUE.
Montos de reintegro
De acuerdo con la información oficial, “se reintegrará el 15% del importe total abonado, siempre que no supere los $4056 por mes y por beneficiario”. En tanto, las personas que perciban dos o más asignaciones, tendrán un reintegro que no puede superar los $8114 por mes.
La acreditación en la cuenta del beneficiario se realiza de manera automática luego de haber efectuado la operación. Solo es preciso considerar el horario del consumo, ya que si es posterior a las 17 horas se acredita en las siguientes 48 horas hábiles.
Quiénes pueden acceder al beneficio:
- Titulares que cobren la jubilación mínima
- Titulares que cobren una pensión mínima por fallecimiento
- Titulares que cobren una pensión no contributiva nacional mínima (invalidez, vejez, madre de 7 o más hijos, etc.)
- Titulares de la asignación universal por hijo (AUH)
- Titulares de la asignación universal por embarazo (AUE)
Si un interesado desea saber si puede acceder o no a este sistema de reintegros, puede consultar de manera virtual en el sitio oficial, ingresando su número de CUIL.
El reintegro será acreditado en la cuenta donde la persona percibe la asignación, pensión o jubilación. Para identificar los consumos alcanzados por el beneficio, en el resumen de cuenta de la tarjeta de débito aparecerá la leyenda: “Reintegro Solidaridad Ley N° 27.541″.
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