Jubilaciones: cuánto aumentarán en junio y qué pasaría si siguiera la vieja fórmula
El cálculo de la ley promovida por el gobierno anterior arroja para el sexto mes un reajuste cercano a 41%, mientras que lo otorgado según el DNU 274 acumularía en este trimestre alrededor de 54%; con esas cifras, no se aplicará el aumento extra que se había previsto para el supuesto de que la modalidad saliente determinara un índice más alto que las subas según la inflación
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Las jubilaciones y pensiones de la Anses tendrán en junio un aumento de un porcentaje equivalente a la inflación de abril. El índice, que sería de alrededor de 9% según diferentes estimaciones, será difundido por el Indec el martes próximo. Un dato clave que se conoció hoy, referido a la evolución de los salarios, permite saber que no habrá una suba adicional a la determinada por la variación de los precios en el cuarto mes del año. Esto es así porque la fórmula de movilidad establecida por el gobierno anterior arroja para junio un índice inferior al aumento que efectivamente acumularán las prestaciones, considerando los reajustes por inflación de abril, mayo y junio, que están siendo otorgados según lo dispuesto por el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 274, y también el 12,5% dado como “incremento extraordinario” en el cuarto mes del año.
Esa medida del Poder Ejecutivo modificó la modalidad de actualización de los haberes previsionales y otras prestaciones sociales. Se estableció la derogación, a partir de julio próximo, de la fórmula de movilidad aprobada por ley a fines de 2020, y su reemplazo por subas mensuales siguiendo la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec. Además, se definió al trimestre comprendido entre abril y junio como de transición entre una forma y otra de definir los reajustes, en el caso de las jubilaciones y pensiones del sistema general de la Anses y también en el de las pensiones no contributivas.
En este tiempo de “empalme”, los incrementos de abril, mayo y junio equivalen, en cada caso, a los índices de inflación de febrero, marzo y abril. En el cuarto mes del año se adicionó, al IPC de febrero, un “incremento extraordinario” de 12,5%. El DNU también estableció que, para definir la recomposición de junio, más allá de tomar en cuenta la inflación de abril, se observará el resultado de la fórmula de movilidad de la ley 27.609, impulsada por el gobierno de Alberto Fernández y Cristina Kirchner, para otorgar, en caso de que el índice resultante de ese cálculo sea mayor, un aumento adicional que cubra la diferencia (entre el índice según el sistema que rigió hasta marzo y el porcentaje acumulado por las subas otorgadas según el ya citado DNU).
La fórmula “vieja”, que preveía subas trimestrales, da para junio un reajuste de entre 40% y 41%, según analistas consultados por LA NACION. En tanto, los aumentos que efectivamente se están dando acumularán un porcentaje superior. Considerando las subas de abril y mayo, la variación de los haberes fue de 41,43% respecto de marzo (ese mes se había otorgado un 27,18%, por la aplicación de la modalidad que ahora se deroga). Si la variación del IPC de abril diera finalmente un 9%, la suba acumulada de los haberes sería, entonces, de alrededor de 54%.
Comparación de índices
La fórmula de la ley, según estimó el economista Sergio Rottenschweiler, investigador en la Universidad de General Sarmiento, arroja un índice de 40,7% para el alza de junio. Las variables consideradas son, por un lado, la variación interanual que tuvo en el primer trimestre del año la recaudación de impuestos cuya recaudación va a la Anses, y la evolución trimestral de los salarios según el índice Ripte, que mostró en el primer trimestre un avance levemente mayor que el de los salarios medidos por el Indec. El Ripte, de hecho, tuvo una suba de 45,79% entre enero y marzo, en tanto que el Índice de Salarios del instituto oficial de estadística (que hoy dio a conocer el dato de marzo) subió un 45,46%. La ley dice que, de ambos indicadores, se toma el que arroja la variación mayor.
El economista Rafael Rofman, investigador en el Cippec, estimó también que la movilidad según la fórmula que está en salida sería de entre 40% y 41%. “Queda claramente por debajo del aumento otorgado por el DNU, que estaría cerca del 55%, por lo que no va a tener efecto”, consideró, en referencia a la cláusula de un eventual aumento adicional que se determinó para el período de transición.
La comparación con la fórmula, según dijeron en su momento fuentes del Gobierno a LA NACION, se hará con las subas acumuladas de abril, mayo y junio, incluyendo el 12,5% adicional.
Resultados trimestrales
Así, si siguiera vigente solo esa modalidad de reajustes vigente desde 2021, las prestaciones acumularían desde el inicio del año y hasta junio un alza de 78,9%. Con los cambios establecidos por el Gobierno esa variación llegará, aproximadamente, a 96%. Con tendencia a la baja y recesión mediante, la estimación de los economistas consultados en el Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) del Banco Central, indica que la inflación del primer semestre del año sería cercana al 90%.
Con respecto a la cláusula del DNU que dispone comparar las subas por IPC acumuladas con el resultado de la fórmula legal, está aclarado que en el caso de que ocurra lo que efectivamente va a ocurrir (es decir, que lo otorgado supere el índice determinado según la ley 27.609), los aumentos recibidos por los jubilados quedarán incorporados a los haberes, sin descuento alguno.
La razón por la cual se dispuso, para el trimestre actual, el mecanismo de subas por inflación “a cuenta” de lo que arroje la fórmula de movilidad, que dejará de estar vigente luego de junio, es que se busca evitar la judicialidad. En junio, según la ley aún vigente, se debe otorgar un reajuste que compense lo ocurrido con los salarios y la recaudación de impuestos en el período de enero a marzo, que ya estaba casi finalizado cuando se emitió el DNU. De no instrumentarse una modalidad como la dispuesta en el decreto, según admitieron desde el Gobierno, podría haber cuestionamientos por la retroactividad de la medida.
En el actual mes de mayo, los haberes tienen una recomposición de 11,01%, porque esa fue la inflación de marzo, según el Indec. Y hay una particularidad que puede verse en los recibos: hay un aporte extra para el PAMI, que corresponde a lo no descontado en los ingresos de abril por la parte correspondiente al incremento del 27,4%.
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