Gastos imprevistos con impuestos siderales: la dificultad menos conocida de los varados argentinos en el mundo
Se podrá pedir la devolución del 35% a cuenta del Impuesto a las Ganancias que contiene cada compra realizada en el exterior
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Están varados en el exterior, el Gobierno no les permite volver por la reducción del cupo de pasajeros diarios, pero aun así continúan pagando impuestos diariamente. Entre el recargo del 30% por el impuesto PAÍS y del 35% a cuenta de Ganancias, cada compra realizada con moneda extranjera tiene un recargo total de 65% que va a parar a las arcas del Estado.
“Parece ignorado que quienes deciden hacer un viaje al exterior para vacunarse generan una recaudación importante: 30% de impuesto PAIS y 35% de percepción de Ganancias por la compra de pasajes y los gastos en exterior, además del 35% impuesto a las ganancias que abonaron en los años anteriores, si es que se utilizan fondos ahorrados en el viaje”, resaltó Martín Caranta, del estudio Lisicki, Litvin & Asociados.
Por esa razón, para el tributarista, quienes viajaron al exterior para vacunarse hicieron un doble esfuerzo. Por un lado, al destinar parte de su patrimonio para conseguir la vacuna, sin utilizar las dosis adquiridas por el Estado. Por el otro, al destinar otra porción importante al pago de impuestos. “Entonces, en algunos casos donde la estadía en el exterior es forzada, este tipo de medidas recaudatorias no encuentra ni un mínimo viso de razonabilidad”, completó.
Entre alojamiento y comida, una pareja que viaja a Miami puede llegar a gastar US$100 diarios. Teniendo ese número como referencia, con un dólar oficial a $101,67 promedio según el Banco Central, esa pareja tributa $6608,55 diarios de impuestos ($3050,10 de PAIS y $3558,45 a cuenta de Ganancias).
En caso de que la pareja se aloje en un hostel y reduzca la cifra a US$50, cada día tiene que pagar $3304,27 de impuestos ($1525,05 a razón del tributo PAIS y $1779,22 de Ganancias). Si se multiplica por 30 días, la espera estimada que tienen los varados en el exterior para regresar al país, son casi $100.000 en el pago de tributos.
Entre impuestos, tipo de cambio y gastos mayores a los previstos, las tarjetas de los varados no dan abasto. A su vez, los consumos realizados en el exterior con tarjetas son deducidos del máximo establecido por el Banco Central para acceder a los US$200 en el Mercado Único y Libre de Cambios (MULC). En caso de que el monto sea superior, se traslada sucesivamente a los máximos computables para los siguientes meses hasta completar el monto.
“Las tarjetas deben estar volando por los aires. Gastas US$200 y ya cubriste el cupo de compra de dólares oficiales para ese mes. Si gastas US$2400, ya no podés comprar dólares por un año. Es una locura que este régimen exista, lo que terminan haciendo es incentivando al blue”, consideró Santiago Sáenz Valiente, del estudio homónimo.
Hay solo unos pocos gastos que quedan exentos de pagar dichos impuestos. “Los gastos de salud, la compra de medicamentos, la adquisición de libros en cualquier formato y utilización de plataformas educativas no tributan”, aclaró Cecilia Goldemberg , de Andersen Argentina.
En marzo del año pasado, cuando el Gobierno decretó el aislamiento social y obligatorio por la pandemia de coronavirus y cerró las fronteras, se consideró la posibilidad de eximir a los varados del impuesto PAIS (en ese entonces no existía el recargo del 35% de Ganancias). Sin embargo, la idea se descartó.
Cómo obtener el reintegro del 35%
El impuesto PAIS, que deriva de las siglas Para una Argentina Inclusiva y Solidaria, comenzó a regir el 23 de diciembre de 2019. Fue una de las primeras medidas que tomó el presidente Alberto Fernández, en el marco de la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.
Este tributo se abona sobre ciertas operaciones en moneda extranjera y es considerado de “emergencia”, razón por la cual tiene un plazo de cinco períodos fiscales. “Este impuesto supuestamente es de ‘emergencia’ pero, lamentablemente, es probable que continúe un tiempo extenso porque el nivel de voracidad fiscal no tiene límites”, consideró Sáenz Valiente.
La historia argentina lleva a pensar eso. Algunos de los tributos que nacieron en carácter de emergencia y llegaron para quedarse son el impuesto al cheque, retenciones, IVA, Ganancias y Bienes Personales. “Siempre aparecen impuestos denominados de emergencia que se quedan en el largo plazo”, acotó el tributarista.
En cambio, el gravamen del 35% del Impuesto a las Ganancias que se estableció en septiembre de 2020 tiene diferente naturaleza, ya que se trata de un pago a cuenta. Es decir, se recupera.
Si el contribuyente paga impuesto a las Ganancias, puede tomarse la percepción que sufrió por dicho tributo cuando realice la declaración jurada anual correspondiente al período fiscal o, en su defecto, sobre los Bienes Personales. “Pero con una inflación del 50%, ese 35% se licúa, como cualquier anticipo de impuestos. Siempre queda a valor nominal, no reconocen el ajuste por inflación al momento de computar la percepción”, reconoció Goldemberg.
Asimismo, quienes no se encuentren inscriptos ni en Ganancias ni en Bienes Personales pueden pedir su devolución anual. “Por ejemplo, si sos monotributista, esa percepción del 35% te la tienen que devolver. Pero en este momento el trámite ya acumula diez meses de retraso el trámite”, cerró Sáenz Valiente.
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