Ganancias: qué pasará con el impuesto a partir del reajuste del salario mínimo
La ley sobre el gravamen a los ingresos personales que rige desde el mes pasado establece un piso imponible vinculado con el sueldo básico; cómo funciona el esquema y qué actualización se prevé para lo que resta del año
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Por la aplicación de la ley 27.725, vigente desde este año, los asalariados y jubilados que pagan el “impuesto cedular sobre los mayores ingresos” (Ganancias) son los que tienen un salario mayor a un determinado monto, que se fija en relación con el salario mínimo, vital y móvil (SMVM). Concretamente, quedan al margen del tributo quienes reciben una remuneración bruta de hasta el equivalente a ese valor de referencia multiplicado por 15.
Con el reajuste del monto del SMVM anunciado por el Gobierno, ¿cambia el umbral para empezar a pagar? Ese importe es actualmente de $2,34 millones mensuales (salario o haber bruto), ya que se calculó con un salario mínimo de $156.000, que fue establecido el año pasado con vigencia para diciembre.
A poco más de dos meses de la llegada del nuevo gobierno, el vocero presidencial, Manuel Adorni, anunció hoy que se establecerá una suba del salario mínimo, llevándolo a $180.000 para el actual mes de febrero y a $202.800 para marzo. Eso se resolvió luego de que, días atrás, fracasaron las gestiones tendientes a un acuerdo entre dirigentes sindicales y de empresas para fijar nuevos montos. Apenas conocida la falta de acuerdo entre las partes, el presidente Javier Milei dijo que no se impondrían nuevos valores desde el Estado, pero finalmente eso sí ocurrirá, porque es lo que ordena la ley.
La decisión, sin embargo, no afectará las bases del tributo sobre los ingresos. Tanto el salario más bajo sujeto a la carga fiscal como los valores de la tabla de alícuotas usada para calcular el impuesto no tendrán modificaciones. Eso será así porque, según lo anunciado, el cambio en el salario mínimo será desde este mes y no habrá retroactividad. Y la ley impositiva aprobada en septiembre de 2023 determina que, como referencia, se tomarán cada año los valores del SMVM solo de dos meses: enero y julio.
De acuerdo con el mecanismo establecido, se toma como referencia el salario mínimo, vital y móvil de enero para calcular las retenciones del impuesto durante todo el primer semestre. En julio, según lo previsto, se lo reemplazará por el SMVM que rija para ese mes, y, entonces, no solo se hará de allí en adelante (hasta diciembre) el cálculo con las nuevas cifras, sino que también se recalculará, usando los parámetros actualizados, el tributo de la primera parte del año, lo cual alivia la carga.
De esa manera -y siempre que no exista una reforma legal-, el impuesto de todo el año será calculado en función del sueldo básico del séptimo mes; por eso, las expectativas estarán puestas en lo que ocurra para ese período. Mientras tanto, el monto de $2,34 millones establecido según el salario mínimo de diciembre va perdieron valor en términos reales.
Solo en enero hubo una inflación de 20,6% y, según la estimación promedio de un grupo de economistas que consigna el Banco Central en su Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM), el índice de precios al consumidor avanzaría un 112% en el primer semestre del año. Por eso, con nuevos incrementos salariales que se obtengan para intentar hacerle frente a la caída del poder adquisitivo, más trabajadores irán quedando alcanzados cada mes por las retenciones.
La referencia del salario mínimo también es utilizada para los valores de la tabla de alícuotas del impuesto. Para que alguien se vea alcanzado por un nivel de imposición o por otro, se mira a cuántos salarios mínimos equivale su ingreso imponible. Y el ingreso imponible mensual es, a la vez, la remuneración bruta luego de descontarse la cifra equivalente al SMVM multiplicada por 15. Por ejemplo, con un salario bruto de $4 millones, se tributa sobre $1,66 millones (se restan del total $2,34 millones).
El llamado impuesto cedular (que no admite deducciones por familiares ni por determinados gastos) no alcanza a todos las personas con ingresos potencialmente gravados, sino que hay quienes quedan por fuera de ese esquema. Los diputados y senadores y los directores, síndicos y miembros de consejos de vigilancia de sociedades pagan Ganancias según el esquema que regía antes de que surgió, en 2021, el mecanismo determinante de pisos salariales especiales que va por fuera del esquema tradicional del tributo. En los casos citados, los sueldos más bajos gravados este año son de montos nominalmente inferiores al piso que rigió en agosto y septiembre de 2023. Y los autónomos pagan el impuesto también desde cifras de ingresos muchos más bajas que las que obligan a los asalariados.
La ley vigente fue aprobada en septiembre de 2023, al calor de la campaña electoral y a propuesta del entonces ministro de Economía y candidato a presidente, Sergio Massa. El proyecto fue votado de manera favorable por el entonces diputado Javier Milei. Con el nuevo esquema (rigió uno similar, dispuesto por decreto, en el último trimestre de 2023) se dejó libre de la carga fiscal a un grupo de trabajadores, pero no hubo contraprestación alguna por la pérdida de recursos que sufrió el Estado.
Como se trata de un impuesto coparticipable, las provincias comenzaron a reclamar alguna compensación apenas vieron disminuido el caudal de fondos recibidos. Ante la negativa de coparticipar otros impuestos, el Poder Ejecutivo envío al Congreso una iniciativa para bajar la base imponible y modificar otros aspectos del impuesto. Eso ocurrió el 24 de enero, en tanto que el 26 del mismo mes, solo dos días después, el ministro de Economía, Luis Caputo, dijo que no se impulsaría su tratamiento, a la vez que anunció la quita del capítulo fiscal de la ley ómnibus o ley de bases (un capítulo con medidas que tendían a recaudar más, en un contexto de búsqueda del superávit fiscal y con un fuerte ajuste del gasto en ítems muy sensibles, como el de jubilaciones y pensiones).
Finalmente, todo ese proyecto de ley quedó fuera de juego y, por ahora, no se sabe si se insistirá con algún cambio en Ganancias.
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