Impuesto a las Ganancias: por qué y cuánto sube este año la presión fiscal para los asalariados
A igual o incluso a menor poder de compra de los ingresos de las personas, en los últimos meses el descuento por el impuesto a las ganancias de los salarios alcanzados por la carga es mayor que el de 2018. Es un efecto que se dio en muchos años y que, explicado en otras palabras, implica que el salario cae en términos reales al mismo tiempo que la incidencia del impuesto se eleva. Esa ecuación, que no es lógica, también se da con los ingresos de los autónomos y con los haberes de los jubilados, aunque en este último caso rige desde el año pasado un mínimo especial a partir del cual se tributa (siempre que la persona cumpla con las condiciones dispuestas) y eso significó un alivio significativo en relación con lo que pagan los asalariados (con quienes antes estaban igualados en cuanto al tratamiento impositivo).
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¿Por qué ocurre el efecto descripto? Durante varios años y sobre todo en la década pasada, eso se daba por el congelamiento de algunos de los montos del esquema impositivo y por las decisiones discrecionales para la variación de otros. A partir de 2018, las variables que determinan quiénes tributan y con qué alícuota se mueven con un mecanismo de ajuste periódico y automático. Por eso, las causas por las cuales este año sube la presión tributaria son dos y resultan muy conocidas. Una es la aceleración de la inflación que hubo hasta hace poco y que, tras unos meses de cambio de expectativas que había llegado de la mano de una paz cambiaria, vuelve por estos días a causa de la devaluación post-PASO. La otra razón es que los salarios caminaron en los últimos tiempos a un ritmo bastante menor que el que tomaron los precios en su corrida.
Con esta situación de fondo y tras la derrota electoral del domingo pasado, desde el Gobierno prevén anunciar un alivio en el impuesto a las ganancias.
La ley 27.430, aprobada en 2017, dispuso que los montos que determinan cómo es el cobro del impuesto (a quiénes alcanza y con qué alícuota) se actualicen anualmente según la evolución de un indicador vinculado con los salarios formales de la economía (y no con la inflación, lo cual ayudaría a mantener el poder adquisitivo del salario imponible). La variable elegida es la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). Y se decidió tomar la variación de octubre de un año a octubre del año siguiente. La definición de que los datos a considerar sean los del décimo mes del año tiene que ver con el rezago en la publicación del índice (tarea que está a cargo de la Secretaría de Seguridad Social) y con la necesidad de que la actualización se aplique a partir de los salarios de enero.
En función de lo establecido por ley, la actualización aplicada este año fue de 28,29%. Ese porcentaje, además de estar muy por debajo de lo que subieron los precios en 2018 (47,6%) es apenas poco menos que la mitad de la inflación anualizada que hubo hasta junio último: 55,8%. Esa insuficiencia de la actualización es lo que explica la mayor presión tributaria para los contribuyentes.
El efecto de la mayor carga medida como porcentaje de descuento del salario puede verse en ejemplos. Un trabajador dependiente sin cargas de familia ni deducciones de otro tipo que en 2018 tuvo un salario promedio mensual bruto de $60.000, tributó ese año $46.568,41, un 7,19% del sueldo neto anual. ¿Qué pasaría si este año tuviera un salario promedio mensual un 30% mayor al del año pasado? Entonces, con una remuneración de $78.000 mensuales, tributaría levemente más en términos de porcentaje de su ingreso: un 7,45% ($62.731,66 anuales). Y mientras tanto, su salario perdió algo más de 16% de su poder adquisitivo.
¿Y qué pasaría si el sueldo fuera 55,8% mayor que el de 2018, con lo cual compensaría el efecto de la suba anualizada de precios? En ese caso, con un salario mensual de $93.480 la carga fiscal anual sería de $112.399,44, equivalente a 11,14% del ingreso neto, en lugar del 7,19% que había significado el impuesto en 2018 a igual poder de compra.
En el caso de un asalariado con dos hijos a su cargo, el mínimo no imponible es este año de $44.511 (considerando que no hay deducción por cónyuge porque es una persona que también trabaja y tiene sus propios ingresos). Si para alguien que tiene esta situación se tienen en cuenta los mismos números de ingresos que en los párrafos anteriores (un salario de $60.000 en 2018 y de $78.000 este año), entonces la carga tributaria anual sería de $29.966,54, un 4,63% del sueldo neto. Para 2019 y suponiendo un aumento nominal de 30% ($78.000 mensuales), impuesto a las Ganancias representa un monto total anual de $40.990,31, un 4,87% del salario neto, que hoy sirve para comprar menos cosas. Y, en el supuesto de un incremento nominal de 55,8% (a la par de la inflación de los últimos 12 meses), el tributo sería de $87.375,35, un 8,66% del ingreso neto.
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