Jubilaciones: afirman que el proyecto de ley de la oposición evitaría más juicios contra el Estado
Un informe del Ieral, presidido por Osvaldo Giordano tras su salida del gobierno de Milei, indica que disponer la movilidad por ley, y no por DNU, y mejorar la suba extraordinaria dada en abril dejarían al sistema con menor vulnerabilidad; el impacto de otros aspectos de la iniciativa y la opinión del Ieral
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“El proyecto reduce las probabilidades de juicio y, por esta vía, tiene un impacto positivo sobre la sostenibilidad fiscal”, concluye un informe del Ieral, de Fundación Mediterránea, el centro de estudios que, tras su salida de la dirección ejecutiva de la Anses, en febrero de este año, preside el economista y exministro de Finanzas de Córdoba, Osvaldo Giordano, un especialista en temas de seguridad social a quien Milei le pidió la renuncia, menos de dos meses después de nombrarlo, tras el fracaso del oficialismo, en aquel entonces, por lograr la Ley Bases en el Congreso.
El escrito, elaborado en el marco del Programa de Asistencia al Poder Legislativo (PAL), se refiere a la iniciativa en debate en el Congreso que, entre otros puntos, derivaría en una suba de 7,2% de los haberes y en la vigencia de una garantía de ingreso mínimo mensual vinculado al valor de la canasta básica de la pobreza. Según se enfatiza, el tipo de medidas como el de esta garantía debería focalizarse, para que lleguen más recursos a quienes realmente los necesitan, y de esa forma, según indica, se eficientizaría el uso de los recursos del sistema.
La propuesta legislativa en cuestión es impulsada por referentes opositores y, en la votación de la Cámara Baja, obtuvo los votos favorables del radicalismo, de Hacemos Coalición Federal y del kirchnerismo. Por parte del Gobierno, el propio presidente Javier Milei dijo más de una vez y en duros términos que, de ser aprobada, la ley será vetada, porque implica una mayor erogación del Estado y no prevé ninguna fuente de financiamiento para hacer frente a ese efecto.
Sin embargo, en las últimas semanas hubo diálogos entre legisladores de la llamada “oposición dialoguista” y del oficialismo para procurar que, si el texto resulta finalmente aprobado, evite algunos de sus puntos, de manera de evitar el veto (al menos, el veto total). Uno de los puntos más rechazados es el que busca emplazar a la Anses a pagar todas las deudas acumuladas en los últimos años, ya que no se indica de dónde saldrían los fondos.
Según un informe actualizado, publicado días atrás por la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), la puesta en marcha de los cambios previstos en el proyecto de ley implicaría un costo extra al previsto por la aplicación del DNU 274, de entre 0,44% y 0,74% del PBI, suponiendo diferentes escenarios respecto de la continuidad o no en los próximos meses del bono de hasta $70.000 para los jubilados de ingresos más bajos.
El informe del Ieral destaca que la aprobación por ley de una fórmula de movilidad -en rigor, la que propone el Congreso es la misma que está vigente por DNU, con el agregado de un eventual plus anual- otorgaría mayor “solidez jurídica” ya que, además de que se trata de un esquema que debe ser aprobado por el Poder Legislativo, “se establece un empalme más consistente con la vieja fórmula”, al “contemplar íntegramente la inflación de enero” en las subas de haberes.
Además de esas consideraciones, el documento recomienda focalizar el pago de ingresos extras para los jubilados de menores ingresos, atendiendo por un lado a quienes realmente tengan necesidades -más allá de percibir los montos más bajos- y, por otro lado, valorizando el hecho de haber obtenido la prestación sin recurrir a una moratoria, es decir, habiendo completado previamente los aportes exigidos por la ley.
El proyecto de ley votado en Diputados -y que ahora espera su tratamiento en el Senado-, busca establecer que los ingresos previsionales se incrementen mensualmente según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de dos meses atrás. En ese aspecto no habría cambios respecto de lo ya vigente por decreto. Las actualizaciones por inflación y de frecuencia mensual se aplican en la práctica desde abril y, a partir de entonces, considerando el alza extra que hubo ese mes, la suba de los haberes (sin considerar el bono) acumula un 67,7% hasta agosto.
Aumento adicional de 7,2%
Una de las consecuencias del proyecto legislativo sería un aumento adicional de 7,2% para todos los haberes, con efecto (según la letra del proyecto) a partir de abril. Se busca disponer que el incremento extraordinario de 12,5% que se dio mediante el DNU 274 se transforme en uno de 20,6% (para que tal cosa se produzca, hace falta un alza de 7,2% y no de 8,1%, como señalaron varios legisladores).
De acuerdo con el informe del Ieral, no reconocer la totalidad de la inflación de enero ampliaría las chances de judicialidad contra el Estado, por la manera en que se hace el empalme o la transición entre una modalidad de actualizaciones y otra. Y eso incrementaría el gasto futuro del sistema. “Una norma sancionada por el Congreso tiene una legitimidad muy superior a un DNU”, afirman los economistas. Y agregan que los juicios contra el sistema “opera como un pasivo que erosiona la solvencia de las finanzas públicas”.
Respecto de la fórmula anterior -la dispuesta por la ley 27.609, aprobada a propuesta del gobierno de Alberto Fernández y Cristina Kirchner- se la califica como “compleja, poco transparente y con un diseño que desencadenó una profunda licuación de los haberes previsionales en el marco de una fuerte aceleración inflacionaria”.
¿Por qué desde el Gobierno se dispuso otorgar un incremento extra en abril, pero sin observar la inflación de enero? El DNU que dispuso derogar la fórmula trimestral (que en 2023 provocó fuertes pérdidas de poder adquisitivo) fue elaborado con la intención de evitar judicialidad futura contra el Estado.
Según lo establecido, para determinar el reajuste de haberes de junio se mantuvo la vigencia formal de la fórmula de movilidad de la ley 27.609 y, en el cálculo del índice correspondiente a la suba de ese sexto mes del año estuvo contemplado lo ocurrido en enero, febrero y marzo con las variables incluidas en la fórmula. A su vez, la norma definió al trimestre de abril a junio como de transición: mientras regía la movilidad “vieja”, en la práctica se dieron “a cuenta” subas mensuales y por inflación. En junio se comparó lo otorgado en el trimestre con el resultado de la fórmula (que desde julio quedó derogada) y, al comprobarse que las subas dadas superaron el resultado del cálculo, no se otorgó un alza extra. En definitiva, la explicación oficial es que no hay norma que obligue a contemplar la inflación de enero -uno de los meses con mayos suba de precios-, como tampoco la hubo con respecto a inflación de todos los meses previos.
Los economistas del Ieral advierten, de todas formas, que “el riesgo del juicio es inevitable”. Y que frente a ello, los instrumentos que se usen determinan si ese riego es mayor o menor. “El proyecto de ley claramente reduce la vulnerabilidad jurídica, porque es una ley y porque sustituye un esquema arbitrario, como el de reconocer un 12,5% [como incremento extraordinario otorgado en abril] por una regla que tiene mucha más razonabilidad y objetividad; ante un juicio, la Anses tiene más elementos de defensa con una ley que con un DNU”, afirmaron.
Suba extra anual y garantía de ingreso mínimo
Además de la actualización mensual por inflación, la eventual ley dispondría que anualmente habría una suba de haberes extra en caso de que el índice de salarios Ripte arrojara una variación anual positiva por arriba de la inflación. Esa mejora se daría en cada marzo y el porcentaje equivaldría al 50% de la diferencia del aumento de un índice y otro. Por ejemplo, si la inflación fue de 100% y el Ripte avanzó un 110%, el reajuste de haberes sería de 5%.
La propuesta que hace el Ieral es que a los jubilados que hayan obtenido su prestación sin moratoria se les reconozca el 100% de esa diferencia entre las variaciones, y no el 50%. También se analiza que el impacto de esta eventual disposición podría llegar recién en marzo de 2026, debido a que en 2024 es muy probable que los salarios crezcan nominalmente menos que los precios.
Otro punto del proyecto es que a quienes cobran una sola prestación previsional se les garantizaría, con un eventual suplemento dinerario, un ingreso mínimo, equivalente a 1,09 del valor de la canasta básica total (CBT) informado cada mes por el Indec. En este punto, el informe del Ieral menciona la posibilidad de que se considere el valor de la canasta para adultos mayores de 60 años. El proyecto cita de todas formas, que se utilizaría el valor fijado para el “adulto equivalente”, que, según el Indec, es el varón de 30 a 60 años, y que supone un número más elevado que el de los adultos mayores.
Una posibilidad, de la que hace eco, por ejemplo, el último informe de la OPC -citado unos párrafos antes- es que a partir de la vigencia de esa garantía se dejen de lado los bonos, que se pagan de manera continua desde septiembre de 2022 y que dependen, mes a mes, de una decisión discrecional del Gobierno. Con los valores actuales y si se toma el valor de la canasta para el “adulto equivalente”, el ingreso garantizado según el proyecto de ley superaría al importe del haber mínimo más el bono, que está congelado desde marzo en $70.000.
Una observación que hacen en el Ieral es que la iniciativa no contempla que esa garantía de ingreso mínimo rija para las pensiones no contributivas. Y, con respecto al bono y también a la mencionada, recomiendan que sean políticas focalizadas, para que lleguen a personas realmente en estado de vulnerabilidad. Lo aconsejable, señalan, “es que se considere como causal de exclusión de la garantía cualquier tipo de ingresos” adicionales a la jubilación de la Anses y “manifestaciones de riqueza” de los prestatarios. Hoy el pago de bonos no contempla nada de eso.
Un punto débil del proyecto
Otro punto del proyecto busca que la Anses pague, en un plazo de seis meses prorrogable por otros seis, todas las deudas acumuladas con un grupo de provincias que mantienen sus cajas previsionales para sus empleados públicos y con los jubilados que ganaron juicios y tienen sentencias firmes.
El proyecto original contemplaba que para esas obligaciones se usaran recursos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS), algo con lo cual está de acuerdo Giordano, quien estuvo a cargo de la caja previsional de empleo público de Córdoba y encaró en su momento una amplia reforma de ese régimen provincial. El ahora exfuncionario había sido nombrado al frente de la Anses por Milei, justamente por sus conocimientos sobre la materia. Pero el mandatario le pidió la renuncia menos de dos meses después, luego de que fracasara en Diputados la votación de la Ley Bases.
Sin embargo, el texto votado eliminó la mención del FGS y no sumó ninguna fuente de financiamiento válida (solo se mencionan recursos que la Anses ya recibe y que no evitan que el régimen sea deficitario).
El informe PAL del Ieral destaca este artículo entre los puntos débiles del proyecto de ley, porque no establece una fuente de financiamiento. “Esto sería relativamente fácil de resolver facultando a la Anses a que se use parte de los activos acumulados en el FGS. Compensar pasivos con activos es una manera de regularizar una situación que genera costos y desgastes judiciales”, se enfatiza.
El FGS no tiene hoy un destino definido y, dadas las características del sistema de reparto vigente, no garantiza en la práctica pagos futuros (la sustentabilidad depende de otros factores). Su mención como fuente de recursos para que la Anses pague sus deudas fue eliminada del proyecto de ley por pedido del kirchnerismo, como condición para votarlo en Diputados.
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