Jubilaciones: por qué advierten que con el plan del Gobierno se perderá el aumento de un período
El proyecto de ley de movilidad jubilatoria impulsado por el Gobierno será tratado hoy en el recinto del Senado. El texto que la semana pasada obtuvo dictamen de comisiones fue modificado horas antes de que los representantes del oficialismo en la cámara alta le dieran ese aval para el pase a la votación. Ya con esos cambios incluidos, previsionalistas y referentes de la oposición advierten que los jubilados perderán la actualización de sus haberes correspondiente a un período de tiempo, o que la nueva forma de dar movilidad se iniciará tomando como punto de partida valores que están retrasados. También señalan que, si bien es cierto que habrá cuatro aumentos por año en lugar de dos como se había previsto -el hecho de que las recomposiciones sean más frecuentes es algo que se considera positivo para los bolsillos-, en marzo los haberes tendrán una suba inferior a la que hubieran recibido según el proyecto de ley original, con lo cual el Poder Ejecutivo logrará su objetivo de moderar en el tercer mes de 2021 el aumento del gasto público.
¿Por qué ocurrirá eso? Después de haber defendido la frecuencia semestral para los reajustes de los ingresos previsionales a partir de 2021, el Poder Ejecutivo terminó optando de un momento a otro por las subas trimestrales. El cambio de opinión llegó el miércoles de la semana pasada por la noche, tras la negativa del bloque de senadores del Frente de Todos a votar favorablemente el artículo 6 del proyecto de ley que ingresó al Congreso el viernes 27 de noviembre.
Ese artículo decía que el aumento de 5% otorgado a los haberes en diciembre sería descontado del porcentaje que arrojara como resultado la fórmula para la recomposición de marzo de 2021. Tal pretensión, revelada por LA NACION el sábado 28 de noviembre, provocó fuertes rechazos fuera y dentro del oficialismo.
La explicación oficial a la inclusión de ese artículo sobre el pago a cuenta fue que, como la de marzo iba a ser una suba definida para todo un semestre, el porcentaje debía aplicarse tomando como base los haberes de seis meses antes, es decir, cuando todavía no se había sumado el 5%. Y que, entonces, si no se restaba en marzo el porcentaje otorgado en diciembre, los jubilados cobrarían un aumento de base semestral tres meses después de haber percibido una recomposición. Es decir, cobrarían de más. Según esa lógica del oficialismo (y de algunos analistas) no debe seguirse para 2020 el razonamiento de la frecuencia de reajustes trimestrales de la ley 27.426, por el hecho de que esa norma está suspendida desde diciembre de 2019 por una decisión tomada por el propio Gobierno.
En la práctica, el período de un año entero sin ninguna fórmula vigente y con aumentos discrecionales decididos por el Poder Ejecutivo es el puente entre una forma y otra de darles movilidad a los haberes.
Con esa suerte de largo "empalme", la discusión sobre el tema se está dando al término de un año en el que se aplicó un ajuste a los jubilados cercano a los $100.000 millones, si se comparan las subas efectivamente dispuestas por decretos con las que debieron haberse dado si no se hubiera suspendido la movilidad de la ley 27.426, según estimaciones hechas por el Ieral de Fundación Mediterránea. Y esto es porque, según el cálculo suspendido, todos los jubilados deberían haber recibido una suba acumulada de 42% y, en cambio, reciben entre 24,3% y 35,3%, dependiendo del nivel de haberes.
Pocos días antes del ingreso del proyecto de ley al Congreso, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y la directora de la Anses, Fernanda Raverta, habían anunciado el aumento de 5% para este mes. No dijeron entonces que sería a cuenta de futuras subas, tal como proponía el texto enviado poco después al Congreso. El decreto que oficializa esa recomposición la describe como la correspondiente al período de diciembre de 2020 a febrero de 2021, siguiendo la lógica de la frecuencia trimestral iniciada en 2018.
Tal como quedó ahora el texto del proyecto de ley, en marzo se dará un aumento calculado según lo ocurrido con las variables de la fórmula prevista (recaudación tributaria con destino a la Anses por beneficio y salarios) en el cuarto trimestre de 2020.
"Un tema no menor es que si se toman los datos del trimestre inmediato anterior [como está previsto que ocurrirá], definitivamente se saltean un trimestre", advierte el economista e investigador principal en temas de seguridad social del Cippec, Rafael Rofman. El razonamiento es que con la ley 27.426 (la de la fórmula suspendida), en diciembre de 2019 el incremento se otorgó según las variaciones de los precios y los salarios del segundo trimestre de ese año. "Luego, en 2020 se fueron dando aumentos por decreto que, indirectamente [porque, en la práctica no se usó la fórmula], corresponderían al tercer trimestre de 2019 (el de marzo), al cuarto trimestre de 2019 (junio), al primer trimestre de 2020 (septiembre) y al segundo trimestre (diciembre). Si en marzo dan un aumento vinculado al último trimestre de 2020, ¿qué pasó con el tercer trimestre?", dice Rofman.
Según el economista, cuando se empezó a usar la fórmula aprobada en 2017 se postergó el pago de un trimestre "y ahora están haciendo un pagadiós de eso". Con la modalidad que rigió en 2018 y 2019 se dispuso, de hecho, que los datos para hacer el cálculo se tomaran con un rezago de seis meses. La manera en que se hizo el pase de una fórmula a la otra determinó que en marzo de 2018, cuando según la fórmula vieja correspondía actualizar los haberes según lo que había pasado en todo el segundo semestre de 2017, se diera un aumento vinculado solo con el tercer trimestre, en tanto que el cuarto trimestre fue compensado en junio de 2018, de manera diferida.
Ahora, al pasar el rezago de datos de seis a tres meses, quedaría un trimestre sin cubrir si se sigue la lógica de la ley suspendida. La forma de evitar eso sería que para el reajuste de marzo se considere la evolución de las variables de la fórmula en todo un semestre, lo que derivaría en un porcentaje más elevado que el que resultará de aplicar el proyecto tal como está.
El diputado Alejandro Cacace (UCR- San Luis), vicepresidente de la comisión de Previsión y Seguridad Social en la cámara baja, afirma que el Gobierno decidió, por un lado, resignar la cláusula de tomar el aumento de diciembre como pago a cuenta y, por el otro, dejar sin considerar el tercer trimestre de este año. Su conclusión es que "se siguen robando un trimestre". Y afirma que esa era la idea al considerar la suba de este mes como un pago a cuenta. "Según una presentación que había hecho la Anses en el Congreso, para marzo la fórmula semestral iba a dar 11,7%; ahora, si se sigue la misma proyección pero con cálculo de base trimestral, se daría un 6,1%", explica Cacace.
Según el proyecto oficial, habrá cuatro reajustes cada año. El porcentaje de junio próximo se fijará según lo ocurrido con la recaudación y los sueldos en el primer trimestre de 2021. En septiembre habrá un alza vinculado con el segundo trimestre del año, y en diciembre, uno que responderá al comportamiento de las variables en el tercer trimestre. De haberse seguido con la idea de la fórmula de base semestral, se hubieran previsto dos incrementos: uno en marzo (basado en lo ocurrido con la recaudación y los salarios en el segundo semestre de este año), y otro en septiembre (que hubiera considerado las variaciones de los componentes de la fórmula al primer semestre de 2021).
Cacace opina que es mejor que haya subas trimestrales en lugar de semestrales, "porque como las variables cambian constantemente, sirve que haya períodos más cortos y que el rezago de los datos sea menor; pero el primer aumento debería calcularse incluyendo los dos últimos trimestres de este año, para que así no se pierda ningún período".
Para la abogada Elsa Rodríguez Romero, es difícil hablar de "un trimestre salteado" en la aplicación de un índice, por el hecho de que este año las subas no respondieron, en rigor, a ningún índice. "Los aumentos de 2020, a mi criterio, no respondieron a ningún trimestre de referencia", explica. Y agrega que, con la aprobación de la ley de emergencia en 2019, lo que pasó fue que en marzo de 2020, cuando se debía compensar el trimestre de julio a septiembre, en la práctica "dieron cualquier cosa" (y no el resultado de una fórmula o de seguir algún parámetro).
Por lo tanto, y dado que el Gobierno consideró en sus dichos que lo otorgado por decretos fue para cubrir la inflación de este año, la abogada advierte que lo que quedó sin compensar es el segundo semestre entero de 2019. Es un período que ya había transcurrido (estaba devengado) cuando empezó a regir la suspensión de la fórmula. Es el lapso que debía tomarse como referencia, según la ley 27.426, para las subas de marzo y junio de 2020.
La cuestión del poder adquisitivo
La abogada afirma que los funcionarios se dan ahora por satisfechos porque dicen que con los decretos se cubrirá (aunque no para todos, tal como admiten) la inflación de 2020. "Si aceptamos eso, entonces lo que seguro quedó sin compensar es el período de julio a diciembre de 2019", señala. Por ese lapso, según la fórmula suspendida debió haberse dado un aumento total de 23,7% entre las subas de marzo y junio.
Rodríguez Romero propone el ejercicio de aceptar que, dada la emergencia, se compense en 2020 la inflación del año, olvidando el pasado. "Pero entonces, si la inflación es de 35%, a un montón de gente no se le dio eso; debería darse lo que falta para cubrir la inflación", dice.
"Si se interpreta que, al suspenderse la fórmula anterior quedó suspendida la modalidad de mirar datos de seis meses atrás y que, en cambio, la frecuencia trimestral tiene que ver con actualizar trimestre tras trimestre por inflación, entonces no se perdió ningún trimestre", analiza el economista Claudio Lozano. Y agrega: "Si a pesar de que está suspendida la fórmula se considera que el aumento del 5% este mes tiene que ver con el segundo trimestre [porque así ocurría con la dinámica de la ley de 2017], entonces efectivamente, al aumentar en marzo según el cuarto trimestre, se estarían salteando el tercer trimestre".
Para el economista, el punto principal a observar es lo que pasó con el poder adquisitivo de los jubilados. "Está claro que percibieron menos que lo que hubieran percibido si se mantenía la fórmula anterior, y está claro también que todos los que cobran más que el haber mínimo perdieron contra la evolución de los precios; y habría que ver si los de la jubilación mínima pierden también un poquito, algo que se sabrá cuando se conozca la inflación de noviembre y de diciembre. No me parece que lo central sea la pérdida del trimestre sino el mantenimiento del poder adquisitivo", afirma Lozano, quien agrega que la frecuencia trimestral de aumentos es más conveniente que la semestral, y que la fórmula de movilidad debería incorporar la garantía de un piso (la propuesta oficial tiene un tope determinado por la recaudación de recursos, pero no una garantía de suba mínima con relación, por ejemplo, a la inflación).
"El sistema necesita un aumento de emergencia, en lo posible para todas las jubilaciones, o por lo menos para las que están por debajo de $50.000, y hace falta que se restituyan contribuciones patronales a cargo de las grandes empresas", agrega el economista, que es director del Banco Nación.
En definitiva, analiza el abogado Adrián Tróccoli, más allá de cuál sea el período perdido, el hecho cierto es que las jubilaciones están atrasadas. Este año, en el que según la ley suspendida deberían haber recuperado algo del terreno perdido frente a la suba de precios en los últimos años, terminará una vez más con caídas de poder adquisitivo para muchos (tal vez, para todos), porque la suba efectiva acumulada varía entre 24,3% y 35,3% y la inflación, según lo previsto, será de un índice cercano al segundo de esos porcentaje e, incluso, podría ser mayor dada la aceleración del ritmo de la suba de precios. Desde el Gobierno, señala el abogado, se habla mucho de cuánto se perdió en los últimos años, "pero de cómo recuperar eso, nada".
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