Vaca Muerta. El plan de Fernández prevé ventajas fiscales y cambiarias
El proyecto de ley en el que trabaja Guillermo Nielsen busca atraer inversiones, sobre todo para la producción de gas; incluye quita de retenciones y aranceles; devolución de IVA y libre giro de utilidades
El sector energético estuvo en el corazón de los problemas económicos de kirchnerismo: la decisión de no aumentar las tarifas deprimió las inversiones en la producción de gas y petróleo, y generó que la Argentina tuviera que recurrir a las importaciones, lo que deterioró las cuentas nacionales. El próximo gobierno no quiere repetir situaciones pasadas y prepara una serie de medidas para incentivar las inversiones en Vaca Muerta.
LANACION accedió al proyecto de ley que prepara Guillermo Nielsen, asesor en temas energéticos de Alberto Fernández, para fomentar, sobre todo, la producción y exportación de gas. Para eso, prevé la construcción de una planta de licuefacción que permita al país exportar a escala gas líquido (GNL).
Entre los beneficios y garantías que ofrecerán a las empresas se encuentran la libre disponibilidad de divisas, la exención de aranceles y retenciones, y la posibilidad de adelantar amortización para aquellas empresas que comprometan inversiones para la producción de GNL en toda su cadena de valor.
A diferencia del petróleo, el gas necesita mayores condiciones para que se pueda desarrollar. La principal es que haya demanda, un problema que encuentra hoy la industria, ya que en ocho meses del año sobra el gas. Para que siga creciendo la producción en Vaca Muerta, ya no alcanza con el consumo que tiene el mercado doméstico, el de Chile, Uruguay y Brasil; hace falta acceder a otros mercados que no están conectados con gasoductos. Por eso toma importancia la construcción de una planta que pase el gas a estado líquido. Estas instalaciones de licuefacción cuestan alrededor de US$5600 millones y tardan entre 4 y 5 años en ser construidas.
El proyecto de ley que tiene en borrador Nielsen, según pudo leer este medio, busca "combinar herramientas de garantías y de promoción, ofreciendo seguridad jurídica y fomento al uso de contratos a 25 años", aunque se podrían extender en caso de incrementarse los compromisos de inversión. "Cada contrato podrá incluir uno o más beneficiarios como participantes en las diferentes etapas de la cadena de valor", señala el texto redactado, que el exsecretario de Finanzas les muestra a las empresas.
En primer lugar, lo que las petroleras exigen para desembolsar grandes inversiones es la posibilidad de poder retirar del país las utilidades a sus casas matrices en caso de ser necesario. En ese sentido, el proyecto asegura una garantía cambiaria durante la vigencia del plazo previsto en el contrato. "Incluye sin limitación y según el caso, el derecho de libre disponibilidad de la totalidad de las divisas provenientes de la exportación sin obligación de repatriación de las divisas, el acceso a divisas y giro de utilidades al exterior".
Asimismo, "se incluirán mecanismos de protección contra cualquier evento de inconvertibilidad o intransferibilidad, o que limite o restrinja la compra y venta en el país de divisas extranjeras por cualquier concepto desde o hacia la Argentina".
Casi con la misma importancia, las empresas señalan la necesidad de mantener reglas de juego estables. Por eso el proyecto promete "estabilidad fiscal nacional, provincial y municipal por el plazo de la vigencia del contrato".
"Se entenderá como alteración de la estabilidad fiscal cualquiera de los actos que constituyen incrementos generales de impuestos, creación de nuevos tributos, aumento de alícuotas, tasas o montos, modificaciones en los mecanismos de determinación de la base imponible y derogación de exenciones otorgadas", entre otras.
"Cualquier alteración al principio de estabilidad fiscal dará derecho a los perjudicados a la compensación automática e inmediata de los aumentos tributarios o arancelarios con reducciones de los mismos conceptos, con más intereses compensatorios. Asimismo, podrán reclamar ante las autoridades nacionales, provinciales y municipales que se retengan de los fondos coparticipables que correspondan al fisco incumplidor, los montos pagados en exceso, para proceder a practicar la devolución al contribuyente", dice el texto.
Los beneficios tributarios para los que decidan participar de las exportaciones de GNL incluyen la devolución del IVA de "la compra, fabricación o importación definitiva de bienes de capital o la realización de obras de infraestructura en el plazo de seis meses para ser utilizados contra otros impuestos".
En relación con el impuesto a las ganancias, los gastos e inversiones efectuadas en estudios geológicos y la perforación de pozos exploratorios podrán ser deducidos en el año que se incurran. Las inversiones realizadas en pozos productivos, plantas, equipos, ductos, infraestructura, accesos, obras viales, viviendas para el personal, comunicaciones, seguridad e instalaciones podrán ser amortizadas un 60% en el año que se produzca su habilitación y el 40% restante en los dos años siguientes. Asimismo, los quebrantos también podrán deducirse de las ganancias a los cinco años inmediatos siguientes y se actualizarán por la inflación mayorista (IPIM).
Las inversiones también podrán amortizarse a partir del período fiscal de habilitación del bien: "Para las inversiones realizadas en muebles adquiridos, fabricados o importados durante el primer año, se establecen tres cuotas anuales, iguales y consecutivas; para los comprados en el segundo año, cuatro cuotas, y para el tercer año, cinco cuotas. Para las inversiones hechas en obras de infraestructura se hará en la cantidad de cuotas que surja de considerar su vida útil reducida al 50% de la estimada en el primer año; 60% en el segundo y 70% en el tercero".
Las importaciones de bienes de capital, equipos especiales y elementos componentes de dichos bienes también estarán exentas del arancel, del IVA y de cualquier otro derecho, impuesto especial, gravamen correlativo o tasa de estadística con exclusión de las demás tasas retributivas de servicios. En el caso de las exportaciones, las ventas de GNL no tendrán retenciones.
Por su parte, las provincias no podrán gravar con el impuesto a los ingresos brutos la exportación de GNL y se eximirán del pago de impuestos a los sellos a todos los actos, contratos y operaciones asociados al proyecto, "incluyendo contratos de suministro, transporte, construcción, operación, procesamiento y sus garantías que financien inversiones comprometidas". En relación con las regalías, las provincias solo podrán aplicar una alícuota del 5% sobre el precio de venta de gas natural destinado a GNL en los primeros 10 años. Luego subirá al 10% en los siguientes 10 años y a 12% para el resto del proyecto, como es actualmente.
Por último, el proyecto de ley establece que las exportaciones de GNL serán de carácter firme "por los volúmenes máximos periódicos y totales previstos en el contrato".
"Cuando existan dificultades en el abastecimiento interno, solo podrán interrumpirse o suspenderse la exportación de volúmenes en exceso de los volúmenes firmes máximos previstos en el contrato", señala el documento.
En el entorno del equipo de Guillermo Nielsen, sin embargo, desmintieron que este borrador sea del proyecto de ley en el que están trabajando.
Beneficios tributarios
Devolución del IVA
El IVA a la compra, fabricación o importación definitiva de bienes de capital será devuelto a los 6 meses para utilizar contra otros impuestos
Comercio exterior
Las importaciones de bienes de capital estarán exentas del pago de los derechos de importación. No habrá retenciones para exportaciones de GNL
Impuestos provinciales
Las provincias no podrán aplicar ni Ingresos Brutos ni impuesto a los sellos
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