IFE Anses: ¿cómo cobrar por red link si no recibí el código por SMS?
El pago del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) es la ayuda social que el Gobierno implementó para los sectores más vulnerables que vieron sensiblemente afectados sus ingresos por el aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO).
Desde el período de inscripción y los primeros pagos surgieron dudas entre los solicitantes sobre los diferentes medios de pago que se pueden seleccionar y sobre la autorización de la Anses para acceder al beneficio que incluye a casi 9 millones de personas.
Una de las formas de cobro al inicio del programa era mediante la Red Link. A esta modalidad se suma la transferencia del beneficio a una cuenta bancaria mediante el previo informe de una CBU (Clave Bancaria Uniforme), que es la forma más utilizada en los pagos más recientes.
Para validar la forma de cobro del IFE, el solicitante deberá ingresar al aplicativo del IFE que figura dentro del sitio oficial de la Anses.
Allí se podrá indicar el número completo de CBU para obtener este subsidio especial en la cuenta bancaria de su titular. En caso de no seleccionar o informar ninguna, la ANSES se comunicará con el beneficiario vía SMS después de la primera semana de julio para informar cómo se realizará el pago del IFE.
Este beneficio de carácter excepcional está destinado a los trabajadores informales, empleadas domésticas, desempleados y monotributistas de las categorías menores.
Seleccioné cobrar el IFE por Punto Efectivo de Red Link pero no me llegó el código por SMS. ¿Voy a cobrar el primer pago?
Si. Para cobrarlo se debe ingresar al aplicativo para seleccionar o informar una CBU. En caso de no seleccionar o informar ninguna.
Requisitos para acceder al IFE
- Tener entre 18 y 65 años.
- Ser argentino nativo o naturalizado y residente, con una residencia legal no inferior a los dos años.
- Sí pueden acceder al Ingreso Familiar de Emergencia los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), la Asignación por Embarazo y el programa Progresar.
- No pueden cobrar el IFE grupos familiares en los que haya ingresos provenientes de un trabajo en relación de dependencia en el sector público o privado.
- No pueden cobrarlo grupos familiares en los que haya ingresos provenientes de un monotributista de categoría C o superior, o del régimen de autónomos; de una prestación de desempleo.
- No pueden cobrar el IFE grupos familiares en donde haya ingresos provenientes de jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos; o de programas sociales como el salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros.
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