Impuesto a las grandes fortunas. Por qué se considera que va contra el sistema productivo
Una sociedad en la que al menos cuatro de cada diez personas son pobres y una de cada diez es indigente, y en la que el derrumbe de la actividad económica llevó en los últimos meses a una muy fuerte caída del empleo, porque a la recesión ya existente se sumaron los efectos de la pandemia y la cuarentena. Ese es el contexto en el cual en el Congreso Nacional se debate el proyecto de ley para crear el "aporte solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia", conocido como impuesto a la riqueza o a las grandes fortunas.
Más allá de la intención proclamada de que quienes más tienen hagan una contribución adicional a sus obligaciones tributarias en tiempos de crisis, lo cierto es que el texto del dictamen logrado en la Comisión de Presupuesto y Hacienda de Diputados, si bien incorporó cambios a la versión original en función de algunos cuestionamientos, sigue siendo el blanco de críticas de tributaristas, economistas y empresarios, que advierten sobre efectos negativos para la inversión y también para el propio fisco.
La ausencia de consenso alcanza a la propia denominación de la carga. Hay quienes señalan que no hay dudas de que se trata de un impuesto, y entienden que se le intenta dar otro nombre, el de "aporte", con la pretensión de que queden de lado garantías previstas para el contribuyente, "como la de no confiscatoriedad", según dijo en una de las reuniones de la comisión el diputado Luis Pastori (UCR, Misiones).
Pero más allá de ese y de otros temas técnicos, la cuestión central del debate está en cuál es la contribución efectiva que, para aliviar la situación crítica del país, tendría esta carga fiscal que, según un informe que la AFIP elaboró para la discusión legislativa, alcanzaría a algo menos de 10.000 personas, las más ricas del país según sus declaraciones al fisco, y podría recaudar entre $272.500 millones y $307.900 millones por única vez. El dinero obtenido quedaría en manos del gobierno nacional, porque no se coparticiparía con las distintas jurisdicciones del país.
Desde la postura de defensa de la iniciativa se señala que el aporte extraordinario ayudaría a solventar gastos específicos del Estado, tendientes a colaborar con la prestación de servicios de salud (a ese destino se prevé destinar el 20% de lo recaudado), con subsidios a pequeñas empresas (iría otro 20%), con becas Progresar para estudiantes (20%), con obras en barrios populares (15%), y con programas de exploración, desarrollo y producción de gas natural (25%).
Desde la oposición se advierte que, por un lado, se generarían efectos paradójicos no solo por el agregado de un elemento más de la política económica que desalentaría y frenaría inversiones, sino también desde el punto de vista del Estado y su capacidad recaudatoria, dada la ocurrrencia de hechos como una mayor cantidad de bajas en el régimen tributario que la habitual, explicada por quienes están fijando residencia en otros países. En ese sentido, las reacciones generadas, se señala, dispararían efectos perjudiciales para el país a futuro. Por otro lado, se pone bajo la lupa cuestionadora el hecho de que la contribución se aplicaría sobre todos los bienes, incluyendo los productivos, para los cuales habría que generar incentivos. Si bien se trata de una imposición que quedaría en cabeza de las personas humanas y que no pesaría sobre las jurídicas, lo cierto es que parte de los patrimonios individuales está explicado por las tenencias de empresas.
"Si sacáramos [del monto imponible] las participaciones accionarias de los empresarios nacionales, personas que viven en el país, casi que les estaríamos pidiendo un aporte sobre las casas de los countries, sobre las casas que tienen para fin de semana; no sé [en ese caso] sobre qué van a tributar", fue toda la respuesta que ofreció el diputado Carlos Heller (Frente de Todos, CABA), firmante e impulsor del proyecto, cuando en la reunión en la que se aprobó el dictamen recibió un comentario de alerta sobre ese aspecto. Según reconoció, se pensó en un aporte limitado a las personas físicas, pero "el interés parece quedar un tanto mezclado cuando se tiene en cuenta que las personas humanas son dueñas de las empresas; eso es un tanto inevitable".
El diputado Ricardo Buryaile (UCR, Formosa), graficó su crítica a que se considere por igual a todos los componentes del patrimonio, al decir que se mide "con la misma vara a un tractor y a una Ferrari", o "a un campo y a un piso en Puerto Madero".
¿Qué dice exactamente el proyecto? De votarse en Diputados y en el Senado el texto del dictamen sin cambios, quedarán alcanzados los residentes en el país por sus bienes en la Argentina y en el exterior cuando el monto supere los $200 millones, según las reglas de valuación vigentes para Bienes Personales y a la fecha en que entre en vigencia la ley (y no al 31 de diciembre de 2019, como originalmente se pretendió).
Cómo será el cálculo
A diferencia del impuesto anual sobre el patrimonio, en esto caso no habría nada exento. Y no se descontarían los eventuales pasivos que tenga el contribuyente. Además, no se aplicaría un mínimo no imponible, algo que suele incorporarse en el diseño de los tributos para suavizar el salto de la situación de quienes no tributan a la de quienes sí. "Por un peso de diferencia en el patrimonio, se puede pagar cero o pagar $4 millones", dijo Pastori en la reunión de diputados en la que se votó el dictamen, respecto de quienes tienen bienes valuados en montos cercanos a $200 millones. Agregó que eso "se debería solucionar con un mínimo no imponible razonable".
Con respecto a personas con residencia en el exterior, se plantean dos situaciones. Los que estén en "jurisdicciones no cooperantes" o "de baja o nula tributación" serían considerados como residentes; es decir, pagarían por todos sus bienes sin importar dónde estén ubicados. Y quienes estén en países cooperantes con la información fiscal, aportarían por sus activos en la Argentina y no por los que estén fuera de las fronteras.
Las alícuotas para bienes en el país van desde el 2% sobre el valor de los activos en el caso de patrimonios de entre $200 millones y $300 millones (el pago mínimo sería de $4 millones), hasta el equivalente al 3,5% del monto que exceda los $3000 millones, más un fijo de $88,5 millones (con $4000 millones se tributarían $123,5 millones). Si se trata de patrimonio en el exterior, y a menos que se haga una repatriación parcial, la imposición va del 3% si los bienes están valuados en cifras de entre $200 millones y $300 millones, al 5,25% si se superan los $3000 millones.
Para evitar las alícuotas agravadas por los activos fuera del país debería repatriarse en 60 días al menos el 30% del valor total del patrimonio en el exterior. Y los fondos tendrían que quedar hasta el 31 de diciembre de 2021 en un depósito bancario o en un destino que fije el Poder Ejecutivo.
Según el proyecto, a lo recaudado se le deberá dar una "aplicación federal". Sin embargo, está previsto disponer que se deje toda la administración en manos del gobierno central, sin coparticipación de fondos.
"Para mí, lo más preocupante es que no haya una discusión fiscal integral por parte del Congreso, y que los proyectos de ley no tengan un análisis costo beneficio social al ser presentados", opina el economista Nadin Argañaraz, del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf), quien sostiene que, sin pensar si está bien o mal el aporte extraordinario, los números indican que, al sumar lo pagado por Bienes Personales, "a muchos les va a significar una alícuota efectiva mayor que la rentabilidad del activo". Y agrega: "La alícuota efectiva total por ambos tributos oscila entre 3% y 4% (en el caso de estar los bienes en el país), un valor extraordinariamente elevado para un impuesto al patrimonio". Sobre todo, apunta el economista, si se tiene en cuenta que no se consideran los pasivos, "por lo cual, la tasa final sobre el patrimonio neto será muy superior" si hay deudas. Si una parte del patrimonio está en el exterior, la alícuota conjunta de los impuestos será de hasta 7% u 8%.
Más allá de que esas tasas impactarán en los bolsillos de quienes más tienen en una sociedad con amplias desigualdades (que se ampliaron este año), hay quienes advierten que ese nivel de imposición llevaría a reclamos judiciales, y que algunas personas alcanzadas podrían no contribuir alegando falta de liquidez.
"El principio cuya invocación resultará común a los reclamos, aunque no hay antecedentes judiciales cercanos en este tipo de impuesto, es el de la confiscatoriedad. No existe en el mundo ni en la historia argentina una presión fiscal similar sobre los activos que la que se generará por la aplicación conjunta de este impuesto a la riqueza y de Bienes Personales", dice el abogado especializado en temas tributarios Diego Fraga.
El argumento de la indebida retroactividad, que hasta antes de la aprobación del dictamen se invocaba como una posible razón para judicializar el aporte (la intención era considerar los patrimonios al 31 de diciembre de 2019) quedó eliminado con un cambio hecho al texto. Ahora se prevé tomar los patrimonios a la fecha en que entre en vigencia la ley.
Según advierte el tributarista César Litvin, quien dice que el tributo afectaría la posibilidad de nuevas inversiones, algo que surge de ese cambio es que quedarán alcanzadas más personas respecto de lo previsto. ¿Por qué? Porque en el caso de las tenencias en dólares o en el exterior, por cada unidad de la divisa al último día de 2019 se contabilizaban algo menos de $60, en tanto que ahora el valor para la conversión es más elevado, por la suba del dólar. Así, habrá más personas que lleguen a $200 millones que en 2019, aunque eso dependerá también de cómo les haya ido a los patrimonios este año.
Según la estimación de la AFIP, serían 9298 los contribuyentes alcanzados (si se consideran las declaraciones con valores a diciembre). Y solo 253 aportarían la mitad de los fondos esperados. "Es un reducidísimo grupo que contribuiría a llevar alivio a muchas personas", dijo Heller.
"Se esgrime que lo recaudado es para los más necesitados, pero en realidad será destinado a cajas políticas, administradas discrecionalmente según lo que diga el Poder Ejecutivo, porque el proyecto no respeta el federalismo al no disponer un reparto equitativo de los fondos entre las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", cuestiona Fraga.
Argañaraz enfatiza que el manejo de los fondos otorga poder político, a la vez que observa que, "en principio, luce más factible que se cumpla la transitoriedad de un impuesto que no es coparticipable que de uno que sí es coparticipable", porque el uso de recursos extraordinarios se hace menos controlable en el segundo caso.
La falta de confianza en que sea por única vez hace sobrevolar el temor a futuras prórrogas. "Hay muchas consultas y quiero reiterarlo: no hay ninguna posibilidad de que no sea por única vez", afirmó Heller frente a sus pares en el Congreso.
Críticas con foco en lo productivo
Desde el sector fabril, la integrante del Comité Ejecutivo de la Unión Industrial Argentina, Carolina Castro, considera que el aporte va directamente en contra de los objetivos que declama, una conclusión a la que dice llegar abandonando la "narrativa simplista". En un hilo de tuits que escribió tras conocerse la aprobación del dictamen, advirtió que la imposición "no es solamente un aporte de las fortunas personales, sino de activos de empresas que invierten y dan empleo de calidad en el país". Y agregó: "Se tributa por autos, casas, plata en bancos, bonos; pero también por tornos, puentes grúa, galpones, inyectoras, transformadores, etc. En una industria, hasta el 70% del aporte puede ser por haber invertido en fierros que dan empleo".
"Mi foco está en lo negativo de que se ponga el impuesto a los activos productivos", explicó a la nacion Castro, quien agregó que para hacer frente a la obligación fiscal, algunos tendrían que descapitalizar empresas.
"Cualquier revisión de lo tributario debería hacerse con una mirada integral y no con parches; hoy, por el IVA, los más castigados proporcionalmente son los pobres, y ese es el tipo de cosas que hay que mirar para hacer cambios", dice. Según su análisis, la iniciativa tiene una mirada "sorprendentemente fiscalista". Como "busca recaudar 0,5%/0,8% del PBI con un déficit proyectado de 10,5%", la conclusión es que "es un gesto contra la inversión productiva, más que una necesidad de política económica".
Por lo bajo, no pocos protestan porque la exigencia de un gesto a los más ricos no se condice con alguna actitud que, involucrando sus propios ingresos, asuman los gobernantes. El propio presidente Alberto Fernández descartó que haya alguna disposición tendiente a un aporte de los funcionarios públicos.
José Urtubey, también dirigente del sector industrial, no ve mal que haya una contribución especial de quienes más tienen, pero señala que eso no debería ser a costa de la producción. "No pueden gravarse activos como las acciones de sociedades; además, deben considerarse los pasivos y deben excluirse las obligaciones negociables de empresas –evalúa–. Tampoco debería haber tratamiento diferente entre patrimonios en el extranjeros y locales". El proyecto no excluye a las herramientas para la financiación de empresas, ni tampoco a los títulos para financiar al Estado.
Los tratamientos diferenciales son un punto por los que se cree que habría reclamos judiciales. Según la contadora Adriana Piano, del estudio SMS, la chance de conflictividad está dada, por un lado, por el argumento de la doble imposición. "Ya tenemos un impuesto que grava el patrimonio; entonces se podrían generar cuestionamientos", explicó. Y la suma de los dos impuestos, agregó, "podría estar consumiendo gran parte o más de la renta que generan los activos". En ese sentido, podrían iniciarse reclamos bajo la consideración de que hay confiscatoriedad. Por otra parte, "los accionistas residentes en el país se verían obligados a pagar algo que los que están en el exterior, no [quedó descartado que las multinacionales con presencia en el país aporten por los accionistas no residentes], con lo cual podría haber inequidades".
A criterio de Fraga, más allá del argumento de confiscatoriedad, existe en este tipo de disposiciones una violación del principio de confianza, "porque en un par de años se pasó de casi eliminar Bienes Personales a reinstaurar la carga con alícuotas récord y, ahora, a sumar este impuesto "de emergencia". El abogado cree que la disparidad de alícuotas según la ubicación de los activos "es un argumento jurídico fuerte para impugnar el impuesto", como también lo es que alguien alegue tener que liquidar activos productivos para pagar.
Otro aspecto que algunos cuestionan es que se busca gravar los aportes a un trust, un fideicomiso o una fundación de interés privado (familiar), sean revocables o irrevocables. "Es un absurdo, porque en esos casos no se tiene disponibilidad de los bienes", dice Litvin, ya que la gestión del patrimonio fue cedida y en algunos casos los activos no volverán a la persona.
La iniciativa prevé, por su parte, la posibilidad de que haya conflictos vinculados con las conductas que pueden estar tomando los contribuyentes mientras se discute el tema. Un artículo dice que si en los 6 meses previos a la aprobación de la ley hubo variaciones en los patrimonios que hagan presumir un "ardid evasivo", la AFIP podría disponer el cómputo de los bienes eventualmente involucrados para el cálculo de la obligación. "Eso parece una expresión de buenos deseos, porque en nuestro sistema rige el principio de legalidad, y nadie puede pretender aplicar retroactivamente un impuesto sobre un patrimonio que a la fecha de aprobación de la ley no se posee y del que se dispuso según las normas", dice Fraga.
Entre los fundamentos del proyecto se señala que por las consecuencias de la pandemia, entre marzo y junio de este año el gasto primario del Estado subió un 83,3% interanual y los ingresos crecieron 19,3%. En ese contexto, se agrega, "con un elevado componente de solidaridad, los muy ricos contribuirán a financiar en forma excepcional y extraordinaria parte de los formidables gastos que exigen al Tesoro Nacional estos días".
En el dictamen de minoría firmado por diputados de la oposición –que propone reforzar herramientas contra la evasión– se afirma que, si bien los efectos de la pandemia deben ser atendidos, "ni un solo gesto de austeridad desde la administración se corresponde con el monumental esfuerzo que vienen haciendo las familias y las empresas". Además de decir que la Argentina está en la "senda de la improvisación fiscal", acusa al nuevo impuesto de gravar algo ya gravado y advierte que alcanza "a enormes franjas de titulares de pymes".
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