Ganancias: quiénes pagan hoy, cómo se actualiza el impuesto y qué puede modificar el Poder Ejecutivo
Desde 2018, las variables que definen qué asalariados, jubilados y autónomos tributan tienen un reajuste anual según un índice de variación de salarios; qué pasó en las gestiones del kirchnerismo, cuando la regla fue la discrecionalidad y se perjudicó a los trabajadores, y cuáles fueron las últimas modificaciones normativas
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Desde 2018 y por la vigencia de una ley aprobada a fines de 2016, las variables que definen quiénes pagan el impuesto a las ganancias y, en todo caso, con qué alícuotas, se actualizan en el inicio de cada año según la variación interanual, al mes de octubre, de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). Sin embargo, el salario más bajo alcanzado por la carga fiscal podría ser incrementado por el Poder Ejecutivo en cualquier momento, porque una ley aprobada a fines de 2021 le otorgó expresamente esa facultad.
El Ripte es un indicador que mide cómo les va a los salarios de los trabajadores que fueron declarados por sus empleadores durante al menos 13 meses consecutivos en el sistema previsional. Es decir, es una referencia de los ingresos de los trabajadores formales y con cierto nivel de estabilidad en sus puestos. En los primeros tres meses de este año, la variable avanzó un 18,1%.
En un contexto de inflación y recomposiciones salariales, no aplicar actualizaciones -algo que ocurrió durante largos períodos en los gobiernos kirchneristas-, provoca que haya personas que empiecen a tributar -o que crezca el peso del impuesto ya pagado, dado el caso-, aun cuando sus ingresos tengan un poder adquisitivo más bajo que el que tenían cuando no estaban alcanzados por la carga fiscal.
En el comienzo de este año, para determinar el llamado mínimo no imponible que rige hoy, se aplicó un incremento de 50,6245% a la cifra de $150.000; de allí que hoy se les descuente Ganancias a quienes tienen un salario bruto superior a $225.937. Este último es el número que el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, pidió que se eleve ahora a $265.000, en una carta enviada al ministro de Economía, Martín Guzmán, en medio del clima de la fuerte pelea interna en el oficialismo, que tiene como protagonistas al presidente Alberto Fernández y a la vicepresidenta Cristina Kirchner.
Para saber si corresponde retener algún monto por el impuesto, las empresas miran la remuneración de cada mes en particular, y también, el promedio mensual del período que haya transcurrido del año.
¿Por qué se partió de la cifra de $150.000 para la actualización de este año? Ese fue el sueldo más bajo alcanzado por el tributo durante un período de 2021, en función de una regla establecida por ley ese mismo año para definir esa variable en particular. En septiembre pasado, ese monto había sido elevado a $175.000 pero, llegado el momento de concretar el reajuste anual por Ripte, el Gobierno decidió aplicar el porcentaje de variación salarial sobre el primero de esos dos mínimos no imponibles (el de $150.000, que rigió hasta agosto).
Las subas del mínimo no imponible hechas por fuera del mecanismo anual de actualización por Ripte, que lo llevaron primero a $150.000 y luego a $175.000 durante 2021, fueron efectivizadas mediante mecanismos que no contemplaron un alivio del impuesto para la totalidad de los asalariados alcanzados.
Sí se dispuso que haya deducciones especiales (montos que se descuentan del sueldo antes de calcular cuánto corresponde tributar) para quienes tienen una remuneración de hasta cierto monto, que hoy es de$260.580. Esto último hace que, hasta ese nivel de ingresos, el impuesto sea más bajo respecto de lo que sería en caso de no existir las modificaciones al esquema aprobadas por ley el año pasado.
Sin embargo, para quienes tienen remuneraciones más elevadas, esos cambios no tuvieron impacto (sí lo tuvo el reajuste de las variables concretado en enero, según la modalidad vigente desde 2018). Por eso, en caso de repetirse ese esquema para hacer ahora una nueva actualización, no todos los empleados que están alcanzados por el tributo verían algún efecto. Y, así, hay quienes seguirían viendo incrementada la presión fiscal sobre sus salarios por efecto de la inflación.
Bajo la regla de la discrecionalidad
Antes de la vigencia de la ley que prevé la actualización automática de las bases del tributo y que fue aprobada durante la gestión macrista, la regla utilizada fue la discrecionalidad. Así, hubo períodos durante las gestiones kirchneristas en los cuales, pese a la inflación, los parámetros del tributo quedaron congelados. Eso produjo que muchos más trabajadores fueran quedando alcanzados y, además, que los que ya debían tributar se vieran afectados por alícuotas más altas, incluso cuando su poder de compra iba disminuyendo.
Ese mismo efecto se siguió dando y se da con especial fuerza ahora, cada vez que, por recomposiciones que no alcanzan o que apenas alcanzan a compensar la inflación, el salario llega a un nivel en el que resulta alcanzado por Ganancias, o bien se ve afectado por una alícuota más elevada a la que previamente estaba sujeto.
Entre las medidas que fueron dispuestas durante el gobierno de Cristina Kirchner, y particularmente mientras Axel Kicillof estaba al frente del Ministerio de Economía, hubo algunas que provocaron una muy fuerte distorsión. Como consecuencia de aquellas disposiciones, hubo empleados a los que les descontaban Ganancias teniendo salarios más bajos que los de otros que, en cambio, quedaban al margen de la carga fiscal.
Facultades para el Poder Ejecutivo
Una de las últimas novedades fue la aprobación, a fines de 2021, de una ley que incluyó una cláusula que le otorga al Poder Ejecutivo, por el actual 2022, la facultad de incrementar el monto del salario más bajo alcanzado por Ganancias. Esa atribución fue otorgada sin condicionamientos en cuanto al momento del año en que se podría concretar el reajuste.
Respecto de los autónomos, si bien sí están alcanzados por la actualización anual del esquema según la evolución del Ripte, no fueron contemplados por las disposiciones de la ley que el año pasado mejoró la situación para los asalariados y los jubilados. A principios de 2021, mientras se debatían esos cambios en el Congreso, Massa afirmó que se estaba trabajando “en una ley paralela” para ese grupo de contribuyentes. Pero, hasta ahora, no hubo ningún proyecto sobre el tema. Para todo este año, la deducción general para los autónomos es de $757.694 (un promedio mensual de $63.141). A partir de ese monto de facturación se tributa y, a la base imponible, se le descuentan los conceptos que es posible deducir (algunas deducciones se mantienen con montos congelados hace muchos años).
Y para las jubilaciones y pensiones, una disposición legal especial define que el mínimo no imponible -aunque no para todos- equivale a ocho veces el haber mínimo. Desde junio, esa cifra será de $300.200. Eso solo es válido si se cumplen las condiciones establecidas por ley: no se deben percibir ingresos de otras fuentes, además de la previsional (o, en caso de tenerlos, deben ser ingresos de monto bajo, no superiores a $252.565 en todo 2022) y no se debe estar alcanzado, en función del patrimonio, por el impuesto a los Bienes Personales. De no cumplirse esos requisitos, los haberes previsionales están sujetos a Ganancias en iguales condiciones que los salarios.
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