Jubilaciones: cuáles son los cambios al proyecto y cómo impactarán a la baja en el aumento de marzo
Después del fuerte rechazo que provocó, incluso en las filas del propio oficialismo, la pretensión del Gobierno de que el aumento de haberes jubilatorios de este mes fuera tomado a cuenta de la suba de marzo de 2021, hubo finalmente una decisión desde el Congreso de no aprobar esa cláusula. Y se decidió, entonces, dar marcha atrás. Pero la eliminación de esa parte de la propuesta no llegó sola. En la reunión que mantuvieron esta mañana las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Presupuesto y Hacienda del Senado, el ministro de Trabajo de la Nación, Claudio Moroni y la directora ejecutiva de la Anses, Fernanda Raverta, confirmaron que anoche se decidieron, en un encuentro con el presidente de la Nación, Alberto Fernández, modificaciones a la propuesta original del Poder Ejecutivo.
Uno de esos cambios es que, de aprobarse el proyecto, la frecuencia de los aumentos será trimestral y no semestral como se había propuesto en el texto original. Las actualizaciones se darán en los mismos meses en que se daban durante la vigencia de la fórmula de la ley 27.426 aprobada a fines de 2017 (y en los que se dieron también este año según decretos discrecionales), es decir, en marzo, junio, septiembre y diciembre. Esa decisión se tomó después de que los integrantes del bloque del Frente de Todos en la cámara alta comunicaron que no avalarían la pretensión oficial de descontar en marzo de 2021 el incremento del 5% otorgado por decreto con el pago de los haberes de este mes.
Ahora, con el cambio de frecuencia que se propone (de semestral a trimestral), la recomposición de marzo próximo será lógicamente inferior que la que iba a haber de acuerdo con los lineamientos de la iniciativa originalmente enviada y defendida por el Poder Ejecutivo. Y, entonces, el Gobierno logrará su objetivo de moderar en marzo el gasto referido a la actualización de los haberes.
Otra modificación es que el indicador salarial a utilizarse en el cálculo será, tal como ocurría entre 2009 y 2017, uno de dos: o la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), difundida por la Secretaría de Seguridad Social o el Índice Salarial del Indec. De los dos, se tomará el que haya tenido una mayor evolución. De todas maneras, lo que recibirán de aumento los jubilados en todo un año estará atado a la variación interanual de los recursos totales (impuestos y aportes y contribuciones) que recibe la Anses, porque se prevé aplicar un tope equivalente al incremento que registre esa recaudación por beneficio, incrementada en un 3%. Entonces, más allá de cómo le vaya a los salarios, el porcentaje de incremento estará mayormente sujeto a cómo se comporte la recaudación dividida por la cantidad de beneficios que estén al pago en cada período.
Un aspecto que genera incertidumbre, y que tiene que ver con el componente de recaudación de la fórmula, es que el proyecto incluye una cláusula según la cual, para hacer las cuentas, las variables de los diferentes períodos deberán considerarse "en forma homogénea". Y la manera en que se logrará cumplir con esa condición, según se expresa, quedará sujeta a reglamentaciones posteriores, lo cual quita previsibilidad y aumenta el riesgo de discrecionalidad, sobre todo en períodos en los que haya cambios en materia impositiva que afecten la recaudación de los recursos que llegan al organismo previsional.
La pretensión de descontar en marzo el aumento de este mes había sido incluida en el texto del proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo al Senado el viernes último. A partir de la difusión de esa cláusula, tanto desde la Anses como desde el Ministerio de Economía habían defendido esa parte de la propuesta al decir, en una interpretación que resultó discutida por varios previsionalistas, que en el caso de no restarse en marzo el aumento de diciembre ocurriría una "superposición de períodos" compensados para los ingreso de los jubilados, que terminan este año con un incremento que en todos los casos es inferior respecto del que hubieran tenido en caso de no haberse suspendido la fórmula de la ley 27.426, votada a fines de 2017.
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